NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (21/09/2003)
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PÆg. 251709 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de setiembre de 2003 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1421-DE/MGP Lima, 12 de setiembre de 2003 Visto el Oficio L.600-1076 (R) del Director General del Material de la Marina de fecha 5 junio 2003, mediante elcual recomienda la baja de vehículos de flota pesada de la Oficina de Transportes de la Dirección General del Material de la Marina; CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Transportes de la Dirección General del Material de la Marina, dio de alta a los vehículos indica- dos en el Registro de Tarjetas de Inventario, de acuerdo a lodispuesto en el Artículo F-502 del Reglamento de los Servi- cios Administrativos de la Dirección General del Material, RESAMAT-13110; Que, los Artículos 129º y 131º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Pro- piedad Estatal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº154-2001-EF de fecha 17 julio 2001, concordante con el párrafo 3.1.1 de la Directiva Nº 004-2002/SBN, sobre el Pro- cedimiento para el Alta y la Baja de los Bienes Muebles dePropiedad Estatal, aprobado por Resolución Nº 021-2002/ SBN de fecha 12 julio 2002, señala que la baja es el proce- dimiento consistente en la extracción física y contable debienes muebles de las entidades públicas y se autoriza mediante Resolución Administrativa con la indicación de la causal; Que, el Artículo 130º, inciso (c) del acotado Reglamen- to y el párrafo 3.2.4 de la referida Directiva, indica la causal de mantenimiento o reparación onerosa, para la baja de losbienes muebles que se encuentran consignados en el Ofi- cio del Organismo de Acción, que se menciona en el consi- derando siguiente; Que, con Oficio B.1000-192 de fecha 22 abril 2003, el Presidente de la Junta Técnica Permanente de Baja de Ve- hículos para el año 2003, remite el Acta Nº 003-2003 defecha 10 abril 2003, recomendando la baja de los referidos vehículos de flota pesada, por encontrarse en condiciones inoperativas, siendo el costo de su reparación demasiadooneroso; Que, el Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones de la Marina de Guerra del Perú, evaluó el Informe Técnico LegalS/N del Comité de Gestión Patrimonial de fecha 5 mayo 2003, recomendando la baja con Acta de Acuerdo Nº 008- 2003 de fecha 15 mayo 2003; Que, el Decreto Supremo Nº 020 DE/SG de fecha 5 di- ciembre 1988, dispone que la baja de dichos materiales y equipos debe efectuarse por Resolución Ministerial; Estando a lo propuesto por el Director General del Ma- terial de la Marina y a lo opinado por el Comandante Gene- ral de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- En vía de regularización, dar de baja de los inventarios de la Oficina de Transportes de la Dirección General del Material de la Marina, a los vehículos asigna-dos a la Comandancia de la Base de Infantería de Marina, por la causal de mantenimiento o reparación onerosa, de acuerdo a la relación adjunta remitida por el Comité de Al-tas, Bajas y Enajenaciones, debidamente visada por sus integrantes, que consta de OCHO (8) ítems, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución, cuyo va-lor total es de UN MILLON NOVENTA Y CINCO MIL DOS- CIENTOS ONCE CON 70/100 NUEVOS SOLES (S/. 1'095,211.70). Artículo 2º.- Autorizar a la Marina de Guerra del Perú, la venta de los referidos materiales y equipos de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF de fe-cha 17 junio 2001. Artículo 3º.- Disponer que el importe de venta a efec- tuarse incremente el Presupuesto de Recursos Públicos dela Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú - Plie- go 026: Ministerio de Defensa, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Regístrese comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 17270RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1422-DE/MGP Lima, 12 de setiembre de 2003 Visto el Oficio L.600-987 (R) del Director General del Material de la Marina, de fecha 28 mayo 2003, mediante elcual recomienda la baja de materiales de la Dirección deBienestar de la Marina; CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Bienestar de la Marina dio de alta a los materiales indicados en el Registro de Tarjetas de In-ventario, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo F-502 delReglamento de los Servicios Administrativos de la Direc-ción General del Material, RESAMAT-13110; Que, los Artículos 129º y 131º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Pro-piedad Estatal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº154-2001-EF de fecha 17 julio 2001, concordante con elpárrafo 3.1.1 de la Directiva Nº 004-2002/SBN, sobre el Pro-cedimiento para el Alta y la Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal, aprobado por Resolución Nº 021-2002/ SBN de fecha 12 julio 2002, señala que la baja es el proce-dimiento consistente en la extracción física y contable debienes muebles de las entidades públicas y se autorizamediante Resolución Administrativa con la indicación de lacausal; Que, el Artículo 130º, inciso (b) del acotado Reglamento y el párrafo 3.2.3 de la referida Directiva, indican la causalde obsolescencia técnica para la baja de los bienes mue-bles que se encuentran consignados en los Oficios de losOrganismos de Acción, que se mencionan en los conside-randos siguientes; Que, con Oficio M.1000-3419 ( R) de fecha 18 diciem- bre 2001, el Director de Bienestar de la Marina, remite elActa S/N de la Junta de Reconocimiento de Material de Baja,de fecha 23 noviembre 2001, mediante el cual se recomien-da la baja de los referidos materiales correspondiente alTercer Trimestre 2001, por encontrarse obsoletos; Que, con Oficio M.1000-029 de fecha 7 enero 2002, el Director de Bienestar de la Marina remite el Acta S/N de laJunta de Reconocimiento de Material de Baja, de fecha 28diciembre 2001, recomendando la baja de los referidosmateriales correspondiente al Cuarto Trimestre 2001, porencontrarse obsoletos; Que, el Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones de la Marina de Guerra del Perú, evaluó el Informe Técnico LegalS/N del Comité de Gestión Patrimonial de fecha 19 marzo2003, recomendando la baja con Acta de Acuerdo Nº 003-2003 de fecha 1 abril 2003; Que, el Decreto Supremo Nº 020 DE/SG de fecha 5 di- ciembre 1988, dispone que la baja del material y equipos debe efectuarse por Resolución Ministerial; Estando a lo propuesto por el Director General del Ma- terial de la Marina y a lo opinado por el Comandante Gene-ral de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- En vía de regularización, dar de baja de los inventarios de la Dirección de Bienestar de la Mari-na, a los materiales asignados a las diferentes Unida-des y Dependencias, por la causal de obsolescencia técnica, correspondientes al Tercer y Cuarto Trimestre 2001, de acuerdo a la relación adjunta remitida por elComité de Altas, Bajas y Enajenaciones, debidamentevisada por sus integrantes, que consta de CIENTO DIEZ(110) ítems, la misma que forma parte integrante de lapresente Resolución, cuyo valor total es de CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS DOCE CON 00/100 NUE- VOS SOLES (S/. 45,712.00). Artículo 2º.- Autorizar a la Marina de Guerra del Perú, la venta del referido material de acuerdo a lo dispuesto enel Decreto Supremo Nº 154-2001-EF de fecha 17 julio 2001. Artículo 3º.- Disponer que el importe de venta a efec- tuarse incremente el Presupuesto de Recursos Públicos de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú - Plie-go 026: Ministerio de Defensa, Fuente de FinanciamientoRecursos Directamente Recaudados. Regístrese comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 17271