Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2004 (14/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

Pag. 274530
CODIGO

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 14 de agosto de 2004
EXPORTACION / MORDAZA INTERNACIONAL BASE: Unidad Impositiva Tributaria

IMPORTACION DESCRIPCION DEL PRODUCTO UNIDAD BASE: Unidad Impositiva Tributaria

63.05.10.10 63.05.10.90 63.05.90.10 63.05.90.90 92.01 92.02 97.05

Sacos (bolsas) y talegas de yute, para envasar Sacos (bolsas) y talegas de las demas fibras del MORDAZA de la partida 53.03, para envasar Sacos (bolsas) y talegas de MORDAZA (cabuya, fique), para envasar Sacos (bolsas) y talegas de las demas materias textiles, para envasar Pianos, incluso automaticos; clavecines y demas instrumentos de cuerda con teclado Los demas instrumentos musicales de cuerda (por ejemplo: guitarras, violines, arpas) Colecciones y especimenes para colecciones de zoologia, botanica, mineralogia o anatomia o que tengan interes historico, arqueologico, paleontologico, etnografico o numismatico

TM TM TM TM TM TM TM

0.386% 0.386% 0.386% 0.386%

0.056% 0.056% 0.056% 0.056% 0.011% 0.011%

0.852%

0.141%

Supervision de Tratamientos: 001 002 003 En instalaciones oficiales o particulares y contenedores En barcos y aeronaves En vehiculos TM servicio TM 0.100% 4.500% 0.050%

Tramitacion y expedicion de documentos: 001 002 Informe de Inspeccion o Verificacion / Licencia Fitosanitaria de Internamiento Certificado Fitosanitario de Exportacion o Reexportacion, Certificado de exportacion de productos procesados o industrializados de origen vegetal: Addendum al Certificado Fitosanitario de exportacion o reexportacion o Certificado e exportacion de productos procesados o industrializados de origen vegetal (Unicamente a solicitud del usuario y cuando su emision proceda. Los Addemdums solo podran solicitarse posteriormente a la emision de los Certificados, de lo contrario no corresponde un Addemdum): servicio servicio 0.500% 1.000%

003

servicio

0.500%

ITEM V: Los servicios de inspeccion fitosanitaria o supervision de tratamientos que el usuario solicite MORDAZA efectuados fuera del ambito de los Puestos de Control Cuarentenario o impliquen el traslado del inspector fuera de las areas de atencion establecidas por el SENASA, se efectuaran cumpliendo la normativa legal y segun la disponibilidad de dichas Dependencias; los usuarios asumiran los siguientes costos: V.01 Costo de oportunidad por persona; aplica solo cuando el tiempo del traslado del inspector, entre la ida y el retorno, implica 90 minutos o mas tiempo de movilizacion. (Para efectos de calcular el costo, el computo del tiempo inicia desde la salida del Inspector hasta su retorno a la dependencia o area de atencion establecida por el SENASA): En el territorio nacional: De lunes a viernes: 1,5% hasta 04 horas y 0,306% por cada hora adicional. Sabado, MORDAZA, feriado: 2,5% hasta 04 horas y 0,306% por cada hora adicional En el extranjero: 11,3% por dia de servicio Variado: segun precios de las empresas de transportes

V.02

Transporte (en todos estos casos, el usuario movilizara al personal designado o en su defecto asumira el costo del transporte de ida y vuelta):

V.03

Viaticos: cuando corresponda, segun lo establecido mediante los Dispositivos legales respecto a comisiones dentro del territorio nacional y en el extranjero.

ITEM VI: En los demas casos en lo que los servicios MORDAZA efectuados dentro del ambito de los Puestos de Control Cuarentenario, pero impliquen la movilizacion del personal del SENASA hacia las extensiones de las zonas primarias; el usuario debera movilizar al personal designado o en su defecto asumir el costo del transporte de ida y vuelta, segun tarifas de las empresas de transporte. ITEM VII: El horario para desarrollar los servicios de inspeccion y supervision de tratamientos es de lunes a viernes de 8:15 a 13:00 y de 14:00 a 17:15, previa programacion de la Dependencia del SENASA. Los usuarios que deseen que se les brinde estos servicios fuera del horario referido; deberan solicitarlo con anticipacion, a fin que el responsable de la Dependencia del SENASA correspondiente, evalue si procede. De efectuarse el servicio se aplicara un costo adicional de 1,0% de la UIT al total del valor resultante de todos los servicios prestados, por cada dia de atencion fuera del horario normal. (El recargo no aplica si el usuario solicita que la inspeccion se efectue fuera del ambito de los Puestos de Control Cuarentenario o de las areas de atencion establecidas por el SENASA, en cuyo caso se procedera segun lo establecido en el Item V) Descripcion de abreviaturas: F: fresco, S: seco, SN: Secado al natural, SI: Secado industrial, O: con tratamiento, O1: con tratamiento, diferente a O2, a: para siembra, b: para consumo o uso industrial, E: entero o partido, CRF: Categoria de Riesgo Fitosanitario

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