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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G38/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 18 de abril de 2004 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G70/G61/G67/G6F/G73/G20/G72/G65/G2D /G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G61/G20/G41/G72/G62/G69/G2D/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2004/MDLCH LUIS FERNANDO BUENO QUINO, ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DELURIGANCHO - CHOSICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 049-04/GDESP/MDL- CH de fecha 26.2.04 se establecieron los plazos de vencimiento por el pago del Impuesto Predial y los Ar- bitrios Municipales en el distrito de Lurigancho - Chosi-ca para el período 2004, fijándose como fecha límitepara el pago al contado y la primera cuota del pagofraccionado del impuesto predial, así como para la pri-mera cuota trimestral del pago de los arbitrios munici- pales el día 31 de marzo del 2004; Que, de acuerdo a la Primera Disposición Final y Tran- sitoria de la Ordenanza Nº 049-CDL-CH el Concejo facultóal señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldíadicte las disposiciones reglamentarias, complementariasy/o ampliatorias que sean necesarias para la ejecución de la referida Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 035-04/GR-MDLCH de fe- cha 1 de abril del 2004 la Gerencia de Rentas informaque teniendo en cuenta que durante el mes de marzolos autoavalúos emitidos por esta Comuna aún esta-ban en proceso de distribución a los domicilios fiscales consignados por los contribuyentes, lo cual no hizo posible notificar antes de la fecha de vencimiento de laprimera cuota del impuesto predial y de los arbitrios atodos los contribuyentes del distrito; por lo cual reco-mienda que mediante Decreto de Alcaldía se amplíehasta el 30 de abril del presente año el plazo de venci- miento del pago al contado y de la primera cuota del impuesto predial, así como de la primera cuota trimes-tral de los arbitrios municipales del presente ejerciciofiscal, evitando así que se genere un interés a aquelloscontribuyentes que dentro del plazo a modificar no rea-lizaron sus pagos correspondientes; Que, estando a lo expuesto por el Art. 29º del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, el Art. II del Título Preliminar y elArt. 69º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y, En uso de las facultades otorgadas por la Primera Dis- posición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 049-CDL-CH, así como por el Art. 20º, Inc. 6, concordante con el Art. 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Primero.- Ampliar hasta el 30 de abril del 2004 el plazo de vencimiento del pago al contado y de la primera cuotadel pago fraccionado del impuesto predial, así como de laprimera cuota trimestral del pago de los arbitrios municipa-les del distrito de Lurigancho - Chosica, fijados para el ejer-cicio fiscal 2004. Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Rentas velar por el cumplimiento del presente. Tercero.- Encárguese a la Subgerencia de Prensa y Relaciones Públicas velar por la difusión del presente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. Expedido a los siete días del mes de abril del dos mil cuatro. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 07462MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G70/G61/G67/G6F/G73/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G61/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2004-AL/MDSMP San Martín de Porres, 15 de abril de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES; CONSIDERANDO: Que, mediante los artículos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 093-MDSP, del 30.3.2004, se aprobó la prórroga del plazopara el pago al contado del Impuesto Predial y/o de la pri-mera cuota fraccionada año 2004, y el beneficio dispuestoen el Art. 2º inciso a), de la Ordenanza Nº 082-MDSMP, el Descuento de 20% del monto insoluto por el pago anual de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Pú-blicos 2004, cuyo vencimiento es el 15 del presente mes; Que, es política de la actual gestión otorgar facilidades a los contribuyentes a fin de que puedan cumplir con lasobligaciones formales y sustanciales, a fin de reducir la alta morosidad existente ante la administración tributaria municipal, siendo conveniente establecer un nuevo plazodel vencimiento del pago del Impuesto Predial y ArbitriosMunicipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines 2004;y, Que, el artículo 3º de la Ordenanza Nº 093-MDSMP, autoriza al Alcalde a dictar medidas complementarias, ne- cesarias para el cumplimiento de la citada Ordenanza; Estando a lo informado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 524-2004-GAJ/MDSMP, y enuso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artí-culo 20º y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Muni- cipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 30 de abril del presente año el plazo del vencimiento para el pago al con- tado del Impuesto Predial y/o de la primera cuota fraccio- nada año 2004. Artículo Segundo.- Prorrogar hasta el 30 de abril del presente año el plazo del vencimiento del primer trimestrede Arbitrios 2004, y el beneficio dispuesto en el artículo 2ºinciso a), de la Ordenanza Nº 082-MDSMP, el Descuento de 20% del monto insoluto por el pago anual de los arbi- trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos2004. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerenciade Administración y Finanzas, la Unidad de Informática y la Unidad de Imagen Institucional el cumplimiento y difu- sión del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 07425 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61 /G63/G75/G6F/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G65/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-04/MDS Surquillo, 30 de marzo de 2004