Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2004 (05/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, jueves 5 de agosto de 2004
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Articulo 7º.- Deroguese todo dispositivo, emitido por la Municipalidad, que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14170

Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, consagra la autonomia politica, economica y administrativa de las Municipalidades Provinciales y Distritales en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomia reconocida en la Carta Magna, el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas Municipales son las normas de caracter general y de mayor jerarquia por las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, la presente Ordenanza reconoce la necesidad de establecer un regimen temporal de proteccion a determinadas zonas residenciales del distrito, que no perjudique al vecino y/o inversionista, en tanto se aprueba el MORDAZA Plan MORDAZA, que genere un MORDAZA Indice de Usos y Giros en el distrito; De conformidad con la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de aprobacion de Actas, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE SUSPENDE LA EMISION DE MORDAZA DE ZONIFICACION, CERTIFICADO DE COMPATIBILIDAD DE USOS, MORDAZA DE DEFENSA CIVIL Y LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO EN DETERMINADAS AVENIDAS DEL DISTRITO Articulo 1º.- Suspendase la tramitacion y expedicion de constancias de zonificacion, certificado de compatibilidad de usos, MORDAZA de defensa civil, asi como de licencias de funcionamiento en las siguientes avenidas del distrito: 1. Av. San MORDAZA Norte. 2. Av. San MORDAZA Sur. 3. Av. Del MORDAZA Norte. 4. Av. Del MORDAZA Sur. 5. Av. MORDAZA (Chacarilla del Estanque). 6. Av. Boulevard de Surco. 7. Av. Las Artes Norte (cuadras 10, 11, 12, 13, 14, 15). 8. Av. Las Artes Sur (cuadras 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08). 9. Av. Buenavista. 10. La Floresta. 11. Av. Esmeralda. 12. Av. Velasco Astete. 13. Av. MORDAZA MORDAZA (03, 04, 05, 06). 14. Av. Del Pinar. 15. Comandante MORDAZA Bielovucic Cavalier. Articulo 2º.- La presente Ordenanza tendra un plazo de vigencia de 120 dias (ciento veinte dias) calendario, contados a partir de su entrada en vigencia; plazo en el cual debera aprobarse el Pan MORDAZA, que generara un MORDAZA indice de usos y giros en el distrito. Articulo 3º.- Se exceptuan de los alcances de la presente Ordenanza los establecimientos destinados a oficinas administrativas y conexos (servicios profesionales, telecomercios), asi como aquellas actividades comerciales a desarrollarse en establecimientos que cuenten con Licencia de Construccion, Declaratoria de Fabrica y/o Finalizacion de Obra que acrediten el caracter comercial del inmueble, debiendo sujetarse su tratamiento de conformidad con el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas (actualizado por R. Nº 182-95-MML-AMSMDU) y el Reglamento Nacional de Zonificacion General de MORDAZA Metropolitana. Articulo 4º.- Las solicitudes en tramite deberan culminar los procedimientos establecidos, aplicandose las disposiciones del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 296-MSB. Articulo 5º.- La Gerencia de Comercializacion y la Gerencia de Participacion Vecinal quedan encargadas del cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Conforman Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para calificar y pronunciarse sobre la procedencia de iniciar procesos a ex MORDAZA y ex regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 032-2004-MDSA
MORDAZA MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2004 VISTO: El Informe Nº 150-2004-GG/MDSA, emitido por la Gerencia General, asi como el Informe Nº 358-2004GAJ-GG/MDSA de la Gerencia de Asesoria Juridica, mediante los cuales se solicito la conformacion de una Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios que califique y se pronuncie sobre la procedencia de abrir MORDAZA administrativo disciplinario contra el ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz y ex Regidores de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades a fin de ejercer las facultades de realizar actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, la Contraloria General de la Republica, mediante Oficio Nº 1664-2003-CG/DC, de fecha 24 de setiembre de 2003, remite el Informe Nº 253-2003-CG/LOG, mediante el cual hace de conocimiento del examen especial realizado en la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, periodo enero 1999 - diciembre 2001, estableciendo en la recomendacion Nº 2) que "la Comision Especial y/o Permanente de Procedimientos Administrativos, MORDAZA conocimiento de los hechos mencionados en las observaciones Nº 01 al 36, para los fines a los que se contrae el Articulo 166º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM del 15 de enero de 1990"; Que, el Articulo 165º del Dispositivo Legal mencionado en el parrafo anterior, establece que la Comision Especial estara integrada por tres (3) miembros acordes con la jerarquia del procesado y tendra las mismas facultades y observara similar procedimiento que la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, por lo que dicha Comision Especial debe estar integrada por tres (3) Regidores, por estar acordes con la jerarquia de los procesados; Que, para dar cumplimiento al referido informe emitido por el organo superior de control, es necesario conformar la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para calificar y pronunciarse sobre la procedencia de abrir procesos administrativos disciplinarios al ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz y ex Regidores; Que, por las consideraciones expuestas y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Articulos 9º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el MORDAZA mayoritario de los senores Regidores y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Conformar la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para calificar y pronunciarse sobre la procedencia de abrir Procesos Administrativos Disciplinarios contra el ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y ex Regidores senalados en las obser-

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