Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2004 (05/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 5 de agosto de 2004
RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Pag. 273909

Primero.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios de esta Comuna Distrital: Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Municipal; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Servicios a la Comunidad y Comercializacion; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Administracion; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Tesoreria; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Division de Limpieza Publica y Relleno Sanitario; y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Personal; en virtud a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente. Segundo.- Encarguese a la Comision Especial Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios proceder a lo resuelto mediante la presente. Tercero.- Tomese conocimiento de la Gerencia Municipal y de la Subgerencia de Personal para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14204

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Incluyen procedimiento de autorizacion municipal para uso temporal de la via publica con fines comerciales en el MORDAZA de la municipalidad
ORDENANZA Nº 164 Miraflores, 27 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, consagra el concepto de Autonomia Municipal, Garantia Institucional sobre la base de la cual las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, a su turno, el articulo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, define en su numeral 9.1. a la autonomia politica como aquella facultad de adoptar y concordar las politicas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a traves de sus organos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, en MORDAZA con la autonomia politica de la que goza toda Municipalidad, en su calidad de Gobierno Local, el articulo constitucional citado en lineas precedentes, ha otorgado expresamente al Concejo Municipal, conformante de la estructura organica de cada gobierno local, la funcion normativa respecto de aquellos asuntos que son de su competencia; Que, en este mismo orden de ideas, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa fundamentalmente a traves de las Ordenanzas Municipales, las mismas que, de conformidad con lo previsto por el articulo 200º numeral 4) de la Constitucion, en concordancia con el articulo 194º arriba glosado, ostentan rango normativo de ley, en su calidad de normas de caracter general de mayor jerarquia dentro de la estructura normativa municipal, calidad reconocida por el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades vigente a la fecha;

Que, de acuerdo con lo expuesto, el numeral 8 del articulo 9º de la aludida Ley Nº 27972, indica que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas; Que, sobre esta base, con fecha 25 de junio de 2003, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 124, a traves de la cual se aprueba el Reglamento de Uso Comercial de la Via Publica, estableciendose en el Titulo III de esta MORDAZA, el procedimiento administrativo para la autorizacion temporal de uso de via publica como extension del local comercial; Que, la MORDAZA disposicion transitoria y complementaria de la MORDAZA acotada en el parrafo anterior, establece la incorporacion al Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) en ese entonces vigente del procedimiento aludido, expresandose que debe estar sujeto a evaluacion previa con silencio administrativo negativo, al MORDAZA del articulo 34º numeral 1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Tambien se preve en la tercera disposicion transitoria y complementaria de dicha MORDAZA, la inclusion del mencionado procedimiento en el MORDAZA sustitutorio; Que, dicho MORDAZA sustitutorio es el aprobado mediante Ordenanza Nº 147, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 7 de marzo de 2004; Que, luego de revisar minuciosamente dicho MORDAZA, se ha apreciado que, efectivamente, no se incluye el procedimiento administrativo conducente a la autorizacion para uso comercial de la via publica, dentro del acapite que corresponde a la Gerencia de Comercializacion; Que, tal como lo establece el numeral 36.1. del articulo 36º de la Ley Nº 27444, anteriormente glosada, los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen, exclusivamente por (entre otros mecanismos normativos) Ordenanza Municipal, debiendo ser compendiados y sistematizados en el MORDAZA aprobado para cada entidad; Que, siendo el MORDAZA aquella compilacion de procedimientos que permite materializar los principios de celeridad, eficacia, simplicidad, uniformidad y predictibilidad, que consagra la aludida Ley Nº 27444 en su Titulo Preliminar y que son piezas fundamentales para una gestion municipal eficaz y transparente, resulta imprescindible incluir en el MORDAZA aprobado a traves de la Ordenanza Nº 147, el denominado procedimiento de "Autorizacion Municipal para uso temporal de la via publica con fines comerciales", a cargo de la Gerencia de Comercializacion de esta Comuna; Que, en consecuencia, y de acuerdo con lo que indica el Informe Nº 1700-2004-GC/MM, elaborado por dicha Gerencia, De conformidad con lo establecido en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de aprobacion de acta, el Concejo por UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA INCLUSION EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACION MUNICIPAL PARA USO TEMPORAL DE LA VIA PUBLICA CON FINES COMERCIALES (ORDENANZA Nº 124-2003-MM) Articulo 1º.- Incluyase en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Miraflores (aprobado mediante Ordenanza Nº 147), en los procedimientos seguidos ante la Gerencia de Comercializacion, el Procedimiento Nº 21, el mismo que se detalla en cuadro anexo. Articulo 2º.- Encarguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Comercializacion de esta Comuna. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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