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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (21/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 10

PÆg. 251708 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Vigésimo Quinta Política de Estado del Acuerdo Nacional promueve la participación de las Fuerzas Arma-das en la Defensa Regional, la Seguridad Hemisférica y lasMisiones de Paz en el marco de la Organización de lasNaciones Unidas; Que, el inciso (f) del Artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de sus fun- ciones participar y fomentar la implementación de políticasy acuerdos internacionales, destinados a garantizar la de-fensa regional y seguridad hemisférica; Que, entre los objetivos estratégicos generales y políti- cas del Sector Defensa, se encuentra la participación en actividades de carácter regional, continental y/o mundial, en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multina-cionales de Paz o Seguridad; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de auste-ridad y racionalidad del gasto en el Sector Público viene reduciendo al mínimo indispensable las autorizaciones de los viajes al exterior; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 017-2003, excepcionalmente po-drá autorizarse aquellos viajes al exterior que resultenindispensables para asegurar el cumplimiento de los ob- jetivos y metas fijados para el ejercicio del año 2003; Que, es conveniente para los intereses instituciona- les nombrar en Comisión del Servicio en el Extranjeroal Capitán de Fragata Martín Raúl NORVANI Noguerol,para que viaje al Puerto de Arica - CHILE, a fin que par-ticipe en la II Reunión entre el Jefe de la Gobernación Marítima de Arica y el Capitán de Puerto de Ilo, los días 23 y 24 setiembre 2003, así como en el Ejercicio Con-junto sobre "Control de Contaminación de Hidrocar-buros", los días 25 y 26 setiembre 2003, por cuanto lasexperiencias a adquirirse redundarán en beneficio de laSeguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27860, Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 017-2003 y el De-creto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Capitán de Fragata Martín Raúl NORVANINoguerol, CIP. 00810150, a fin que participe en la II Re-unión entre el Jefe de la Gobernación Marítima de Arica yel Capitán de Puerto de Ilo, así como en el Ejercicio Con- junto sobre "Control de Contaminación de Hidrocarburos", a llevarse a cabo del 22 al 26 setiembre 2003, en el Puertode Arica - CHILE. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, a través de la Dirección General de Capitaníasy Guardacostas, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos:US$ 200.00 x 5 días x 1 Oficial Superior Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio o término del nombramiento, sinexceder el plazo total establecido. Artículo 4º.- El citado Oficial Superior, deberá cum- plir con sustentar lo señalado en los Artículos 6º y 10ºdel Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 ju- nio 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 17469Autorizan a la Marina de Guerra del Perœ la venta de materiales, vehículosy equipos dados de baja RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1420-DE/MGP Lima, 12 de setiembre de 2003 Visto el Oficio L.600-1077 (R) del Director General del Material de la Marina de fecha 5 junio 2003, mediante elcual recomienda la baja de materiales y equipos de la Di- rección de Salud de la Marina; CONSIDERANDO:Que, la Dirección de Salud de la Marina, dio de alta a los materiales y equipos indicados en el Registro de Tarje- tas de Inventario, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo F-502 del Reglamento de los Servicios Administrativos dela Dirección General del Material, RESAMAT-13110; Que, los Artículos 129º y 131º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de PropiedadEstatal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 154-2001-EF de fecha 17 julio 2001, concordante con el párrafo 3.1.1 de la Directiva Nº 004-2002/SBN, sobre el Procedimiento para el Altay la Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal, aproba-do por Resolución Nº 021-2002/SBN de fecha 12 julio 2002,señala que la baja es el procedimiento consistente en la extrac-ción física y contable de bienes muebles de las entidades públi- cas y se autoriza mediante Resolución Administrativa con la indicación de la causal; Que, el Artículo 130º, incisos (b) y (c) del acotado Regla- mento y los párrafos 3.2.3 y 3.2.4 de la referida Directiva, indi-can las causales de mantenimiento o reparación onerosa y ob-solescencia técnica, para la baja de los bienes muebles que se encuentran consignados en el Oficio del Organismo de Acción, que se menciona en el considerando siguiente; Que, con Oficio S.1000-0008 (R) de fecha 3 enero 2002, el Director de Salud de la Marina y Director Ejecutivo delCentro Médico Naval "CMST", remite el Acta S/N de la Jun-ta Técnica Permanente de Baja de Materiales y Equipos de la Dirección de Salud de la Marina de fecha 27 diciembre 2001, recomendando la baja de los referidos materiales yequipos correspondiente al Cuarto Trimestre 2001, por en-contrarse obsoletos e irrecuperables; Que, el Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones de la Marina de Guerra del Perú, evaluó el Informe Técnico Legal S/N del Comité de Gestión Patrimonial de fecha 20 marzo 2003, recomendando la baja con Acta de Acuerdo Nº 004-2003 de fecha 1 abril 2003; Que, el Decreto Supremo Nº 020-DE/SG de fecha 5 di- ciembre 1988, dispone que la baja de dichos materiales yequipos debe efectuarse por Resolución Ministerial; Estando a lo propuesto por el Director General del Ma- terial de la Marina y a lo opinado por el Comandante Gene-ral de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- En vía de regularización, dar de baja de los inventarios de la Dirección de Salud de la Marina, a los materia-les y equipos asignados a las diferentes dependencias, por lascausales de mantenimiento o reparación onerosa y obsoles-cencia técnica, correspondiente al Cuarto Trimestre 2001, deacuerdo a la relación adjunta remitida por el Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones, debidamente visada por sus integran- tes, que consta de CUARENTA Y OCHO (48) ítems, la mismaque forma parte integrante de la presente Resolución, cuyo va-lor total es de SIETE MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE CON00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7,417.00). Artículo 2º.- Autorizar a la Marina de Guerra del Perú, la venta de los referidos materiales y equipos de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF de fecha 17junio 2001. Artículo 3º.- Disponer que el importe de venta a efec- tuarse incremente el Presupuesto de Recursos Públicos dela Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú - Plie- go 026: Ministerio de Defensa, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Regístrese comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 17269