Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2004 (09/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2004

licita la expedicion de la Resolucion Ejecutiva declarando en situacion de urgencia, la contratacion del servicio complementario de mantenimiento, limpieza, jardineria y otros de caracter especializado, por el tiempo que demore la culminacion del Concurso Publico Nº 1-2004-ITP convocado para tal fin; CONSIDERANDO:

de la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo 06951

Que el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con lo dispuesto en el Articulo 108º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas las adquisiciones y contrataciones que se realicen por situacion de urgencia; Que una vez aprobada la exoneracion correspondiente, la contratacion debe efectuarse a traves de una Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme a lo establecido por el Articulo 20º del mencionado Texto Unico Ordenado; Que el Articulo 21º de la citada MORDAZA, considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria o imprevisible de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales de la Entidad o de las operaciones productivas que tuviera a su cargo; Que en los Articulos 105º y 116º del referido Reglamento, se establecen los procedimientos a los que deben sujetarse tales contrataciones, precisandose que debera indicarse en la resolucion de exoneracion el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que segun el memorandum del exordio, la Oficina de Administracion, indica que la duracion del MORDAZA de seleccion del Concurso Publico Nº 1-2004-ITP, para la contratacion del servicio complementario de mantenimiento, limpieza, jardineria y otros de caracter especializado, excedera la fecha en que concluya el actual contrato, por lo que resulta necesario asegurar la continuidad del referido servicio; caso contrario, se comprometerian seriamente la continuidad de los servicios esenciales y operativos del instituto; Que por su parte, el Informe Legal Nº 013-2004-ITP/ OAJ del 31 de marzo de 2004, de la Oficina de Asesoria Juridica, senala que la situacion descrita compromete en forma directa la continuidad de los servicios esenciales y operativos del ITP; lo que determina que se configure la situacion de urgencia prevista en el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en el numeral 2 del Articulo 108º de su Reglamento; Que lo referido en los referidos informes justifica tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio complementario de mantenimiento, limpieza, jardineria y otros de caracter especializado, cumpliendose asi con lo establecido en el Articulo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de la facultad conferida por el Articulo 16º, inciso b), del Decreto Supremo Nº 002-2001-PE, Reglamento de Organizacion y Funciones del ITP; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia el servicio complementario de mantenimiento, limpieza, jardineria y otros de caracter especializado. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, a la contratacion del servicio complementario de mantenimiento, limpieza, jardineria y otros de caracter especializado, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Autorizar a la Direccion Ejecutiva suscribir el contrato que corresponda, mediante Adjudicacion de Menor Cuantia, por el termino de treinta (30) dias, a partir de la fecha de vencimiento del actual contrato. Articulo 4º.- La presente Resolucion y los informes que la sustentan esta exoneracion, sera puesta en conocimiento

OSINERG
Aprueban contratacion de profesional mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 032-2004-OS/PRES MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2004 VISTO: El Informe Tecnico Nº OAF-006-2004 de fecha 31 de marzo de 2004, de la Oficina de Administracion y Finanzas de OSINERG y el Informe Legal Nº 220-2004 de fecha 31 de marzo de 2004, de la Gerencia Legal. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, en tal sentido, el primer parrafo del articulo 111º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, la Oficina de Administracion y Finanzas de OSINERG, mediante el Informe Tecnico Nº OAF-006-2004, refiere la necesidad de contratacion de un profesional con formacion academica en Psicologia, a efectos de que efectue evaluaciones psicotecnicas a los profesionales que realizaran el Programa Anual de Supervision en Electricidad e Hidrocarburos, cuyo objetivo es asegurar que OSINERG, tenga mayores opciones de contratar supervisores con un perfil de competencia idoneo para los puestos; Que la Sra. Nolly Cole es una psicoterapeuta con amplia experiencia en efectuar pruebas psicologicas con evaluaciones desarrolladas e implementadas por si misma, en virtud de su amplio perfil profesional y conocimientos en la materia, que integra el analisis de cuatro areas principales en el MORDAZA de evaluacion: pronostico de personalidad, prueba de razonamiento, coeficiente emocional y actitud para el puesto al que se postula; De conformidad con el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM y el articulo 111º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, Con la opinion favorable de la Gerencia General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, por servicios personalisi-

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