Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2003 (21/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 21 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, con Resolucion Ministerial Nº 449-2002-MTC/15.02, modificada por Resolucion Ministerial Nº 637-2002-MTC/20; se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; Que, el Articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 6372002-MTC/20 dispuso que la publicacion del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROVIAS NACIONAL, sea aprobado por su Director Ejecutivo; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 218-2002-MTC/ 20, se aprobo el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROVIAS NACIONAL; Que, la construccion y mantenimiento de la Red Vial Nacional es de responsabilidad del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL, comprendiendo la Red Vial Asfaltada y la Red Vial Afirmada; Que, en consecuencia, resulta necesario adecuar las funciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL, a la realidad existente, con la finalidad de optimizar su operatividad, acorde con los criterios de diseno y estructura de la Administracion Publica, primando el MORDAZA de especialidad y competencias afines; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y su modificatoria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar los Articulos 30º, 31º, 33º, 34º, 36º y 37º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, aprobado por Resolucion Directoral Nº 218-2002-MTC/20, en los terminos siguientes: "Articulo 30º.- La Gerencia de Mantenimiento de la Red Vial Nacional, es el organo de linea del PROVIAS NACIONAL encargado de la administracion de las Unidades Zonales, y responsable de programar, ejecutar, controlar y evaluar los programas de mantenimiento rutinario, periodico y senalizacion de la Red Vial Nacional; incluyendo las carreteras, puentes, tuneles y demas infraestructura relacionada." "Articulo 31º.- La Gerencia de Mantenimiento de la Red Vial Nacional tiene las siguientes funciones: a) Dirigir, coordinar y supervisar la formulacion del programa de mantenimiento de caminos, puentes y otros proyectos de la infraestructura de transporte vial nacional, de acuerdo a los planes vigentes; b) Establecer los procedimientos tecnicos para el mantenimiento de la infraestructura a cargo de la Entidad; c) Formular el plan anual y el correspondiente presupuesto del Mantenimiento Rutinario y del Mantenimiento Periodico de la Red Vial Nacional; d) Formular el Plan Especializado de Puentes y actualizar su inventario; e) Supervisar la ejecucion del plan anual de mantenimiento de la Red Vial Nacional; f) Realizar el inventario vial actualizando la base de datos de la infraestructura a su cargo; g) Aprobar los terminos de referencia para contratar el mantenimiento; h) Revisar y dar conformidad a las valorizaciones, presupuestos adicionales y deductivos, ampliaciones de plazo, resolucion de contratos, liquidaciones finales de los contratos de mantenimiento periodico; i) Proponer la liquidacion tecnica y contable de los contratos a su cargo; j) Velar por el cumplimiento de las normas de seguridad Vial y senalizacion aplicables a la infraestructura de transporte vial nacional; k) Elaborar y/o revisar y visar los contratos, clausulas adicionales y adendas que se deriven de las licitaciones y concursos dentro de su competencia; I) Llevar el control de avance del mantenimiento periodico y del mantenimiento rutinario asi como del estado situacional de la administracion de los contratos a su cargo; m) Elaborar un programa de contrataciones involucrando al sector privado en el mantenimiento de la Red Vial Nacional;

n) Coordinar y elaborar la informacion tecnica de su competencia; o) Establecer las normas y procedimientos de caracter tecnico para el mantenimiento vial en las Unidades Zonales; p) Procesar, autorizar y tramitar las solicitudes de remesas de las Unidades Zonales; q) Dirigir, coordinar y supervisar la ejecucion del programa de mantenimiento rutinario de carreteras, puentes y demas infraestructura relacionada con la Red Vial Nacional Asfaltada; r) Dirigir y supervisar las actividades tecnico administrativas de las Unidades Zonales; s) Dirigir y supervisar los contratos de mantenimiento rutinario hasta su respectiva liquidacion; t) Evaluar y supervisar la ejecucion de actividades de mantenimiento a nivel zonal; u) Formular, procesar y tramitar las valorizaciones de los contratos; v) Vigilar el estricto cumplimiento de las normas y procedimientos; w) Otras materias de su competencia, y aquellas que le asigne la Direccion Ejecutiva; " "Articulo 33º.- La Gerencia de Operaciones Zonales, es el organo de linea encargado de la administracion de las Unidades de Peaje y Estaciones de Pesaje, incluyendo la recaudacion de peajes y el cumplimiento de la normatividad vigente de la regulacion y control de los pesos y medidas vehiculares." "Articulo 34º.- La Gerencia de Operaciones Zonales tiene las siguientes funciones: a) Administrar las Unidades de Peaje y Pesaje; b) Formular las solicitudes de remesas de las Unidades de Peaje y Estaciones de Pesaje; c) Establecer los procesos y controles que aseguren la captacion eficiente de los recursos economicos por concepto de pago de peaje y multas administrativas de pesos y medidas vehiculares; d) Monitorear las actividades de recaudacion en las Unidades de Peaje; e) Llevar la estadistica de la recaudacion en las Unidades de Peajes, Estaciones de Pesajes y de multas por infraccion por sobre pesos y sobre dimension vehicular; f) Llevar la estadistica diaria de circulacion vehicular para determinar los respectivos IMD; g) Proveer informacion sistematica sobre las condiciones de transitabilidad y seguridad vial; h) Efectuar la supervision y control de cualquier MORDAZA de intervencion dentro del derecho de via de la Red Vial Nacional; i) Incorporar las medidas de mitigacion de los impactos ambientales negativos en los procesos de mantenimiento vial; j) Otorgar autorizaciones especiales y excepcionales correspondientes a cargas especiales de acuerdo a la normatividad vigente; k) Expedir y notificar Resoluciones Gerenciales en asuntos materia de su competencia, ejerciendo la primera instancia administrativa; l) Las demas funciones que le asigne la Direccion Ejecutiva, de acuerdo al ambito de su competencia." "Articulo 36º.- Las Unidades Zonales son organos desconcentrados del PROVIAS NACIONAL, encargados de ejecutar todas las actividades correspondientes al mantenimiento de carreteras, puentes, y demas infraestructura relacionada con la Red Vial Nacional. Cada Unidad Zonal, esta a cargo de un Jefe Zonal, que es designado por el Director Ejecutivo del PROVIAS NACIONAL, depende funcional y jerarquicamente de la Gerencia de Mantenimiento de la Red Vial Nacional y mantiene relaciones funcionales y de coordinacion con los organos del PROVIAS NACIONAL." "Articulo 37º.- Las Unidades Zonales tienen las siguientes funciones, responsabilidades y/o atribuciones: a) Ejecutar los programas de mantenimiento rutinario y emergencias de la Red Vial Nacional en los tramos de carreteras a su cargo; b) Ejecutar los programas de mantenimiento periodico y/o rehabilitacion de los tramos a cargo de la Unidad Zonal; c) Participar en la formulacion del Plan Anual de Mantenimiento Rutinario;

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