NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (18/09/2003)
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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G35/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de setiembre de 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS Visto: en Sesión Ordinaria a la fecha el Informe Nº 005- 2003-CE-MDCH, emitido por el Comité Especial designa-do mediante la Resolución de Alcaldía Nº 3492- 2002-MDCH, el Informe Técnico-Legal Nº 2156 -2003-OAJ-MDCHde la Dirección de Asesoría Jurídica; mediante el cual sus-tentan y solicitan se declare en Situación de Urgencia alprograma del vaso de leche por un período comprendidoentre el 25.8.03 al 26.10.03; CONSIDERANDO:Que, el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Con- cejo Nº 008-2002-MDCH aprueba el Presupuesto Institucio-nal de Apertura para el año 2003. Asimismo con Resolu-ción de Alcaldía Nº 3941-02-MDCH se aprueba el PlanAnual de Adquisiciones para el presente año el mismo quecontempla la adquisición de los productos para el progra-ma del vaso de leche teniendo como fuente de financia-miento las transferencias del gobierno central; Que, mediante los Informes del visto se detallan circuns- tancias que justifican jurídicamente lo requerido, por cuan-to se configura efectivamente la situación prevista en elnumeral 2. del Art. 108º del D.S. Nº 013-2001-PCM al soli-citar el Comité la adquisición temporal ante un hecho deexcepción suscitado como consecuencia de haberse de-clarado desierto la primera convocatoria de la LicitaciónPública Nacional Nº 0002-2003-CE-MDCH, circunstanciaque podría ocasionar el desabastecimiento de los alimen-tos, de no adoptarse una acción rápida a fin de adquirir losbienes necesarios, por el período que permita llevar a cabola segunda convocatoria que permita la contratación defi-nitiva de los insumos para el programa distrital del vaso deleche; Que, lo expresado anteriormente compromete en for- ma directa e inminente la continuidad de un servicio esen-cial como es la provisión de los alimentos diariamente a losbeneficiarios, por la circunstancia extraordinaria e imprevi-sible que precisa el Art. 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM. Que, esta situación se suscita como consecuencia de no haber calificado en la etapa de evaluación de propues-tas técnicas el mínimo indispensable de postores para se-guir con el proceso, aspecto que generó la decisión delComité Especial de declarar desierto el proceso de selec-ción en virtud a lo dispuesto en el Art. 32º del D.S. Nº 012-2001-PCM, como se evidencia del Acta del Comité Espe-cial de fecha 21.7.03; Que, del análisis efectuado por el Comité Especial, in- fiere que las causas que han propiciado la declaratoria dedesierto son netamente ajenas a su responsabilidad; Que, dichos dispositivos legales aunados en concor- dancia con los procedimientos a que hacen referenciael Art. 19º y 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM posibilitanlo requerido por el Comité Especial encargado de llevara cabo la Licitación Pública Nacional Nº 0002-2003-CE-MDCH; Que, el Informe de la Dirección de Administración se sustenta en el requerimiento realizado por la encargadadel vaso de leche quien mediante el Informe Nº 062-2003-PVL/MDCH solicita se tomen las previsiones técnica y ra-cionales para no desabastecer al programa de los alimen-tos durante el período que comprende de la semana 35(25.8.03) a la semana 43 (26.10.03) del ejercicio 2003 eta-pa que permitirá culminar objetivamente con el proceso li-citario en su segunda convocatoria; Que, lo solicitado se enmarca en lo dispuesto por el inciso c) el Art. 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM, e inciso c)del Art. 20º del mismo cuerpo legal donde se expresa quela exoneración de un proceso de licitación está permitidocuando se declare en situación de urgencia, debiendo seraprobada por el Concejo Municipal; Que, tanto los informes del Comité Especial como el de la Asesoría Jurídica se ajustan a lo esbozado en la Directi-va Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE aprobada por la Re-solución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, por cuantocuentan con la siguiente información: - Tipo de producto a adquirir: Alimentos para el progra- ma del vaso de leche. - Descripción básica del producto: ÍTEM I: Enriquecido lácteo 47,992.50 Kg. monto referen- cial S/. 223,165.12. ÍTEM II: Leche evaporada 193,590 Unid. tarros de 410 gr., monto referencial S/. 338,782.50.- El período de adquisición será del 14.7.03 al 24.8.03. - El órgano encargado de la adquisición conforme a la parte infine del tercer párrafo del Art. 34º del D.S. Nº 013-2001-PCM será el Comité Especial. Que, en concordancia con las atribuciones estableci- das en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, susmodificatorias y contando con el voto en MAYORÍA del Con-cejo Municipal; ACUERDA:Artículo Primero.- Aprobar la declaración de Situación de Urgencia del programa del vaso de leche de la Munici-palidad Distrital de Chorrillos por las consideraciones ex-puestas y por un período comprendido entre el 25.08.03 al26.10.03 para que se adquieran los siguientes alimentos: - ÍTEM I: Enriquecido lácteo 47,992.50 Kg. monto refe- rencial S/. 223,165.12. - ÍTEM II: Leche evaporada 193,590 Unid. tarros de 410 gr., monto referencial S/. 338,782.50 Artículo Tercero.- Aprobar la adquisición realizada para tal fin por el Comité Especial a través de sus unidades ope-rativas. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Admi- nistración para que remita copia del presente Acuerdo ydel Informe Legal a la Contraloría General de la Repúblicadentro de los plazos previstos en la Ley. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la responsabilidad de publicar en el Diario OficialEl Peruano el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 17148 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G74/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G70/G65/G6C/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/GED/G61 ORDENANZA Nº 120 Jesús María, 21 de agosto de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE JESÚS MARÍACONSIDERANDO:Que, no habiendo en la nueva Ley Orgánica de Munici- palidades, Ley Nº 27972, disposiciones transitorias, res-pecto al trámite que deben seguir los recursos de apela-ción interpuestos contra las Resoluciones de Alcaldía emi-tidas en primera instancia por el Alcalde Distrital de JesúsMaría y que se hayan interpuesto antes de la entrada envigencia de dicha norma y antes de la adecuación y el pro-ceso de reorganización administrativa que contempla laDisposición Complementaria Vigésima de la acotada, queprevea la competencia desconcentrada para la tramitaciónde los diversos procedimientos administrativos, resulta in-dispensable establecer las normas que deben aplicarsetransitoriamente para proteger la facultad de contradicción,establecida por el artículo 206º de la Ley del ProcedimientoAdministrativo General, Ley Nº 27444; De conformidad al Dictamen Nº 25-2003-MJM de la Comisión de Asuntos Jurídicos, el Concejo Municipal deJesús María, con el voto UNÁNIME de sus miembros, ycon dispensa del trámite de aprobación de Acta ha dado lasiguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL TRÁMITE DE LOS RECURSOS DE APELACIÓN CONTRA RESOLUCIONES DE ALCALDÍA Artículo Único.- Los procedimientos administrativos iniciados en la Municipalidad Distrital de Jesús María antesde la entrada en vigencia de la Ley Nº 27972, se regiránpor la normatividad anterior hasta su conclusión, no obs-tante, son aplicables a los procedimientos en trámite las