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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G34/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Gerencia Municipal mediante Informe Nº 108- 2004-GM-MSS solicita someter a la consideración del Con- cejo Municipal la petición de declarar en situación de ur-gencia la contratación del servicio de mantenimiento de lared semafórica distrital; Que, mediante Informe Nº 217-2004-SGMO-GMA-GCSL- MSS complementado con el Informe Nº 238-2004-SGMO- GMA-GCSL-MSS de fechas 23 y 26MAR.2004 respectiva- mente, la Subgerencia de Mantenimiento del Ornato solicitaque se contrate el servicio de mantenimiento de la Red Sema-fórica, debido a que en la primera convocatoria de la Adjudica-ción Directa Pública Nº 0002-2004-MSS “Servicio de Mante-nimiento Preventivo y Correctivo de la Red Semafórica Distri- tal”, se ha presentado un recurso de apelación, por una de las empresas postoras, controversia cuya resolución demandaráun lapso de tiempo no definido, por lo que considera necesarioasegurar la dotación del servicio por los meses de abril y mayo,por un importe ascendente a S/. 23,400.00; igualmente, obrael Informe Nº 108-2004-GMA-GCSL-MSS del 24MAR.2004, proveniente de la Gerencia de Medio Ambiente; Que, por mérito de los Informes Nºs. 653-2004-SGL- GA-GCAR-MSS y 656-2004-SGL-GA-GCAR-MSS, ambosde fecha 31MAR.2004, la Subgerencia de Logística refiereque es necesaria la declaración de urgencia por espaciode sesenta (60) días, hasta por un monto de S/. 23,400.00, debido a que se ha suscitado la presenta- ción de un recurso impugnatorio en el indicado proceso deselección, y mientras no sea resuelto será imposible quese celebre el correspondiente contrato; y ya que se tratade un servicio de índole esencial, el de mantenimiento dela red semafórica distrital, debido a las consecuencias que se podrían presentar en el caso de su privación, urge que sea declarada la situación de urgencia que se solicita; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, mediante Memorándums Nºs. 182-2004-OPP-MSS y 187-2004-OPP-MSS ambos de fecha 31MAR.2004, indica que el servicio demantenimiento de la red semafórica posee una cobertura de disponibilidad presupuestal por la cantidad de S/. 23,400.00 por los meses de abril y mayo, con cargo a la Fuente de Finan-ciamiento 09: Recursos Directamente Recaudados; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 535-2004-OAJ-MSS de fecha 31MAR.2004 señala que esprocedente la declaración en situación de urgencia de la con- tratación del servicio de mantenimiento de la red semafórica del distrito, mientras se culmina el proceso de selección encurso; y que la declaración en situación de urgencia, consti-tuye una forma mediante la cual el Concejo Municipal Distri-tal, en aplicación de la competencia señalada en los artículos19º inciso c) y 20º inciso c) de la Ley, exonera a la entidad de realizar tal convocatoria del proceso de selección que corres- ponda con arreglo a dicho marco normativo, al existir una si-tuación fáctica que se enmarca dentro de los supuestos se-ñalados en el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, el pedido se encuentra subsumido dentro de los supuestos fácticos a que se refieren las disposiciones nor-mativas que permiten al Concejo Municipal optar por la declaración de una concreta situación de urgencia, confor-me lo prevé el artículo 21º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, así comoel artículo 19º literal c) del mismo cuerpo normativo, por loque corresponde que se someta a deliberación y aproba-ción del pleno del Concejo Municipal; y en tal sentido, con-forme a lo dispuesto en el artículo 20º literal c) de la Ley enmención, concordante con el artículo 108º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la situación de urgencia faculta a la entidad a exone-rar del proceso de selección, y proceder a la contrataciónque se requiere como medida temporal, hasta que se rea-lice y culmine satisfactoriamente el proceso de seleccióncorrespondiente, dentro de un plazo razonable, que la ad-ministración estima sea de sesenta (60) días calendario; Contando con los Dictámenes favorables Nºs. 023-2004- CGM-MSS y 31-2004-CAJ-MSS de las Comisiones de Ges-tión Municipal y de Asuntos Jurídicos respectivamente; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9º nume- rales 8) y 35), 39º primer párrafo y 41º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972; con dispensa del trámite de lectu-ra y aprobación del acta; por Unanimidad aprobó el siguiente: ACUERDO: 1. Aprobar la declaración en situación de urgencia de la con- tratación del servicio de mantenimiento de la red semafórica, hastapor la suma de S/. 23,400.00 (Veintitrés mil cuatrocientos y 00/100 nuevos soles), quedando exonerada la Municipalidad deconvocar el proceso de selección correspondiente, dentro delplazo no mayor a sesenta (60) días calendario, sin perjuicio deculminarse la Adjudicación Directa Pública Nº 0002-2004-MSS. 2. La contratación mencionada se realizará con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos DirectamenteRecaudados, quedando encomendada la Gerencia de Ad-ministración de realizar la operación que corresponda. 3. Disponer que a través de la Secretaría General se remita copia del respectivo Acuerdo a la Contraloría Gene-ral de la República. 4. Encargar a la Secretaría General la publicación del pre- sente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 20º del Texto Úni-co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 07041 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G65/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ACUERDO DE CONCEJO Nº 015-2004/MVES Villa el Salvador, 22 de marzo de 2004 Visto: En Sesión de Concejo de la fecha, la Moción pre- sentada por la Srta. Regidora Jessica Karina Oviedo Alcázar. CONSIDERANDO: Que, el Art. 12º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los Regidores desempeñan sucargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijados porAcuerdo de Concejo; asimismo el monto de las dietas esfijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangiblecapacidad económica del Gobierno Local; Que, si bien, la percepción de la dieta, está sujeta a la asis- tencia efectiva a las Sesiones de Concejo, la labor de los Regi-dores, no se limita a las mismas, sino comprende el trabajo querealizan en las Comisiones y Responsabilidades Políticas, quedesigna el Concejo, en las, que cumplen funciones normativasy fiscalizadoras; asimismo, es una facultad del Concejo Munici-pal, aprobar por única vez las dietas de los señores Regidores,por todo el período de la Gestión Municipal; Que, habiéndose iniciado la actual Gestión Municipal en el mes de enero del año 2003, los Regidores, no hicieron uso desu derecho a incrementar sus dietas, conforme a lo previstoen la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Artículo 21º,modificado por Ley Nº 26317, que los facultaba a incrementar-se hasta el 31 de marzo, de cada año, por lo que se entiende,que puede efectuarse hasta el primer trimestre del año 2004,por ser el primer año, computarizándose dicho plazo, a partirdel 27.5.2003 y fecha en la cual, entra en vigencia la Ley Or-gánica de Municipalidades Nº 27972; Estando a lo debatido, de conformidad con las atribu- ciones conferidas por el Art. 12º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, contando con el Voto Mayori-tario del Concejo Municipal, se expide el siguiente; ACUERDO: Artículo Primero.- Fijar en un 30% adicional, al monto fijado en el Acuerdo de Concejo Nº 002-2000/MVES, defecha 4.1.2000, las dietas de los señores Regidores de laMunicipalidad de Villa El Salvador. Artículo Segundo.- El presente incremento de dieta, regirá hasta diciembre del año 2006. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME A. ZEA USCA Alcalde 07031