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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (18/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G35/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de setiembre de 2003 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G4A/G75/G72/G61/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G75/G74/G6F/G76/G61/G6C/GFA/G6F /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 100/MDS Surquillo, 12 de setiembre del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO:El Concejo Distrital de Surquillo en Sesión Extraordinaria del viernes 12 de setiembre del 2003, CON EL VOTO UNÁNI-ME DE SUS MIEMBROS, y con dispensa del trámite de lecturay aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente Ordenanza: BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS DE AUTOAVALÚO EN EL DISTRITO DE SURQUILLO Artículo Primero.- CREACIÓN DEL BENEFICIO Créase el Beneficio Tributario aplicable a los contri- buyentes del distrito de Surquillo, por sus obligaciones tri-butarias formales generadas hasta la fecha de vigencia dela presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ALCANCE DEL BENEFICIO El beneficio creado comprende a las Declaraciones Ju- radas de Autoavalúo generadas a la fecha, sobre las cua-les no se haya ejercido medidas cautelares o de embargo. Para tal efecto, se acogen al Beneficio previsto en la pre- sente Ordenanza, la presentación de Declaraciones Juradasde Autoavalúos por transferencias de inmuebles (registro deingreso y baja), por aumento de valor del predio, por ampliacio-nes de construcción, modificaciones, cambios de uso y otrossupuestos que determine la Gerencia de Rentas. Artículo Tercero.- VIGENCIA DEL BENEFICIO El período de acogimiento al presente beneficio será del 12 de setiembre al 31 de diciembre de 2003. Artículo Cuarto.- CONDONACIÓN DE MULTAS El Beneficio consiste en la condonación de las multas tributarias que se hubieren generado por la omisión en lapresentación oportuna de la Declaración Jurada, en loscasos indicados en el Artículo 2º. Artículo Quinto.- FACULTAD AL ALCALDE Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto amplíe la vigencia de la presente Ordenanza. Encárguese al señor Alcalde la respectiva promulgación.POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 17118 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G67/G61/G72/G20/G69/G6E/G2D /G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/GED/G61/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G65/G6E/G69/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/GE1/G67/G69/G2D/G6E/G61/G20/G77/G65/G62/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1768-03/SG-MDS Surquillo, 5 de septiembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto, el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, de fecha 7 de agosto del 2003, que aprueba el Reglamento de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública.CONSIDERANDO: Que, el numeral 5 del Art. 2º de la Constitución Política del Perú estipula el derecho fundamental al acceso a lainformación pública al establecer que toda persona o ciu-dadano tiene derecho a solicitar sin expresión de causa lainformación que requiera y recibirla de cualquier entidadpública, en el plazo legal y con el costo que amerite estepedido; Que, con la finalidad de promover la transparencia de los actos de Estado y regular el derecho fundamental cons-titucional antes indicado, se ha promulgado la Ley Nº 27806- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,con la cual se cautela y promueve la transparencia de lasactividades de todas las entidades de la AdministraciónPública estando entre ellas los Gobiernos Locales; Que, el último párrafo del Art. 3º en concordancia con el segundo párrafo del artículo 8º de la referida Ley, se esta-blece que la entidad pública designará al funcionario res-ponsable de entregar la información solicitada en virtud dela misma ley. La obligatoriedad de dicha designación debecumplirse bajo responsabilidad del máximo representantede dicha entidad siendo en este caso al Alcalde Distrital,motivo por el cual es necesario que se efectúe dicha desig-nación; Que, la indicada designación no exime ni atenúa a las demás áreas de la entidad pública edilicia en este caso, yasea que produzcan o posean la información que se solicite,de su obligación y responsabilidad en proporcionarla en eltérmino legal y en las condiciones que hagan posible sucumplimiento; Que, en el literal b del Art. 3º de la mencionada ley, en el caso de la Municipalidad Distrital de Surquillo, el alcaldetiene la obligación de designar al funcionario responsablede brindar información de acceso al público; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 27806; Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública, y en el uso de las facultades contenidas en el inci-so 6) del Art. 20º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Munici-palidades; RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR al Secretario General de la Municipalidad Distrital de Surquillo, como responsa-ble de la entrega de la información solicitada por cualquierciudadano, en virtud por lo dispuesto por la Ley Nº 27806precitada. Artículo Segundo.- DESIGNAR al Gerente de la Ofici- na de Estadística e Informática, como responsable de lasinformaciones contenidas en la página Web de la Munici-palidad Distrital de Surquillo, cuyas siglas son www.munsurquillo .gob.pe, debiendo mantenerla actualizada bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- DISPONER que los Gerentes y Sub- gerentes de las demás Áreas que integran el OrganigramaEstructural de la Municipalidad Distrital de Surquillo; pro-porcionen y faciliten a dichos funcionarios bajo responsa-bilidad toda información que sea requerida, dentro de lostérminos legales en las condiciones que hagan posible sucumplimiento, a fin de que se cumpla con la función enco-mendada. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 17120 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20 /G72/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20 /G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20 /G64/G65 /G67/G72/G61/G64/G75/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G73/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G75/G2D/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G73 ORDENANZA Nº 012-2003-MDB Bellavista, 5 de setiembre del 2003