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PÆg. 273910 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de agosto de 2004 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Precisan funciones generales y especia- les otorgadas al Procurador PœblicoMunicipal ACUERDO DE CONCEJO Nº 29-2004-MPL Pueblo Libre, 26 de julio de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBREVisto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 041-2004-MPL/CPL-CPDE, de la ComisiónPermanente de Desarrollo Económico y el Informe Nº 040-2004-MPL-GM de la Gerencia Municipal, con relación alas facultades del Procurador Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 27-2004-MPL de fecha 24 de junio del 2004, se acordó: Autorizar al Pro-curador Público Municipal de la Municipalidad Distrital dePueblo Libre, bajo responsabilidad, para que en uso de susfacultades y atribuciones en defensa de los intereses yderechos de la Municipalidad, proceda a contestar las ac-ciones interpuestas o que se interpusieran contra la Muni-cipalidad Distrital de Pueblo Libre o sus representantes,sin el requisito previo de aprobación por este Concejo, den-tro del plazo legal señalado por Ley, de conformidad con loseñalado en el numeral 23) del artículo 9º de la Ley Orgá-nica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Código Procesal Civil - Decreto Legislativo Nº 768,el artículo 29º de la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972 y el artículo 2º de la Ley de Representación yDefensa del Estado en Juicio - Decreto Ley Nº 17537, elProcurador Público Municipal ejerce la representación ju-dicial de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre; Que, no obstante, en algunas actuaciones, el Procura- dor Público ha sido requerido para que acredite su represen-tación, de acuerdo al principio de literalidad, respecto a losalcances de las facultades generales y especiales con las que contaría en las diversas actuaciones judiciales, con-forme a los artículos 74º y 75º del Código Procesal Civil -Decreto Legislativo Nº 768; En uso de las facultades conferidas en el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, elConcejo por votación UNÁNIME y con dispensa de lecturay aprobación de Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- Señalar que de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Código Procesal Ci-vil - Decreto Legislativo Nº 768, el artículo 29º de la LeyOrgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y el artícu-lo 2º de la Ley de Representación y Defensa del Estadoen Juicio - Decreto Ley Nº 17537, corresponde al Procu-rador Público Municipal, las funciones generales y es-peciales de representación a que se refieren los artícu-los 74º y 75º del Código Procesal Civil, que a continua-ción se transcriben: Art. 74º del C.P.C. - Facultades Generales.- La representación judicial confiere al representante, lasatribuciones y potestades generales que correspondenal representado, salvo aquellas para las que la ley exigefacultades expresas. La representación se entiende otor-gada para todo el proceso, incluso para la ejecución dela sentencia y el cobro de costas y costos, legitimandoal representante para su intervención en el proceso yrealización de todos los actos del mismo, salvo aquellosque requieran la intervención personal y directa del re-presentado. Art. 75º del C.P.C. - Facultades Especiales.- Se requiere el otorgamiento de facultades especiales para rea-lizar todos los actos de disposición de derechos sustanti-vos y para demandar, reconvenir, contestar demandas yreconvenciones, desistirse del proceso y de la pretensión,allanarse a la pretensión, conciliar, transigir, someter a ar-bitraje las pretensiones controvertidas en el proceso, sus-tituir o delegar la representación procesal y para los de-más actos que exprese la ley. El otorgamiento de facultades especiales se rige por el principio de literalidad. No se presume la existencia de fa-cultades especiales no conferidas explícitamente. Artículo Segundo.- Integrar el presente al Acuerdo de Concejo Nº 27-2004-MPL de fecha 24 de junio de 2004.Nº DENOMINACIÓN DEL REQUISITOS DERECHO DE CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD QUE RESUELVE DE PROCEDIMIENTO PAGO DONDE SE INICIA QUE APRUEBA OR- U.I.T. EL TRÁMITE EL TRÁMITE DEN RECURSO AUTO- EVALUACIÓN ADMINISTRATIVO MÁ- (EN DÍAS) TICO POSITIVO NEGATIVO RECONSIDERACIÓN APELACIÓN 21 AUTORIZACIÓN MUNI- 1. SOLICITUD SIMPLE DIRIGIDA AL Pago inicial por 30 SUBGERENCIA GERENTE GERENTE DE GERENTE CIPAL PARA USO TEM- GERENTE CENTRAL DE GESTIÓN Derecho de Trá- DE TRÁMITE DE COMERCIA- CENTRAL DE PORAL DE LA VÍA PÚ- URBANA mite 4% DOCUMENTARIO COMERCIA- LIZACIÓN GESTIÓN BLICA CON FINES CO- 2. PAGO POR DERECHO DE TRAMI- Y ARCHIVO LIZACIÓN URBANA MERCIALES TA CIÓN Y POR LIQUIDACIÓN DE Pago por Liqui- (ORDENANZA AUTORIZACIÓN dación de auto- Nº124-03-MM) 3. ESCRITURA PÚBLICA DE OBLI- rización GACIÓN DE HACER (comprometiéndose al mantenimien- 1% por área efec- to de áreas verdes, desocupación de tiva a utilizarse vía pública al solo requerimiento de menos el pago la Municipalidad, mantenimiento en por inicio de trá- buen estado de conservación del mite (no podrámobiliario y el toldo autorizado, res- superar una Uni- peto y cuidado del ornato y limpieza dad Impositiva de la vía pública). Tributaria - 1 UIT)4. PROPUESTA ARQUITECTÓNICA (que debe incluir plano de planta y ele- vaciones acotadas a escala 1/50, ela-borado y firmado por Arquitecto cole- giado, fotomontaje a colores en forma- to A4, memoria descriptiva elaboraday firmada por Arquitecto colegiado). 5. CONTAR CON AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTOVIGENTE PARA LOS GIROS DE RESTAURANTE, CAFETERÍA, HE- LADERÍA, CONFITERÍA O SANDWI-CHERÍA. 14236