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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (16/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G36/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 16 de agosto de 2004 Que, la Maca, científicamente está denominada como Lepidium Meyenii Walpers, es un tubérculo cultivable y co- mestible que guarda consigo una importante cantidad de pro- teínas, minerales, vitaminas y carbohidratos, que aseguranuna alimentación balanceada; la maca ha sido domesticada por los Pumpush de Junín y luego a través de la historia ha sido objeto de cultos y pago de tributos, sea en la época delImperio Incaico, como en la época de la conquista y del Virre- ynato dejando su legado hasta nuestros días, conservándo- se así su técnica de siembra, cultivo y deshidratación; Que, la domesticación de la planta de la Maca se remon- ta a la época del Tahuantinsuyo, en la zona de San Blas o Carhuamayo, por los pobladores de chinchaicocha, entreéstos la Cultura Pumpush. En la actualidad, quedan evi- dencias de haberse cultivado maca en grandes extensio- nes en las zonas alto andinas, del territorio Peruano. Perosu cultivo sólo se circunscribe a pocos lugares donde el poblador andino, ha sabido mantener las prácticas de su proceso productivo debido a su dedicación y perseveran-cia. La maca es cultivada en grandes proporciones en las comunidades y distritos de la provincia de Junín y Tarma. Por ello es necesario incentivar la producción, comerciali-zación, transformación y exportación de este importante producto, así como fortalecer el turismo regional, nacional e internacional, que busca revalorizar nuestros atractivos; Que, la Feria Intencional de la Maca se viene desarro- llando hace varios años en la provincia de Junín, con el objetivo de promover su producción, transformación y co-mercialización en el mercado nacional e internacional. Así mismo con la finalidad de incentivar el cultivo, ampliando la frontera agrícola con producción de calidad; fortalecer lasorganizaciones de productores y pequeños empresarios organizados, a fin de facilitar la articulación entre los pro- ductores y transformadores de la maca buscando nuevosmercados con fines de exportación; Que, el Gobierno Regional tiene por finalidad esencial, fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promo-viendo la inversión pública, privada, garantizando el ejerci- cio pleno de los derechos e igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programasnacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, es función del Gobierno Regional en materia agraria el fomentar, aprobar, evaluar, dirigir, controlar, administrar losplanes y las políticas de la región en materia agraria, en con- cordancia con las políticas nacionales, planes sectoriales y las propuestas promocionales de desarrollo rural. También la depromover la transformación, comercialización, exportación y consumo de productos naturales y agroindustriales; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y modificada en parte por la Ley Nº 27902; y su Reglamento Interno, el ConsejoRegional ha aprobado la presente Ordenanza Regional: Primero.- Declarar Patrimonio Cultural de la Región Junín el Festival - Feria Internacional de la Maca. Segundo.- Establecer que el Festival - Feria Interna- cional de la Maca se realice una vez por año en la provin-cia de Junín, a partir de los días 28 de julio al 1 de agosto del año 2004. Tercero.- La Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, la Dirección Regional de Agricultura, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, brindarán el apoyo lo- gístico, operativo y promocional, para que el Festival - FeriaInternacional se desarrolle exitosa y permanentemente. Dado en sede del Gobierno Regional de Junín, a los veinticuatro días del mes de mayo del año 2004. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. MANUEL DUARTE VELARDE Presidente POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la provincia de Junín, a los veinticuatro días del mes de mayo del año 2004. MANUEL DUARTE VELARDE Presidente 14781/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE SAÑO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G67/G65/G73/G74/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G61/G6E/G65/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G66/GED/G73/G69/G63/G6F/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G2D/G72/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G2D/G64/G61/G64 ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2004-CM/MDSS San Pedro de Saño, 7 de junio de 2004 VISTOS:Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 2 de junio del 2004 se aprobó realizar el trámite sobre elSANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DEL TERRENO DE USO ACTUAL COMO ESTADIO DEL DISTRITO DE SAN PE- DRO DE SAÑO; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de San Pedro de Saño es pro- pietaria del terreno urbano de nuestro distrito actualmente desti- nado como estadio, de un área de 12,090.00 m2, la misma queno cuenta con título de propiedad a favor de la Municipalidad; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 58º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece quelos bienes inmuebles de las municipalidades, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del Alcalde y por el mérito de Acuerdo de Concejo, y gozan de los mismos pri-vilegios que los bienes del Estado; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Su- premo Nº 018-90-VC, concordante con el Decreto Supre-mo Nº 154-2001-EF y su modificatoria Decreto Supremo Nº 107-2003-EF, las Municipalidades quedan facultadas para gestionar la primera inscripción de dominio de los bie-nes inmuebles que les pertenezcan sin contar con título comprobatorio de dominio; Que, por acuerdo unánime de los miembros integran- tes del Concejo, se acordó se realice los trámites pertinen- tes para efectuar el Saneamiento Físico Legal del terreno de propiedad del municipio; Que, en uso de las facultades conferidas por el Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR como propiedad de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Saño el terreno urbano ubicado en el distrito de San Pedro de Saño, de una extensión de 12,090.00 m2 (Campo Deportivo de SanPedro de Saño). Artículo Segundo.- SE APRUEBA iniciar las gestiones del Saneamiento Físico Legal como Primera Inscripción deDominio ante la Oficina Registral de Huancayo, de confor- midad a las normas citadas en la parte considerativa. Artículo Tercero.- SE APRUEBA la publicación en el Diario Oficial El Peruano del presente Acuerdo de Conce- jo, mediante el cual se declara como propiedad de la Muni- cipalidad el terreno urbano ubicado en el distrito de SanPedro de Saño de la provincia de Huancayo. Artículo Cuarto.- Encargar la presente a la Adminis- tración Municipal, Asesoría Legal y Departamento de ObrasPúblicas, para el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CELSO SALVADOR DÁVILA Alcalde 14872