Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2004 (16/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, lunes 16 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, la Maca, cientificamente esta denominada como Lepidium Meyenii Walpers, es un tuberculo cultivable y comestible que guarda consigo una importante cantidad de proteinas, minerales, vitaminas y carbohidratos, que aseguran una alimentacion balanceada; la maca ha sido domesticada por los Pumpush de MORDAZA y luego a traves de la historia ha sido objeto de cultos y pago de tributos, sea en la epoca del MORDAZA Incaico, como en la epoca de la conquista y del Virreynato dejando su legado hasta nuestros dias, conservandose asi su tecnica de siembra, cultivo y deshidratacion; Que, la domesticacion de la planta de la Maca se remonta a la epoca del Tahuantinsuyo, en la MORDAZA de San MORDAZA o Carhuamayo, por los pobladores de chinchaicocha, entre estos la Cultura Pumpush. En la actualidad, quedan evidencias de haberse cultivado maca en MORDAZA extensiones en las zonas alto andinas, del territorio Peruano. Pero su cultivo solo se circunscribe a pocos lugares donde el poblador MORDAZA, ha sabido mantener las practicas de su MORDAZA productivo debido a su dedicacion y perseverancia. La maca es cultivada en MORDAZA proporciones en las comunidades y distritos de la provincia de MORDAZA y Tarma. Por ello es necesario incentivar la produccion, comercializacion, transformacion y exportacion de este importante producto, asi como fortalecer el turismo regional, nacional e internacional, que busca revalorizar nuestros atractivos; Que, la Feria Intencional de la Maca se viene desarrollando hace varios anos en la provincia de MORDAZA, con el objetivo de promover su produccion, transformacion y comercializacion en el MORDAZA nacional e internacional. Asi mismo con la finalidad de incentivar el cultivo, ampliando la frontera MORDAZA con produccion de calidad; fortalecer las organizaciones de productores y pequenos empresarios organizados, a fin de facilitar la articulacion entre los productores y transformadores de la maca buscando nuevos mercados con fines de exportacion; Que, el Gobierno Regional tiene por finalidad esencial, fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica, privada, garantizando el ejercicio pleno de los derechos e igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, es funcion del Gobierno Regional en materia agraria el fomentar, aprobar, evaluar, dirigir, controlar, administrar los planes y las politicas de la region en materia agraria, en concordancia con las politicas nacionales, planes sectoriales y las propuestas promocionales de desarrollo rural. Tambien la de promover la transformacion, comercializacion, exportacion y consumo de productos naturales y agroindustriales; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y modificada en parte por la Ley Nº 27902; y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la presente Ordenanza Regional: Primero.- Declarar Patrimonio Cultural de la Region MORDAZA el Festival - Feria Internacional de la Maca. Segundo.- Establecer que el Festival - Feria Internacional de la Maca se realice una vez por ano en la provincia de MORDAZA, a partir de los dias 28 de MORDAZA al 1 de agosto del ano 2004. Tercero.- La Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo, la Direccion Regional de Agricultura, la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, brindaran el apoyo logistico, operativo y promocional, para que el Festival - Feria Internacional se desarrolle exitosa y permanentemente. Dado en sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del ano 2004. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA DUARTE MORDAZA Presidente POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la provincia de MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del ano 2004. MORDAZA DUARTE MORDAZA Presidente 14781

GOBIERNOS LOCALES
PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE SANO
Aprueban iniciar gestiones de saneamiento fisico legal de terreno declarado de propiedad de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2004-CM/MDSS San MORDAZA de Sano, 7 de junio de 2004 VISTOS: Que, en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 2 de junio del 2004 se aprobo realizar el tramite sobre el SANEAMIENTO FISICO LEGAL DEL TERRENO DE USO ACTUAL COMO ESTADIO DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE SANO; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Sano es propietaria del terreno MORDAZA de nuestro distrito actualmente destinado como estadio, de un area de 12,090.00 m2, la misma que no cuenta con titulo de propiedad a favor de la Municipalidad; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 58º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los bienes inmuebles de las municipalidades, se inscriben en los Registros Publicos, a peticion del MORDAZA y por el merito de Acuerdo de Concejo, y gozan de los mismos privilegios que los bienes del Estado; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 018-90-VC, concordante con el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y su modificatoria Decreto Supremo Nº 107-2003-EF, las Municipalidades quedan facultadas para gestionar la primera inscripcion de dominio de los bienes inmuebles que les pertenezcan sin contar con titulo comprobatorio de dominio; Que, por acuerdo unanime de los miembros integrantes del Concejo, se acordo se realice los tramites pertinentes para efectuar el Saneamiento Fisico Legal del terreno de propiedad del municipio; Que, en uso de las facultades conferidas por el Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR como propiedad de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Sano el terreno MORDAZA ubicado en el distrito de San MORDAZA de Sano, de una extension de 12,090.00 m2 (Campo Deportivo de San MORDAZA de Sano). Articulo Segundo.- SE APRUEBA iniciar las gestiones del Saneamiento Fisico Legal como Primera Inscripcion de Dominio ante la Oficina Registral de Huancayo, de conformidad a las normas citadas en la parte considerativa. Articulo Tercero.- SE APRUEBA la publicacion en el Diario Oficial El Peruano del presente Acuerdo de Concejo, mediante el cual se declara como propiedad de la Municipalidad el terreno MORDAZA ubicado en el distrito de San MORDAZA de Sano de la provincia de Huancayo. Articulo Cuarto.- Encargar la presente a la Administracion Municipal, Asesoria Legal y Departamento de Obras Publicas, para el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14872

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