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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (14/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 36

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G35/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 14 de agosto de 2004 República Federativa del Brasil, del Personal FAP que se indica en la parte resolutiva, con la finalidad de cumplir fun-ciones de observadores aéreos embarcados en las aero-naves interceptoras FAB, el día 26 de agosto del 2004, enel marco del ejercicio combinado PERBRA-I, a realizarseen la ciudad de Cruzeiro Do Sul; Que, el traslado del Personal Militar se efectuará con aeronaves de la Fuerza Aérea Brasileña no irrogando gas-to alguno al Estado; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de juniodel 2002, los viajes al extranjero que no ocasionen ningúntipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Reso-lución del Titular del sector correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores yfuncionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministeriode Defensa, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sec-tor Público para el año Fiscal 2004, Decreto SupremoNº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, DecretoSupremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero del 2004y Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de juniodel 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Co- misión de Servicio, a la República Federativa del Bra-sil, el día 26 de agosto del 2004, del Personal FAP quese indica a continuación, con la finalidad de cumplir fun-ciones de observadores aéreos embarcados en lasaeronaves interceptoras FAB, en el marco del ejerciciocombinado PERBRA-I, a realizarse en la ciudad de Cru-zeiro Do Sul: Capitán FAP PALA CIOS RIVERO Daniel Alejandro Capitán FAP BARAHONA OLIVERA Carlos Rafael Artículo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aé- rea del Perú, queda facultado para variar la fecha de inicioy término de la comisión, sin exceder el total de días auto-rizados. Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de nin-guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 14799 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 880-2004-DE/FAP Lima, 12 de agosto de 2004Visto el Oficio IV-35-COOI-Nº 1238 del 27 de julio del 2004 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aéreadel Perú y Papeleta de Trámite Nº 3318-SGFA del 3 de agos-to del 2004 del Secretario General de la Fuerza Aérea delPerú; CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a laRepública Federativa del Brasil, del Personal FAP que seindica en la parte resolutiva, para conformar la tripulacióndel avión TC-690B FAP Nº 708 que cumplirá la función deavión “blanco”, los días 25, 26 y 27 de agosto del 2004 enel itinerario Pucallpa-Cruzeiro Do Sul-Pucallpa, en el mar-co del ejercicio combinado PERBRA-I; Que, el traslado del Personal Militar se efectuará con aeronaves de la Fuerza Aérea Brasileña no irrogando gas-to alguno al Estado; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de juniodel 2002, los viajes al extranjero que no ocasionen ningúntipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolu- ción del Titular del sector correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y fun-cionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio deDefensa, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el año Fiscal 2004, Decreto SupremoNº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, DecretoSupremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero del 2004y Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de juniodel 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comi- sión de Servicio, a la República Federativa del Brasil,del Personal FAP que se indica a continuación, paraconformar la tripulación del avión TC-690B FAP Nº 708que cumplirá la función de avión “blanco”, los días 25,26 y 27 de agosto del 2004 en el itinerario Pucallpa-Cruzeiro Do Sul-Pucallpa, en el marco del ejerciciocombinado PERBRA-I: Comandante FAP EYZAGUIRRE BROU Jaime Oscar Capitán FAP CAIRO MURGUIA Carlo Mario Técnico 2da. FAP CUNO AROSQUIPA Julio León TRIPULACIÓN ALTERNA:Capitán FAP CORNEJO VEGA Jorge Técnico 3ra. FAP RAMÍREZ PEREZ Richard Jhony Artículo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aé- rea del Perú, queda facultado para variar la fecha de inicioy término de la comisión, sin exceder el total de días auto-rizados. Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de nin-guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 14800 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 /G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G6E/G61/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G69/G6C/G6F/G74/G6F/G73/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 883-2004-DE/FAP Lima, 12 de agosto de 2004 VISTO: El Oficio VI-70-COFA-SACFA Nº 0142 del 2 de julio del 2004, a través del cual el Comandante General de la Fuer-za Aérea del Perú solicita la exoneración del proceso deselección de “Adjudicación Directa Pública” para la contrata-ción de los servicios especializados para el Curso de En-trenamiento para Pilotos a realizarse en la Compañía SO-CIEDAD AIRCO, por la causal de “Servicios que no Admi-ten Sustitutos”; CONSIDERANDO:Que, del Informe Técnico Nº 002-2004 del 15 de abril del 2004 del Comando de Operaciones de la Fuerza Aéreadel Perú el cual forma parte de la presente Resolución, seprecisa que es necesaria la contratación de los serviciosespecializados para efectuar el curso de entrenamientorefresco para las tripulaciones aéreas de combate de losaviones Mirage 2000 en el simulador de vuelo de la Com-pañía SOCIEDAD AIRCO, que es la única empresa que