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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G34/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de abril de 2004 dad y vigilancia en las Oficinas Registrales de la Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz; Que, en la actualidad, el servicio antes aludido viene sien- do atendido ininterrumpidamente mediante declaración deurgencia aprobada con Resolución Nº 047-2004-SUNARP/ SN, cuyo contrato vence el 5 de abril del 2004; sin embargo, teniendo en cuenta que el proceso de selección correspon-diente se encuentra en trámite y por ende no se puede efec- tuar una proyección cierta sobre la fecha en que culminará se origina el peligro que el servicio de seguridad y vigilan-cia, del cual depende la seguridad y protección de las Ofici- nas Registrales y por ende la normal operatividad y gestión administrativa de dicho Órgano Desconcentrado, se vea in-terrumpido; por lo que resulta procedente su contratación, del modo más expeditivo posible y de acuerdo a la normati- va sobre contrataciones y adquisiciones públicas; Que, lo acotado precedentemente impide que la Zona Registral Nº VII pueda seguir contando con el servicio de seguridad y vigilancia de manera regular, por lo tanto seconfigura el apremio concreto e inmediato que genera la necesidad de adoptar acciones rápidas para contratar lo indispensable hasta que el otorgamiento de la Buena Proquede consentido o administrativamente firme y superar favorablemente la situación de urgencia; Que, en ese contexto, la Gerencia de Administración y Finanzas de la Zona Registral Nº VII, por medio del preci- tado Informe solicita la declaración de urgencia por el pla- zo de sesenta (60) días, considerando un valor referencialtotal ascendente a S/. 39,000.00 (Treintinueve Mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, de conformidad con lo previsto en el numeral 2 del artículo 108º del Reglamento del TUO, la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida afin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el proceso de selec- ción correspondiente para las adquisiciones y contratacio-nes respectivas; Que, con Informe Nº 187-2004-SUNARP-GL-LAS, la Gerencia Legal de la SUNARP, opina por la procedenciade la exoneración de acuerdo a lo señalado por el inciso c) del artículo 19º del TUO, toda vez que se cumple con los requisitos para la aplicación de la causal de exoneraciónpor situación de urgencia; Que, la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la SUNARP, mediante Oficio Nº 164-2004-SUNARP-GPD,informa que existen recursos presupuestales suficientes para atender la contratación solicitada; Estando a lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y el Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en situación de urgencia la contratación del servicio de seguridad y vigilancia parala Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz, por sesenta (60) días calendario contados a partir del 6 de abril del 2004. Artículo Segundo.- El valor referencial total del servi- cio de seguridad y vigilancia a contratar, durante el perío- do de urgencia, asciende a S/. 39,000.00 (Treintinueve Mil y 00/100 Nuevos Soles); fuente de financiamiento: Recur-sos Directamente Recaudados. Artículo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Admi- nistración y Finanzas de la Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz, a contratar los servicios mencionados en el Artí- culo Primero de la presente resolución, mediante el proce- so de Adjudicación de Menor Cuantía, conforme lo dispo-ne el artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General de la SUNARP haga de conocimiento de la Contraloría General de la República, la presente resolución y los infor- mes que la sustentan, dentro del plazo de diez días calen-dario a su aprobación según lo dispone el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALD CÁRDENAS KRENZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos (e) 06950/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA /G43/G6F/G6E/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65/G20/G64/G65 /G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G65/G78/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G6F/G6D/G69/G63/G69/G6C/G69/G61/G72/G69/G61/G73 ORDENANZA Nº 066-2004-MDI Independencia, 24 de marzo de 2004 EL ALCALDE DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 56-03-GDU/MDI de 23 de marzo del 2004, ex-pedido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, referido a laaprobación del Proyecto de Ordenanza que concede elBeneficio de Reducción del Monto del Derecho de Trámitepara la Obtención de la Autorización Municipal para la Eje-cución de Obras Conexiones Domiciliarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucio-nal y la Ley Nº 27297, Ley Orgánica de Municipalidades, se-ñala que las municipalidades tienen autonomía política, eco-nómica y administrativa en los asuntos de su competencia,correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normati-vas y fiscalizadoras y a la Alcaldía, las funciones ejecutivas; Que, el artículo 195º de la Constitución señala que las municipalidades tienen entre sus competencias administrarsus bienes y rentas así como crear, modificar y suprimir con-tribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipa-les; asimismo, el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Texto Úni-co Ordenado del Código Tributario, establece en la Norma IVde su Título Preliminar que los Gobiernos Locales, medianteOrdenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribu-ciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos,dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 030-2002-MDI de 19 de agosto del 2002, la Municipalidad Distrital de Independenciaaprobó su Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA, en cuyo ítem 20 del rubro referido a la Subgerencia deProyectos y Obras de la Gerencia de Desarrollo Urbano seha regulado el procedimiento administrativo denominado Eje-cución de Obras en Áreas de Dominio Público - b.- Conexio-nes domiciliarias, encontrándose establecido como uno desus requisitos el pago del derecho de trámite ascendente a lasuma de ciento cincuenta y 00/100 nuevos soles (S/. 150.00); Que, mediante Ordenanza Nº 057-2003-MDI de 17 de noviembre del 2003 se aprobó un beneficio similar al pro-puesto, por un plazo de ciento veinte días, el mismo quevenció el 17 de marzo pasado; Que, es de conocimiento de este concejo municipal que los administrados que solicitan la autorización municipal para co-nexiones domiciliarias de agua, desagüe y electrificación perte-necen a asentamientos humanos y urbanizaciones populares,de escasos recursos económicos y que carecen de dichos ser-vicios básicos, por lo que resulta necesaria la aprobación delbeneficio extraordinario propuesto, a efectos de promover eldesarrollo de la población, mejorando su calidad de vida al dár-sele facilidades para el acceso a los servicios básicos; Que, mediante el Informe de Vistos la Gerencia de Desa- rrollo Urbano solicita al Pleno del Concejo Municipal la apro-bación del proyecto de ordenanza propuesto, por lo que lue-go del análisis y debate del proyecto por parte del pleno delconcejo municipal, se consideró procedente y necesaria suaprobación; Con el voto unánime de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, el ConcejoMunicipal de la Municipalidad Distrital de Independencia, enejercicio de las facultades conferidas por la ConstituciónPolítica del Estado; la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Muni-cipalidades y estando a las consideraciones expuestas; Aprobó la siguiente: