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PÆg. 274551 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de agosto de 2004 - “servicio que permite el acceso a comunicaciones li- bres o compartidas de pago para el usuario que las origi-na, previa aceptación del pago por el usuario de destino,consultado en la comunicación”. Asimismo, se precisa en la norma que dicha consulta previa se realiza en cada comunicación libre o compartida de pago que se genere. Cabe señalar que el operador no asigna a un cliente un número específico para que el público en general lo llame(ya sea libre o compartido de pago). 14816 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Prorrogan funcionamiento de Tribuna- les Unipersonales de las Cortes Supe-riores de Justicia de Loreto y Ayacucho RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 143-2004-CE-PJ Lima, 9 de agosto del 2004 VISTO: El Oficio Nº 1045-2004-PJ/CSJLO-P, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Administrativa Nº 120-2004- CE-PJ, su fecha 2 de junio del año en curso, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorrogó el funcionamiento delTribunal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia deLoreto por el plazo de 2 meses; Que, dicha Presidencia solicita a este Órgano de Go- bierno la prórroga por 2 meses del Tribunal Unipersonal constituido desde el 1 de diciembre del 2003, y cuya pró- rroga fue ampliada por Resolución Administrativa Nº 120-2004-CE-PJ hasta el 31 de julio último, en razón a la eleva-da carga procesal existente en la Sala Penal y en los Juz-gados Penales y Mixtos de la mencionada Corte Superior; Que, al respecto, y con lo expuesto en el informe del Presidente de la Sala Penal de Loreto, resulta necesario que prosigan las funciones del Vocal Superior constituidoen Tribunal Unipersonal, a fin de optimizar el trabajo y noperjudicar a los justiciables, dado que dicha Sala Penal aúnsoporta elevada carga procesal generada por los expedien-tes remitidos por los 5 Juzgados Penales de Maynas, así como de los 4 Juzgados Mixtos de provincias, sea en vía de apelación o con informes finales; destacándose entreellos un proceso complejo del caso de la Carretera Iquitos- Nauta (cuarto tramo) que comprende a 37 personas, yque próximamente se elevará al Superior Tribunal; por loque, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo quinto de la Resolución Administrativa Nº 112-2003-CE-PJ, su fecha 16 de setiembre del 2003, es procedente la peticiónque se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso26 del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Or- gánica del Poder Judicial, en sesión extraordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Andrés Eche-varría Adrianzén, por encontrarse de vacaciones, por una-nimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento del Tri- bunal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Lo- reto por el plazo de 2 meses, con efectividad al 1 de agosto del año en curso, de conformidad con lo dispuesto por elartículo quinto de la Resolución Administrativa Nº 112-2003-CE-PJ expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judi- cial. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a adoptar las acciones queresulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuestoen la presente resolución. Artículo Tercero.- La Presidencia de la mencionada Corte Superior, cada fin de mes remitirá a este Órgano deGobierno informe documentado sobre la labor realizada porel Vocal Superior adicional designado. Artículo Cuarto.- El cumplimiento de la presente reso- lución, será atendido por la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Quinto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de laRepública, a la Fiscalía de la Nación, a la Jefatura de laOficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, ala Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conoci- miento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS. HUGO SIVINA HURTADO WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOJOSÉ DONAIRES CUBA EDGARDO AMEZ HERRERA LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ14823 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 144-2004-CE-PJ Lima, 9 de agosto del 2004 VISTO: El Oficio Nº 610-2004-P-CSJAY/PJ, cursado por el Pre- sidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 117-2004- CE-PJ, su fecha 27 de mayo del año en curso, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial autorizó al Presidente de laCorte Superior de Justicia de Ayacucho para que designea un Vocal Superior adicional, por el plazo de 2 meses, afin de que se constituya en Tribunal Unipersonal; Que, dicha Presidencia solicita a este Órgano de Go- bierno la prórroga de la designación del Vocal Superior adicional constituido en Tribunal Unipersonal a partir del 1de junio del año en curso, en razón a la considerable cargaprocesal existente en las dos Salas Mixtas generada porlos expedientes remitidos por los 4 Juzgados Penales, 10Juzgados Mixtos, 2 Juzgados Civiles y, 1 Juzgado de Fa- milia, sea en vía de apelación o con informes finales; Que, al respecto, del informe adjunto aparece que la labor del Tribunal Unipersonal está contribuyendo no sóloa la descarga procesal en las mencionadas Salas Supe-riores, sino también a la calidad de las resoluciones judi-ciales; por lo que, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo quinto de la Resolución Administrativa Nº 112-2003- CE-PJ, su fecha 16 de setiembre del 2003, resulta proce-dente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 26del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión extraordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Andrés Echevarría Adrian-zén, por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento del Tri- bunal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Aya-