Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2004 (05/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, jueves 5 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- Base Legal.- La presente Ordenanza se MORDAZA y fudamenta en las siguientes normas legales: a) La Constitucion Politica del Peru. b) Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades. c) Ley Nº 27783 - de Bases de la Descentralizacion. d) Ley Nº 26300 de Participacion Ciudadana. e) Ley Nº 27293 - del Sistema Nacional de Inversion Publica. Articulo Cuarto.- Finalidad.- La MEDECON PRO AGUA tiene las siguientes finalidades: a) Efectuar un diagnostico de las necesidades insatisfechas en cuanto al servicio de agua y desague. b) Promover la participacion de las Instituciones Publicas y Privadas cooperantes en el tema del agua. c) Promover y fomentar un fondo economico que se destine a efectuar estudios de proyectos de agua y desague. d) Estimular el desarrollo de las capacidades humanas y del capital social en la solucion al problema del agua. e) Afirmar la conciencia civica de desarrollo humano integral, en base a procesos de dialogo y coordinacion interinstitucional e intersectorial. f) Mejorar la calidad de MORDAZA de los vecinos de nuestro distrito en los sectores que no cuentan con este servicio. g) Efectuar una coordinacion multisectorial entre el Gobierno Local y los sectores publicos nacionales e internacionales en funcion de la satisfaccion de las necesidades de agua y desague, la articulacion y complementariedad de esfuerzos para solucionar este grave problema en nuestro distrito. Articulo Quinto.- Conformacion.- El Consejo Directivo de la Mesa de Concertacion PRO AGUA es la instancia MORDAZA de decision y de ejecucion. Esta integrado por: a) El MORDAZA en representacion del Gobierno Local, quien lo preside. b) Representantes de las Organizaciones Vecinales (Asentamientos Humanos que no cuentan con agua potable y desague) de las 7 zonas del distrito, elegidos democraticamente por sus bases. c) Instituciones Cooperantes Nacional e Internacional. d) Representante de SEDAPAL. e) Representante del MEF. f) Representante de las Universidades (Facultad de Ingenieria). g) Representante de la sociedad que aporte a la solucion del problema del Agua y Desague. Articulo Sexto.- Territorialidad.- La Mesa de Concertacion PRO AGUA tiene alcance distrital, pero para un mejor cumplimiento de sus funciones puede descentralizarse creando las siguientes Mesas Zonales: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1 - MORDAZA MORDAZA Mariategui. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2 - Cercado. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3 - MORDAZA Pachacutec. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4 - Nueva Esperanza. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA 5 - Tablada de Lurin. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6 - MORDAZA Galvez. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7 - MORDAZA Milenio. Articulo Setimo.- Sesiones.- La MEDECON PRO AGUA sesionara en forma ordinaria cada treinta dias y en sesiones extraordinarias cuando las circunstancias lo ameriten. Y seran convocadas por el Alcalde. Articulo Octavo.- Secretario Tecnico.- Un funcionario de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, designado por el MORDAZA, sera el secretario tecnico de la MEDECON PRO AGUA, quien se encargara de la coordinacion directa entre la presidencia y sus integrantes Articulo Noveno.- Del Reglamento.- La Mesa de Concertacion PRO AGUA, contara con un Reglamento Interno que sera propuesto por el MORDAZA, y que debera ser aprobado por el Consejo Directivo en pleno.

Cada taller o modulo zonal concluira designando o eligiendo al Representante de la MORDAZA que conformara la MEDECON PRO AGUA distrital.

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- ENCARGAR al senor MORDAZA emita los Decretos de Alcaldia necesarios para mejor implementacion de la presente Disposicion. Segunda.- Deroguese las normas municipales que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA 14207

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Autorizan adquisicion de combustible para las unidades vehiculares de la municipalidad mediante adjudicacion directa de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 053-2004-CDB
Bellavista, 30 de junio del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: En la Estacion de Orden del Dia de la Sesion Ordinaria celebrada en la fecha, el Informe Nº 198-04-MUDIBE-OAF/ UA de la Unidad de Abastecimiento; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 045-2004-CDB del 31 de MORDAZA del 2004 se declaro en situacion de urgencia el suministro de combustible para las unidades vehiculares de la Municipalidad Distrital de Bellavista. En consecuencia, se autorizo la adquisicion de insumos bajo la modalidad de adjudicacion directa de menor cuantia durante el mes de junio; Que, mediante Informe Nº 198-04-MUDIBE-OAF/UA la Jefa de la Unidad de Abastecimiento solicita se amplie la declaratoria de urgencia de combustible para el mes de MORDAZA del ano 2004, toda vez que la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-MDB-CE ha sido declarada desierta por MORDAZA vez consecutiva, encontrandose en pleno tramite un MORDAZA MORDAZA, esta vez de Adjudicacion Directa Selectiva, que segun cronograma debe concluir el 26 de MORDAZA del 2004; Que, el inciso "c" del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa las adquisiciones que se realicen en Situacion de Urgencia declarada de conformidad con la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el articulo 108º de la MORDAZA MORDAZA acotada, determina que la Situacion de Urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, asimismo, el articulo 21º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que por Situacion de Urgencia se considera aquella en la que la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinados bienes o servicios comprometa en forma directa la prestacion de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando

DISPOSICION TRANSITORIA
Primera.- Se desarrollaran siete (7) Modulos Zonales con la participacion de los asentamientos humanos que no cuenten con el liquido elemento, a fin de ser informados sobre las tareas de la MEDECON PRO AGUA y las acciones a tomar en el MORDAZA de la solucion al problema.

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