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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (05/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 43

PÆg. 273909 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de agosto de 2004 RESUELVE: Primero.- Instaurar Proceso Administrativo Disci- plinario a los ex funcionarios de esta Comuna Distrital: Ing. Jorge Gonzáles Valera, ex Director Municipal; Yuri Borja Garay, ex Director de Servicios a la Comunidad y Comercialización; Julio Donayre Velarde, ex Director de Administración; Moisés Alegría Valer, ex Jefe de la Uni- dad de Tesorería; Mario Grijalva Zevallos, ex Jefe de la División de Limpieza Pública y Relleno Sanitario; y Car- los Martínez Gallardo, ex Jefe de la Unidad de Personal; en virtud a los fundamentos expuestos en la parte con- siderativa de la presente. Segundo.- Encárguese a la Comisión Especial Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios proceder a lo resuelto mediante la presente. Tercero.- Tómese conocimiento de la Gerencia Muni- cipal y de la Subgerencia de Personal para los fines co- rrespondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 14204 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Incluyen procedimiento de autorización municipal para uso temporal de la víapœblica con fines comerciales en elTUPA de la municipalidad ORDENANZA Nº 164 Miraflores, 27 de julio de 2004 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fe- cha; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado, consagra el concepto de Autonomía Municipal, Ga- rantía Institucional sobre la base de la cual las Municipali- dades tienen autonomía política, económica y administra- tiva en los asuntos de su competencia; Que, a su turno, el artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, define en su numeral 9.1. a la autonomía política como aquella facultad de adop- tar y concordar las políticas, planes y normas en los asun- tos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, de- cidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, en armonía con la autonomía política de la que goza toda Municipalidad, en su calidad de Gobierno Local, el artículo constitucional citado en líneas precedentes, ha otorgado expresamente al Concejo Municipal, conforman- te de la estructura orgánica de cada gobierno local, la fun- ción normativa respecto de aquellos asuntos que son de su competencia; Que, en este mismo orden de ideas, el Concejo Mu- nicipal cumple su función normativa fundamentalmente a través de las Ordenanzas Municipales, las mismas que, de conformidad con lo previsto por el artículo 200º numeral 4) de la Constitución, en concordancia con el artículo 194º arriba glosado, ostentan rango normativo de ley, en su calidad de normas de carácter general de mayor jerarquía dentro de la estructura normativa mu- nicipal, calidad reconocida por el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades vigente a la fecha;Que, de acuerdo con lo expuesto, el numeral 8 del artí- culo 9º de la aludida Ley Nº 27972, indica que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Or- denanzas; Que, sobre esta base, con fecha 25 de junio de 2003, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 124, a través de la cual se aprueba el Reglamento de Uso Comercial de la Vía Pública, estableciéndose en el Título III de esta norma, el procedimiento administrativo para la autorización temporal de uso de vía pública como extensión del local comercial; Que, la segunda disposición transitoria y complemen- taria de la norma acotada en el párrafo anterior, establece la incorporación al Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos (TUPA) en ese entonces vigente del procedi- miento aludido, expresándose que debe estar sujeto a eva- luación previa con silencio administrativo negativo, al am- paro del artículo 34º numeral 1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. También se prevé en la tercera disposición transitoria y complementaria de dicha norma, la inclusión del mencionado procedimiento en el TUPA sustitutorio; Que, dicho TUPA sustitutorio es el aprobado mediante Ordenanza Nº 147, publicada en el Diario Oficial El Perua- no con fecha 7 de marzo de 2004; Que, luego de revisar minuciosamente dicho TUPA, se ha apreciado que, efectivamente, no se incluye el procedi- miento administrativo conducente a la autorización para uso comercial de la vía pública, dentro del acápite que corres- ponde a la Gerencia de Comercialización; Que, tal como lo establece el numeral 36.1. del artí- culo 36º de la Ley Nº 27444, anteriormente glosada, los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen, exclusivamente por (entre otros mecanismos normativos) Ordenanza Municipal, debiendo ser compen- diados y sistematizados en el TUPA aprobado para cada entidad; Que, siendo el TUPA aquella compilación de procedi- mientos que permite materializar los principios de cele- ridad, eficacia, simplicidad, uniformidad y predictibilidad, que consagra la aludida Ley Nº 27444 en su Título Preli- minar y que son piezas fundamentales para una gestión municipal eficaz y transparente, resulta imprescindible incluir en el TUPA aprobado a través de la Ordenanza Nº 147, el denominado procedimiento de “Autorización Municipal para uso temporal de la vía pública con fines comerciales”, a cargo de la Gerencia de Comercializa- ción de esta Comuna; Que, en consecuencia, y de acuerdo con lo que indica el Informe Nº 1700-2004-GC/MM, elaborado por dicha Ge- rencia, De conformidad con lo establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispen- sa del trámite de aprobación de acta, el Concejo por UNA- NIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA INCLUSIÓN EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA USO TEMPORAL DE LA VÍA PÚBLICA CON FINES COMERCIALES (ORDENANZA Nº 124-2003-MM) Artículo 1º.- Inclúyase en el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Mi- raflores (aprobado mediante Ordenanza Nº 147), en los procedimientos seguidos ante la Gerencia de Comerciali- zación, el Procedimiento Nº 21, el mismo que se detalla en cuadro anexo. Artículo 2º.- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Comercialización de esta Comuna. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde