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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G35/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 14 de agosto de 2004 rial monofilamento o multifilamento, con sus respectivos hilos y cabos para su armado; Que, mediante acuerdo Nº 1935/297, el Fondo Nacio- nal de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, autorizó la trans-ferencia en calidad de donación, de diecisiete (17) paque-tes de redes de monofilamento y dos (02) paquetes de re-des multifilamento, valorizados en US$ 2,270.31 (Dos MilDoscientos Setenta y 31/100 Dólares Americanos), paraser entregados como premios a los pescadores artesana-les ganadores del evento denominado "El Pescador Arte-sanal del Año –2004"; Que es necesario aceptar la donación de los bienes descritos en el considerando anterior, con la finalidad deque sean entregados a título gratuito en la modalidad dedonación, a los pescadores artesanales representantes decada Dirección Regional de la Producción o de Pesqueríapara el año 2004, en el evento denominado "El PescadorArtesanal del Año –2004"; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1.4.6 de la Directiva Nº 009-2002-SBN, que regula el "Proce-dimiento para la donación de bienes muebles dados debajas por la entidades públicas y para la aceptación debienes muebles a favor del Estado", aprobada median-te Resolución Nº 031-2002-SBN; y el uso de las atribu-ciones conferidas por el Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de la Producción, aprobadopor Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y modi-ficatoria; Con la visación del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE:Articulo 1º.- Aceptar la donación efectuada por el Fon- do Nacional de Desarrollo Pesquero, de diecisiete (17) pa-quetes de redes de monofilamento y dos (02) paquetes deredes multifilamento, valorizados en US$ 2,270.31 (Dos MilDoscientos Setenta y 31/100 Dólares Americanos), segúnla relación que en anexo forma parte integrante de la pre-sente resolución. Artículo 2º.- Transferir en la modalidad de donación los bienes anteriormente descritos a los pescadores artesa-nales representantes de cada Dirección Regional de laProducción o de Pesquería en el evento denominado "ElPescador Artesanal del Año 2004". Artículo 3º.- Autorizar a la Dirección Nacional de Pes- ca Artesanal en coordinación con la Oficina General deAdministración a realizar las acciones que conlleven a cum-plir con lo establecido en el artículo 2º de la presente Re-solución. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Superintendenciade Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO VELASQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 14725 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G58/G56/G49 /G43/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G67/G61/G2D/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G61/G74/G69/G6E/G6F/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G2D/G6C/G6C/G6F/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G6F/G20/G28/G4F/G4C/G44/G45/G50/G45/G53/G43/G41/G29/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G2D /G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 299-2004-PRODUCE Lima, 10 de agosto del 2004CONSIDERANDO: Que, en el marco de la XV Conferencia de Ministros de la Organización Latinoamericana de Desarrollo Pesquero(OLDEPESCA), se aprobó en Asamblea Plenaria por to-dos los países integrantes, que el Perú en su condición depaís miembro será sede de las reuniones de la XVI confe-rencia a realizarse del 26 al 27 de agosto de 2004 en laciudad de Lima; Que, es de interés del Sector Producción promover el desarrollo integral, y armónico del proceso pesquero, a finde identificar las posibilidades de inversión nacional o ex-tranjera en la explotación racional de los recursos hidro-biológicos; Que, en la XVI Conferencia de Ministros, se tratarán temas relacionados a la cooperación regional pesquera enasuntos de ordenamiento pesquero, a la integración em-presarial pesquera, al comercio y la sanidad pesquera, losque guardan concordancia con los lineamientos de políticadel Sector Producción, siendo por tanto conveniente con-ferirles carácter oficial; Que, mediante los Oficios Nº 363-2004-PRODUCE/ OGDPE-Octai y Nº 1490-2004-PRODUCE/OGA-Oppp seinforma que se cuenta con la disponibilidad presupuestariay financiera para su realización, hasta por la suma deUS$ 19 054 Dólares Americanos; Estando a las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Pro-ducción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la XVI Confe- rencia de Ministros de la Organización Latinoamericana deDesarrollo Pesquero (OLDEPESCA), señalada en la parteconsiderativa de la presente Resolución, en la ciudad deLima, del 26 al 27 de agosto de 2004. Artículo 2º.- Encargar la organización de la Conferencia autorizada en el artículo precedente al Viceministerio dePesquería y a la Oficina General de Desarrollo y Planea-miento Estratégico. Artículo 3º.- Los gastos que irrogue la realización de la XVI Conferencia de Ministros de la Organización Latino-americana de Desarrollo Pesquero (OLDEPESCA), auto-rizada en el artículo 1º de la presente Resolución, seránde cargo del Presupuesto Institucional del Pliego 038: Mi-nisterio de la Producción, Fuente de Financiamiento 09:Recursos Directamente Recaudados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 14728 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G52/G69/G76/G65/G72/G20/G46/G69/G73/G68/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E /G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G75/G69/G63/G75/G6C/G2D/G74/G75/G72/G61/G20/G61/G20/G6D/G61/G79/G6F/G72/G20/G65/G73/G63/G61/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G65/G20/G74/G72/G75/G2D/G63/G68/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G6E/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 022-2004-PRODUCE/DNA Lima, 4 de agosto del 2004Visto el expediente con registro Nº CE-01525003 del 2 y 13 de abril, 13 de mayo y 17 de junio de 2004, presen- tado por RIVER FISH S.A.C., mediante el cual solicita con-cesión para desarrollar la actividad de acuicultura a mayorescala. CONSIDERANDO: Que el numeral 2.1 del artículo 2º de la Ley Nº 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura, seña-la que el Estado fomenta la más amplia participaciónde las personas naturales y jurídicas nacionales yextranjeras en la actividad de acuicultura, las que pue-den acogerse al régimen de estabilidad jurídica deconformidad a las leyes sobre la materia, y sobre labase de la libre competencia y el libre acceso a la acti-vidad económica; Que mediante el escrito del visto, RIVER FISH S.A.C., solicita concesión para desarrollar la actividad de acuicul-