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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G38/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 18 de abril de 2004 delegado acreditado puede ser reemplazado o representa- do por otro solamente de su organización civil y únicamen-te hasta dos días antes de la fecha de la elección. Dichoacto es puesto en conocimiento de los demás delegadosantes del inicio de la elección para las observaciones oimpugnaciones que deseen realizar. En el caso de la re- presentación, el apoderado no puede ser candidato, go- zando únicamente del derecho de votación. CAPÍTULO III DEL PROCESO ELECTORAL Artículo 25º.- Instalación de la Asamblea de delega- dos - electores en 1er nivel. El acto electoral se inicia con los delegados del seg- mento y actividad / rubro de la zona designada, quienesinstalan la Asamblea de delegados (as) - electores. El de-legado (a) de mayor edad presente en la sala a la hora de la convocatoria procederá a pasar lista a los asistentes. De no estar presentes la mitad más uno de los delegados(as) - electores se dará un cuarto intermedio de 30 minu-tos, pasado los cuales se volverá a pasar lista y se darápaso al proceso de instalación de la asamblea con los de-legados (as) - electores asistentes. Asimismo, el aludido delegado (a) conducirá la elección del Comité Electoral. El Comité Electoral, estará conformada por un presi- dente, un secretario y un vocal. Mientras se realiza la elección del Comité Electoral de la Asamblea de delegados (as) - electores no podrán incorporar-se nuevos delegados electores a la Asamblea. El proceso de instalación de la asamblea concluye con la designación del Comité Electoral, quien pasa a asumir la conducción de ésta. Artículo 26º.- Definición de condiciones para la de- legación del mandato. El Comité Electoral procede en primer lugar a verificar la relación de delegados(as) -electores presentes pudien- do incorporarse en este momento a la Asamblea losdelegados(as)-electores que no lo hubiesen hecho conanterioridad hasta ese momento. Artículo 27º.- Nominación de candidatura. Cada delegado (a) elector (a) sólo puede nominar a una persona, pero una misma persona puede ser nominada pormás de un delegado (a) elector(a). Las Nominaciones sólo se pueden presentar por escri- to y deben ir acompañadas de carta expresa en la que cons-te la aceptación de la persona para ser nominado (a) como candidato (a). La ausencia de la carta de aceptación inva- lida la nominación. Los nombres de las personas nominadas son registrados(as) en el orden en que han sido presentados,en lugar visible para todos los delegados(as) -electores eindicando el nombre de la organización u organizaciones a la(s) que pertenece(n) el (los) delegados(as) -electores que respaldan su nominación. Artículo 28º.- Compromisos a asumirse por los can- didatos. El Comité Electoral dará lectura los Artículos 102º, 103º, 104º y 105º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Munici- palidades, e invitará a los candidatos nominados para quemanifiesten de manera expresa su respaldo y compromisocon los acuerdos tomados en las reuniones de trabajo desu respectivo segmento o en el Consejo de CoordinaciónLocal Distrital, a los cuales se deben y comprometen. Los que constarán en una acta expresa, la misma que será suscrita por todos los participantes. Artículo 29º.- Elección de los Representantes por zonas de un mismo Segmento. El Comité Electoral procederá a llamar uno a uno a los delegados electores para emitir su voto. El candidato que obtenga mayoría simple de los votos emitidos será procla-mado (a) ganador (a). De no haber ganador se procederáa una segunda vuelta entre las dos que hayan empatado. De persistir el empate se sorteará entre ellos (as). Artículo 30º.- Comunicación de resultados de 1er. nivel al Gobierno Local. El Comité Electoral informará en un máximo de 2 días mediante oficio dirigido al Alcalde, el resultado de las elec-ciones de su zona indicando tipo, actividad o rubro a la que se dedica. Artículo 31º.- Elección de representante de 2do. ni- vel. Se realizará dentro de los 15 días posteriores a las rea- lizadas en 1er. nivel, en lugar, fecha y hora designada por la Gerencia de Participación vecinal. Artículo 32º.- Del Comité Electoral de 2do. nivel. La Gerencia de Participación Vecinal, llevará a cabo un sorteo público al 3er. día de llevado las elecciones de 1er nivel entre los diferentes Presidentes de Comités Electora- les de un mismo segmento. Estará conformado por un presidente, un secretario y un vocal. Artículo 33º.- Comunicación de resultado de 2do nivel al Gobierno Local. El Comité Electoral informará en un máximo de 2 días mediante oficio dirigido al Alcalde el resultado de la elec-ción, quien resultara ganador será el representante ante elConsejo de Coordinación Local Distrital y quien quede ensegundo lugar será el accesitario de dicho segmento. Artículo 34º.- Tiempo de mandato. Los representantes de la sociedad civil elegidos, inte- gran el Consejo de Coordinación Local Distrital de Ventani-lla con un mandato de dos (2) años. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Primera.- Por única vez y tratándose de la primera elec- ción de los representantes de la sociedad civil ante el Con- sejo de Coordinación Local Distrital, las organizaciones dela sociedad que no cuenten con su respectiva constanciade inscripción a que se refiere el inciso d) del Artículo 17ºde la presente Ordenanza, podrán participar en la elecciónde representantes de la sociedad civil ante el CCLD para el período 2004 - 2006, siempre y cuando acrediten regis- tro tres (3) años de antigüedad en alguna institución publi-ca. Segunda.- Tratándose de la primera elección de los re- presentantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coor-dinación Local Distrital, las organizaciones juveniles com- prendidas en el segmento 5 realizarán elecciones centrali- zadas y directas. DISPOSICIÓN FINAL Única.- La Municipalidad Distrital de Ventanilla median- te Resolución reconocerá a los representantes de la So-ciedad Civil al Consejo de Coordinación Local Distrital deVentanilla y otorgará la credencial respectiva. JUAN JOSÉ LÓPEZ ALAVA Alcalde 07464 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G2D/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G41/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ACUERDO Nº 034-2004-MPC Cañete, 12 de abril de 2004 Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 17-2004-GDSPV-MPC de fecha 6 de abril del2004, de la Gerente de Desarrollo Social y ParticipaciónVecinal de la Municipalidad Provincial de Cañete, solicitan-do la declaratoria de Urgencia de Compra de los Insumosdel Programa de Asistencia Alimentaria;