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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (10/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G34/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de abril de 2004 ORDENANZA CONCEDEN BENEFICIO DE REDUCCIÓN DEL MONTO DEL DERECHO DE TRÁMITE PARA OBTENCIÓN DE AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA LA EJECUCIÓN DE CONEXIONES DOMICILIARIAS Artículo Primero.- CONCEDER el beneficio de reduc- ción del monto del derecho de trámite por concepto de Au-torización Municipal para la Ejecución de Obras en Áreasde Dominio Público - b.- Conexiones Domiciliarias, consig-nado en el ítem 20 del rubro correspondiente a la Gerenciade Desarrollo Urbano del Texto Único de ProcedimientosAdministrativos -TUPA- de la Municipalidad Distrital de In-dependencia, estableciéndose en la suma ascendente asesenta y 00/100 nuevos soles (S/. 60.00). Artículo Segundo.- ESTABLECER que el beneficio señalado en el artículo anterior tendrá una duración de cien-to veinte (120) días calendarios contados a partir del díasiguiente de la publicación de la presente Ordenanza en elDiario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 06942 /G43/G6F/G6E/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G61/G72/G6E/GE9/G20/G64/G65/G20/G73/G61/G6E/G69/G2D/G64/G61/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G6D/G69/G6E/G6F/G72/G69/G73/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 068-2004-MDI Independencia, 24 de marzo del 2004 EL ALCALDE DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 001-2004-CSMASC-CODEL-CDHG-CEP/MDI de 24 de marzo del 2004, por el cual se recomien-da la aprobación del proyecto de Ordenanza sobre Reduc-ción del Monto del Derecho de Pago por Concepto de Carnéde Sanidad para Comerciantes Minoristas del distrito; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado porla Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional y la LeyNº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipa-lidades tienen autonomía política, económica y adminis-trativa en los asuntos de su competencia, correspondien-do al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscali-zadoras y a la Alcaldía, las funciones ejecutivas; Que, en concordancia con los preceptos anteriormente mencionados, el subnumeral 2.1 del artículo 73º de la LeyNº 27972 establece que es materia de competencia munici-pal el saneamiento ambiental, la salubridad y la salud; asi-mismo, los subnumerales 3.5 y 4.5 del artículo 80º de la refe-rida ley señalan que las municipalidades tienen como com-petencia y función específica exclusiva la expedición de car-nés de sanidad y la realización de campañas locales sobremedicina preventiva, primeros auxilios, educación sanitaria yprofilaxis y el subnumeral 3.5 del artículo 86º alude a la pro-moción de las condiciones favorables para la productividad ycompetitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito; Que, mediante Ordenanza Nº 141-MML publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de marzo de 1998,se estableció la obligatoriedad en la jurisdicción de la pro-vincia de Lima de portar como documento personal e in-transferible el carné de salud para todas aquellas perso-nas que brinden servicios atendiendo al público y/o mani-pulando alimentos sin excepción alguna, el cual será otor-gado por la autoridad sanitaria municipal de cada uno delos distritos, de acuerdo a su jurisdicción; Que, mediante Ordenanza Nº 030-2002-MDI publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de agosto de 2002, laMunicipalidad Distrital de Independencia aprobó su Texto Úni-co de Procedimientos Administrativos -TUPA-, la misma que fue modificada mediante Ordenanza Nº 047-2003-MDI de 9de julio del 2003, en la cual se consigna como monto del dere-cho por la prestación del servicio de expedición de carné desalud o duplicado, la suma de quince nuevos soles (S/. 15.00); Que, ante las reiteradas solicitudes de los ciudadanos y organizaciones del distrito referidas a la disminución delmonto del derecho de pago por el servicio señalado se soli-citó a las áreas administrativas de la corporación, la expedi-ción de los informes correspondientes a efectos de verificarla viabilidad de la dación del beneficio correspondiente, re-cepcionándose los Informes Nº 027-2004-GCDL/MDI yNº 028-2004-GCD/MDI por los cuales la Gerencia Centralde Desarrollo Local hace llegar la estructura de costos delcarné de sanidad, ascendente a la suma de quince y 00/100nuevos soles (S/. 15.00) e informa acerca de la cantidad decarnés emitidos durante el período comprendido entre agostodel año 2003 y febrero del año 2004 y el Informe Nº 021-2004-OPPI-GM/MDI evacuado por la Oficina de Planifica-ción y Presupuesto, en el que se refiere que luego de haber-se verificado las proyecciones de la emisión de carnés desanidad, el monto que dejaría de percibir la municipalidadpor la aprobación del proyecto propuesto, no es significativopara el presupuesto de la institución; Que, habiéndose efectuado el debate del Dictamen de vistos, el Concejo Municipal ha considerado procedente ynecesaria la aprobación del proyecto señalado; Con el voto unánime de los señores Regidores, el Con- cejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Independen-cia, en uso de las facultades conferidas por la ConstituciónPolítica del Perú; la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Munici-palidades y estando a las consideraciones expuestas; Aprobó la siguiente: ORDENANZA CONCEDEN BENEFICIO DE REDUCCIÓN DEL MONTO DEL DERECHO POR CARNÉ DE SANIDAD PARA COMERCIANTES MINORISTAS DEL DISTRITO Artículo Primero.- OBJETO, ALCANCES Y VIGENCIA La presente Ordenanza tiene como objeto mejorar las condiciones de salud y vida del comerciante minorista, otor-gando facilidades para la atención médica adecuada y opor-tuna, considerando que por su actividad económica tiene untrato diario y personal con el público consumidor. El benefi-cio establecido por la presente Ordenanza está dirigido atodos los comerciantes minoristas que realicen sus activi-dades en la jurisdicción del distrito de Independencia. Artículo Segundo.- DEL BENEFICIO Y VIGENCIA Establecer, como derecho de pago por el servicio de expedición del carné de sanidad el monto promocional deonce y 00/100 nuevos soles (S/. 11.00), durante los sesen-ta (60) días calendario posteriores a la publicación de lapresente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- REQUISITOS PARA ACOGERSE AL BENEFICIO Son requisitos indispensables para el acogimiento al beneficio: a) Ser comerciante minorista en actividad b) Portar su carné de sanidad vigentec) Portar su documento de identidad vigente Se considera comerciante minorista al conductor de un único negocio y que no tenga personal dependiente. Artículo Cuarto.- DEL PROCEDIMIENTO El comerciante minorista, al acudir a efectuarse el exa- men médico correspondiente, previamente a su atención,deberá mostrar su documento de identidad y carné de sa-nidad vigente al personal auxiliar del Policlínico. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Munici- pal y a la Gerencia de Gestión Ambiental la ejecución delos actos administrativos pertinentes a fin de materializarla puesta en marcha de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secre- taría General la difusión de la presente Ordenanza para sucumplimiento. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 06944