Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2004 (10/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 10 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Fijan Tasa de Interes Moratorio aplicable a deudas tributarias administradas y/o recaudadas por la municipalidad
ORDENANZA Nº 183-MSS MORDAZA de MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2004 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 33º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, el monto del tributo no pagado dentro de los plazos indicados en el articulo 29º de la misma MORDAZA, devengara un interes equivalente a la Tasa de Interes Moratorio (TIM), la cual no podra exceder del 10% (diez por ciento) por encima de la Tasa Activa del MORDAZA Promedio Mensual en Moneda Nacional (TAMN) que publique la Superintendencia de Banca y Seguros el ultimo dia habil del mes anterior; Que, el articulo 14º del Decreto Legislativo Nº 953 publicado el 5FEB.2004, que modifica articulos del Codigo Tributario, establece que en caso de los tributos administrados por los Gobiernos Locales, la TIM sera fijada por Ordenanza Municipal, la misma que no podra ser mayor a la que establece la Superintendencia de Administracion Tributaria - SUNAT; Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 0322003/SUNAT del 6FEB.2003, la Superintendencia de Administracion Tributaria -SUNAT- establecio en uno y cinco decimas por ciento (1.5%) mensual la Tasa de Interes Moratorio (TIM), aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondientes a tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT, la misma que se encuentra vigente a la fecha; Estando a los informes Nºs. 077-2004-GAT-GCAR-MSS y 289-2004-OAJ-MSS emitidos por la Gerencia de Administracion Tributaria y por la Oficina de Asesoria Juridica respectivamente; contando con los Dictamenes favorables Nºs. 019-2004CGM-MSS y 024-2004-CAJ-MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos, respectivamente; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por Mayoria, aprobo la siguiente: ORDENANZA FIJAN TASA DE INTERES MORATORIO APLICABLE A LAS DEUDAS TRIBUTARIAS ADMINISTRADAS Y/O RECAUDADAS POR LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA Articulo 1º.- Fijese en uno y cinco decimas por ciento (1.5%) mensual la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a la deuda tributaria, correspondiente a los tributos administrados y/o recaudados por la Municipalidad de MORDAZA de Surco. Articulo 2º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 07038

EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA

El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 107-2004-GM-MSS de fecha 31MAR2004, la Gerencia Municipal remite para someter a consideracion del Concejo Municipal la solicitud de declaracion en situacion de urgencia, de la contratacion del servicio de impresion y embolsado de la revista "Somos Surco"; Que, con Memorandum Nº 211-2004-OII-MSS de fecha 25MAR2004, el Jefe de la Oficina de Imagen Institucional solicita que se declare en situacion de urgencia la contratacion de los servicios de impresion de la revista "Somos Surco", debido a que se ha declarado desierto el Concurso Publico Nº 0008-2004-MSS, teniendose prevista la MORDAZA convocatoria del indicado MORDAZA de seleccion para la primera quincena del mes de MORDAZA del ano en curso, lo que exige que desde ese momento se cumpla el calendario del senalado concurso, a lo que se anade la necesidad que la revista sea impresa y distribuida habida cuenta que es el principal medio de comunicacion con los vecinos, ya que la Municipalidad mantiene celebrados diversos compromisos con empresas comerciales que promocionan ofertas y campanas a los vecinos surcanos preferentes, justamente a traves de este medio alternativo de comunicacion y difusion local, por lo que demanda que se declare la situacion de urgencia por espacio de sesenta (60) dias y hasta por un importe a contratar ascendente a S/.109,386.00; Que, mediante Informes Nºs. 638-2004-SGL-GA-GCARMSS y 647-2004-SGL-GA-MSS de fechas 29 y 30MAR2004 respectivamente, la Subgerencia de Logistica ha senalado que es necesaria la declaracion de urgencia por espacio de sesenta (60) dias calendario, hasta por la suma de S/. 109,386.00, por cuanto se ha declarado desierto el Concurso Publico Nº 0008-2004-MSS "Contratacion del servicio de impresion y embolsado de la revista Somos Surco", en su primera convocatoria, debiendose realizar la MORDAZA convocatoria durante la MORDAZA semana del mes de MORDAZA del 2004; Que, a traves de los Memorandums Nºs. 180 y 1872004-OPP-MSS de fechas 29 y 31MAR2004, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha comunicado que la contratacion del servicio de impresion y embolsado de la revista "Somos Surco" cuenta con la correspondiente disponibilidad presupuestaria, por lo que cubre el plazo de sesenta (60) dias y el importe de S/. 109,386.00, desembolso que puede realizarse con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante su Informe Nº 536-2004-OAJ-MSS del 31MAR2004, ha expresado que considera procedente la declaracion en situacion de urgencia que se solicita para el servicio de impresion y edicion de la revista "Somos Surco"; y que la declaracion en situacion de urgencia, constituye una forma mediante la cual el Concejo Municipal Distrital, en aplicacion de la competencia senalada en los articulos 19º inciso c) y 20º inciso c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, exonera a la entidad de convocar al MORDAZA de seleccion que corresponda con arreglo a dicho MORDAZA normativo, al existir una situacion que se enmarca dentro de los supuestos senalados en el articulo 21º del acotado; y que una vez aprobada esta declaracion mediante el Acuerdo de Concejo correspondiente, debera procederse al cumplimiento de las disposiciones establecidas en los articulos 105º, 108º numeral 2), 114º, 155º y 116º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el pedido se encuentra subsumido dentro de los supuestos facticos a que se refieren las disposiciones normativas que permiten al Concejo Municipal optar por la declaracion de una concreta situacion de urgencia, conforme lo preve el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, asi como el articulo 19º literal c) del mismo cuerpo normativo, por lo que corresponde se someta a deliberacion y aprobacion del pleno del Concejo Municipal; y en tal sentido, segun lo dispuesto por el articulo 20º literal c) de la Ley en mencion, concordante con el articulo 108º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la situacion de urgencia faculta a la entidad a exonerar del MORDAZA de seleccion y proceder a la contratacion que se

Declaran en situacion de situacion de urgencia el servicio de impresion y embolsado de la revista "Somos Surco"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 50-2004-ACSS MORDAZA de MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2004

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