Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2004 (18/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, MORDAZA 18 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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delegado acreditado puede ser reemplazado o representado por otro solamente de su organizacion civil y unicamente hasta dos dias MORDAZA de la fecha de la eleccion. Dicho acto es puesto en conocimiento de los demas delegados MORDAZA del inicio de la eleccion para las observaciones o impugnaciones que deseen realizar. En el caso de la representacion, el apoderado no puede ser candidato, gozando unicamente del derecho de votacion. CAPITULO III DEL MORDAZA ELECTORAL Articulo 25º.- Instalacion de la Asamblea de delegados - electores en 1er nivel. El acto electoral se inicia con los delegados del segmento y actividad / rubro de la MORDAZA designada, quienes instalan la Asamblea de delegados (as) - electores. El delegado (a) de mayor edad presente en la sala a la hora de la convocatoria procedera a pasar lista a los asistentes. De no estar presentes la mitad mas uno de los delegados (as) - electores se MORDAZA un MORDAZA intermedio de 30 minutos, pasado los cuales se volvera a pasar lista y se MORDAZA paso al MORDAZA de instalacion de la asamblea con los delegados (as) - electores asistentes. Asimismo, el aludido delegado (a) conducira la eleccion del Comite Electoral. El Comite Electoral, estara conformada por un presidente, un secretario y un vocal. Mientras se realiza la eleccion del Comite Electoral de la Asamblea de delegados (as) - electores no podran incorporarse nuevos delegados electores a la Asamblea. El MORDAZA de instalacion de la asamblea concluye con la designacion del Comite Electoral, quien pasa a asumir la conduccion de esta. Articulo 26º.- Definicion de condiciones para la delegacion del mandato. El Comite Electoral procede en primer lugar a verificar la relacion de delegados(as) -electores presentes pudiendo incorporarse en este momento a la Asamblea los delegados(as)-electores que no lo hubiesen hecho con anterioridad hasta ese momento. Articulo 27º.- Nominacion de candidatura. Cada delegado (a) elector (a) solo puede nominar a una persona, pero una misma persona puede ser nominada por mas de un delegado (a) elector(a). Las Nominaciones solo se pueden presentar por escrito y deben ir acompanadas de carta expresa en la que conste la aceptacion de la persona para ser nominado (a) como candidato (a). La ausencia de la carta de aceptacion invalida la nominacion. Los nombres de las personas nominadas son registrados(as) en el orden en que han sido presentados, en lugar visible para todos los delegados(as) -electores e indicando el nombre de la organizacion u organizaciones a la(s) que pertenece(n) el (los) delegados(as) -electores que respaldan su nominacion. Articulo 28º.- Compromisos a asumirse por los candidatos. El Comite Electoral MORDAZA lectura los Articulos 102º, 103º, 104º y 105º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, e invitara a los candidatos nominados para que manifiesten de manera expresa su respaldo y compromiso con los acuerdos tomados en las reuniones de trabajo de su respectivo segmento o en el Consejo de Coordinacion Local Distrital, a los cuales se deben y comprometen. Los que constaran en una acta expresa, la misma que sera suscrita por todos los participantes. Articulo 29º.- Eleccion de los Representantes por zonas de un mismo Segmento. El Comite Electoral procedera a llamar uno a uno a los delegados electores para emitir su voto. El candidato que obtenga mayoria simple de los votos emitidos sera proclamado (a) ganador (a). De no haber ganador se procedera a una MORDAZA vuelta entre las dos que hayan empatado. De persistir el empate se sorteara entre ellos (as). Articulo 30º.- Comunicacion de resultados de 1er. nivel al Gobierno Local. El Comite Electoral informara en un MORDAZA de 2 dias mediante oficio dirigido al MORDAZA, el resultado de las elec-

ciones de su MORDAZA indicando MORDAZA, actividad o rubro a la que se dedica. Articulo 31º.- Eleccion de representante de 2do. nivel. Se realizara dentro de los 15 dias posteriores a las realizadas en 1er. nivel, en lugar, fecha y hora designada por la Gerencia de Participacion vecinal. Articulo 32º.- Del Comite Electoral de 2do. nivel. La Gerencia de Participacion Vecinal, llevara a cabo un sorteo publico al 3er. dia de llevado las elecciones de 1er nivel entre los diferentes Presidentes de Comites Electorales de un mismo segmento. Estara conformado por un presidente, un secretario y un vocal. Articulo 33º.- Comunicacion de resultado de 2do nivel al Gobierno Local. El Comite Electoral informara en un MORDAZA de 2 dias mediante oficio dirigido al MORDAZA el resultado de la eleccion, quien resultara ganador sera el representante ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital y quien quede en MORDAZA lugar sera el accesitario de dicho segmento. Articulo 34º.- Tiempo de mandato. Los representantes de la sociedad civil elegidos, integran el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Ventanilla con un mandato de dos (2) anos. DISPOSICION TRANSITORIA Primera.- Por unica vez y tratandose de la primera eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, las organizaciones de la sociedad que no cuenten con su respectiva MORDAZA de inscripcion a que se refiere el inciso d) del Articulo 17º de la presente Ordenanza, podran participar en la eleccion de representantes de la sociedad civil ante el CCLD para el periodo 2004 - 2006, siempre y cuando acrediten registro tres (3) anos de antiguedad en alguna institucion publica. Segunda.- Tratandose de la primera eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, las organizaciones juveniles comprendidas en el segmento 5 realizaran elecciones centralizadas y directas. DISPOSICION FINAL Unica.- La Municipalidad Distrital de Ventanilla mediante Resolucion reconocera a los representantes de la Sociedad Civil al Consejo de Coordinacion Local Distrital de Ventanilla y otorgara la credencial respectiva. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALAVA MORDAZA 07464

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de insumos para el Programa de Asistencia Alimentaria de la municipalidad
ACUERDO Nº 034-2004-MPC Canete, 12 de MORDAZA de 2004 Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 17-2004-GDSPV-MPC de fecha 6 de MORDAZA del 2004, de la Gerente de Desarrollo Social y Participacion Vecinal de la Municipalidad Provincial de Canete, solicitando la declaratoria de Urgencia de Compra de los Insumos del Programa de Asistencia Alimentaria;

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