Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2004 (09/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2004

te del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepcion de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, asi como de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaran por resolucion del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa Aero Continente S.A., con Carta ACQ JINST 219-2004, del 18 de marzo del 2004, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 737, en la MORDAZA de Miami, a sus tripulantes tecnicos MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Ronceros, MORDAZA Arrospide y MORDAZA Silvestri, durante los dias 11 al 15 de MORDAZA del 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nº 5036, 5037 y 5038, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 0434-2004-MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Raygada, para realizar chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 737 al personal aeronautico propuesto por la empresa Aero Continente S.A., en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 11 al 15 de MORDAZA del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 0434-2004-MTC/ 12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Raygada, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 11 al 15 de MORDAZA del 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Aero Continente S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nº 5036, 5037 y 5038, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 1,100.00 US$ 28.24

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 06995

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Dan por concluida designacion de Jefe del Organo de Control Institucional de CORPAC S.A.
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 127-2004-CG MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2004 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 029-2004-CG/OCI emitida por la Gerencia de Organos de Control Institucional de la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el articulo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, la designacion y la separacion definitiva de los Jefes de los Organos de Control Institucional se efectua por la Contraloria General de acuerdo a los requisitos, procedimientos, incompatibilidades y excepciones que establezca para tal efecto; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 015-2004CG del 16.Ene.2004 se ratifico en el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial S.A. - CORPAC S.A., al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda en la condicion de trabajador de la Contraloria General de la Republica, a efecto de garantizar la culminacion de las acciones de control en curso a cargo del Organo de Control Institucional y con la finalidad de que todo MORDAZA integral de control se desarrolle libre de cualquier MORDAZA de interferencia; Que, mediante Oficio Nº MTC/CORPAC S.A. GG-4242004, la empresa CORPAC S.A. informa a la Contraloria General de la Republica que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda ha interpuesto una demanda en contra de CORPAC S.A., sobre impugnacion de despido y pago de indemnizacion por despido arbitrario, tramitada ante el Tercer Juzgado Laboral del Callao; petitorio que excluye cualquier otra accion orientada al restablecimiento del vinculo laboral con CORPAC S.A., en virtud a lo previsto por el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Fomento al Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-96-TR, por lo que se puede determinar que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda ha optado por desvincularse permanentemente de la funcion realizada en dicha entidad; Que, asimismo, el legitimo ejercicio de las acciones judiciales para la defensa de sus derechos laborales presuntamente vulnerados, genera una situacion de conflicto de intereses entre el referido profesional y la empresa sujeta a control; Que, como consecuencia de lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda

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