Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2004 (09/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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mo Nº 135-99-EF y modificado por Decreto Legislativo Nº 953, dispone que el Tribunal Fiscal resolvera las apelaciones dentro del plazo de seis (6) meses contados a partir de la fecha de ingreso de los actuados al Tribunal, plazo que en el caso de la apelacion interpuesta por la recurrente ya se ha vencido; Que, el inciso b) del articulo 155º del citado Codigo senala que el recurso de queja se presenta cuando existan actuaciones o procedimientos que afecten directamente o infrinjan lo establecido en el Codigo; debiendo ser resueltas por el Ministerio de Economia y Finanzas tratandose de recursos contra el Tribunal Fiscal; Que, el ultimo parrafo del articulo 144º del Codigo MORDAZA mencionado manifiesta que tambien procede el recurso de queja cuando el Tribunal Fiscal, sin causa justificada, no resuelva dentro del plazo de seis (6) meses a que se refiere el primer parrafo del articulo 150º del Codigo Tributario; Que, de acuerdo a lo informado por el Tribunal Fiscal mediante Oficio Nº 1817-2004-EF/41.01 de fecha 2 de MORDAZA de 2004, por medio del cual remite el Memorando Nº 0212004-EF/41.09.2 adjunto al cual se encuentra el Informe donde formula el descargo respectivo contra la queja interpuesta, la demora en el pronunciamiento del Tribunal Fiscal se debio al pasivo de expedientes por resolver, razon por la cual no puede considerarse que la demora sea injustificada, indicando ademas que el 1 de MORDAZA de 2004 la Sala 2 del Tribunal Fiscal emitio la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 01950-2-2004, luego de haber realizado la audiencia de informe oral con la asistencia de MORDAZA partes, por lo que al haberse emitido pronunciamiento en el Expediente Nº 1946-2003, han desaparecido los hechos que motivaron la interposicion de la queja, careciendo de objeto que se emita pronunciamiento sobre el recurso presentado; Que, la queja es un remedio procesal por el cual el administrado que sufre perjuicios derivados de un defecto de tramitacion de procedimiento, acude al superior jerarquico con el objeto de que se proceda a la subsanacion del mismo. En tal sentido, la queja constituye un medio de impulso en la tramitacion del procedimiento para que este continue con arreglo a las normas correspondientes, por lo que una vez dictada la resolucion que pone fin al procedimiento administrativo la interposicion de una queja careceria de objeto; Que, si bien de acuerdo a lo senalado por el Tribunal Fiscal en su Informe adjunto al Memorando Nº 021-2004-

EF/41.09.2, existen causas que justifican la demora en la resolucion de tal recurso de apelacion consistentes en la elevada carga procesal que tiene el Tribunal Fiscal, toda vez que dicho Tribunal ha puesto fin al citado procedimiento contencioso tributario de apelacion con la expedicion de la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 01950-2-2004, carece de objeto emitir pronunciamiento sobre el recurso de queja interpuesto por dicho asunto; De conformidad con lo establecido en el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar que el Recurso de Queja interpuesto por la empresa PRINCETON DOVER CORPORATION SUCURSAL DEL PERU contra el Tribunal Fiscal carece de objeto, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 07029

Amplian Calendario de Compromisos del mes de marzo del Ejercicio Fiscal 2004
DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO RESOLUCION DIRECTORAL Nº 018-2004-EF/76.01 MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 003-2004-EF/ 76.01 se aprobo el Calendario de Compromisos Trimestral

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- MORDAZA Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe.

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