Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2004 (09/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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MIMDES
Aprueban prorroga de situacion de urgencia sobre adquisicion de alimentos para los comedores de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao
SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PUBLICA DEL CALLAO RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 009-2004-SBP-C/P Callao, 27 de febrero de 2004 VISTO: El Informe Nº 079-2004-SBP-C-OA, emitido por la Oficina de Administracion, mediante el cual solicita se apruebe la prorroga de la Situacion de Urgencia declarada mediante Resolucion Presidencial Nº 128-2003-SBPC-P para la adquisicion de Alimentos para Personas para los Comedores de la Institucion, por el periodo comprendido del 1 de marzo al 30 de MORDAZA del presente ejercicio; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 128-2003SBP-C-P se declaro en Situacion de Urgencia el Suministro de Alimentos para Personas para los Comedores de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao por el periodo comprendido del 1 de enero al 29 de febrero del presente ejercicio, en tanto se efectue el MORDAZA de Seleccion correspondiente; Que, por informe de vistos, se solicita se apruebe la prorroga de la Situacion de Urgencia declarada mediante Resolucion Presidencial MORDAZA mencionada, para la adquisicion de Alimentos para Personas por el periodo comprendido del 1 de marzo al 30 de MORDAZA del presente ejercicio, por resultar necesaria e indispensable para el adecuado cumplimiento de los Objetivos y Metas Institucionales, principalmente en la preparacion de raciones diarias que la institucion otorga a personas en situacion de abandono economico y familiar en el MORDAZA de su Mision de Apoyo Social a los sectores mas pobres y en riesgo de la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante informe Nº 079-2004-SBP-C-OA, la Oficina de Administracion emite el Informe Tecnico respectivo mediante el cual solicita se apruebe la prorroga de la Situacion de Urgencia para el Suministro de Alimentos para Personas para los Comedores de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao; Que, mediante Memorandum Nº 027-2004-SBP-C-OAJ, la Oficina de Asesoria Juridica emite opinion favorable sobre el particular, en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, mediante Memorandum Nº 033-2004-SBP-C-OP, la Oficina de Planificacion informa respecto a la Disponibilidad Presupuestal requerida para el caso en la Asignacion Especifica correspondiente; Que, de conformidad con el Articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, las exoneraciones se aprobaran por Resolucion del Titular del Pliego; Que, el Articulo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que: "Se considera situacion de urgencia, cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad segun sea el caso, necesa-

MORDAZA para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda"; Que, estando a los margenes senalados por el Articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado, la medida adoptada permitira la continuidad de funciones y la consecucion de los fines y objetivos institucionales; Estando a lo informado y con las visaciones de los Titulares de la Gerencia General, de la Gerencia de Produccion y Asistencia Social, de la Oficina de Administracion, la Oficina de Asesoria Juridica y la Oficina de Planificacion, y con cargo a dar cuenta al Directorio; En uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Ministerial Nº 359-2002-PROMUDEH de fecha 26 de junio del 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la prorroga de la Situacion de Urgencia declarada mediante Resolucion Presidencial Nº 128-2003-SBP-C-P para la adquisicion de Alimentos para Personas para los Comedores de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao, por el periodo comprendido del 1 de marzo al 30 de MORDAZA del presente ejercicio. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de Seleccion correspondiente y proceder a su contratacion a traves de MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por el Valor Referencial de S/. 113,949.79 (Ciento Trece Mil Novecientos Cuarenta y Nueve y 79/100 Nuevos Soles), de acuerdo a lo senalado en el Articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Encargar al Comite Especial Permanente de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao la seleccion del (los) Proveedor(es) que suministraran los insumos requeridos, por el periodo senalado en el Articulo 1º de la presente Resolucion, de acuerdo a la normatividad vigente. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina de Administracion la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como su notificacion a la Contraloria General de la Republica, de acuerdo a Ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Presidenta del Directorio 07014

Aprueban prorroga de situacion de urgencia de suministro de combustible para la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao
SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PUBLICA DEL CALLAO RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 010-2004-SBP-C/P Callao, 27 de febrero de 2004 VISTO: El Informe Nº 080-2004-SBP-C-OA, emitido por la Oficina de Administracion, en el que se solicita se apruebe la prorroga de la Situacion de Urgencia declarada mediante Resolucion Presidencial Nº 129-2003-SBP-C-P para la adquisicion de Combustible para la Institucion, por el periodo comprendido del 1 de marzo al 30 de MORDAZA del presente Ejercicio. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 129-2003SBP-C-P se declaro en Situacion de Urgencia el Suministro de Combustibles para la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao por el periodo comprendido del 1 de enero al 29 de febrero del presente Ejercicio, en tanto se efectue el MORDAZA de Seleccion correspondiente;

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