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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G39/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 20 de agosto de 2004 PCM, concordantes con los artículos 5º, 6º, 7º y 8º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM y el puntoVI. Disposiciones Específicas numeral 7 de la Directiva Nº0005-2003-CONSUCODE/PRE, Resolución Nº 380-2003- CONSUCODE/PRE, de fecha 29 de diciembre del 2003que aprueba la Directiva Nº 0005-2003-CONSUCODE/ PRE, y en uso de las facultades transferidas por la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la Cuarta Inclusión de Procesos que modifican el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones de la Municipalidad de San Juan de Mira-flores, correspondiente al año 2004, el mismo que en anexoforma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Subgerencia de Abastecimiento de la Gerencia de Administración la remi-sión dentro de los 10 días hábiles siguientes de su aproba-ción, copias de las modificaciones del Plan Anual de Ad-quisiciones y Contrataciones al Consejo Superior de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE ya la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempre-sa - PROMPYME Artículo Tercero.- DISPONER, que el Plan Anual mo- dificado de Adquisiciones y Contrataciones aprobado porel Art. 10º, estará a disposición de los interesados en laSubgerencia de Abastecimiento de la Municipalidad, sitoen la Av. Belisario Suárez Cdra. 10 - 2º Piso - San Juan deMiraflores. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 15086 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA BREA - NEGRITOS /G44/G65/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G38/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D /G4D/G44/G4C/G42/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F /G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2004-MDLB Negritos, 7 de agosto del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA BREA-NEGRITOSVISTO:El Informe Legal Nº 065-2004-MDLB, de fecha 5 de agosto del 2004, emitido por la Oficina de Asesoría Legalde la Municipalidad Distrital de La Brea-Negritos; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado Nº 27658 y su Reglamento fomentan la obtenciónde mejores niveles de eficiencia del aparato estatal y porende de los Gobiernos Locales, con el propósito de optimi-zar las prestaciones de servicios públicos; Que, conforme lo prescribe el artículo 102º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo de Co-ordinación Local Distrital se deberá instalar y funcionar conla anuencia de los componentes del Concejo Municipal, yserá conformado además de los Regidores por los repre-sentantes de las Organizaciones Sociales de Base, entreotros; Que, habiendo el Concejo Municipal expresado discre- pancias con el nacimiento de la Ordenanza que aprueba elReglamento de Conformación del Concejo deCoordinación Local del distrito de La Brea y haber deter-minado presuntas deficiencias en su contenido, entre ellashaber tenido en un mismo texto legal la Instalación y con-formación del Concejo con el Reglamento de la misma;Que, según documento de Visto el Asesor Legal sos- tiene que no ha existido ningún vicio administrativo en la emisión de la citada Ordenanza, la misma que se ajusta a Ley, exponiendo elementos jurídicos que guardan coheren-cia y concordancia; Que, en mérito a lo expuesto, y apelando a los princi- pios de legalidad y razonabilidad, desarrollados en la LeyNº 27444 del Procedimiento Administrativo General, es pro- cedente conservar la parte sustancial de la citada Orde- nanza, debiéndose sólo derogar los presupuestos forma-les que fueran observados; Estando a lo acordado en Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 24 de julio del 2004, al Informe Legal Nº 065-2004-MDLB, de fecha 5 de agosto del 2004 y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Derogar la Ordenanza Nº 008-2004- MDLB, de fecha 13 de julio del 2004, y que fuera publicada en el diario La Republica en la fecha del 22 de julio del 2004, por tratarse de los presupuestos jurídicos que sepresentan en el caso de este Gobierno Local. Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento Electoral para la elección de los Representantes de la Sociedad Ci-vil para conformar el Concejo de Coordinación Local del distrito de La Brea. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la pre- sente Ordenanza conforme a lo estipulado en el artículo 44º numeral 3 de la Ley Orgánica de Municipalidades Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia Municipal adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO ALEJANDRO HOYOS LEÓN Alcalde 15089 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAGUNAS /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G69/G72/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G69/G6E/G2D /G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G2D/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20 /G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61 /G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G6C/G6C/G61/G6E/G61 ORDENANZA MUNICIPAL No 001-2004-CDL Lagunas, 30 de abril del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAGUNAS CONSIDERANDO: Que. la Municipalidad Distrital de Lagunas dentro de su plan de trabajo gestión 2003-2006 ha decidido implantar elMargesí de Bienes Municipales en cumplimiento al Art. 57ºde la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, para locual se requiere formular el Saneamiento Técnico, Legal y Contable de sus bienes inmuebles, permitiéndole de esta manera obtener la seguridad jurídica; Que, el Art. 191º de la Constitución Política del Estado dispone que las Municipalidades tienen autonomía Políti-ca, Económica y Administrativa en los asuntos de su com-petencia; Que, de conformidad con el Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, Artículo I.- GO- BIERNOS LOCALES y Artículo II.- AUTONOMÍA Los go- biernos locales son entidades básicas de la organizaciónterritorial del Estado y canales inmediatos de participa-ción vecinal en los asuntos públicos, gozan de autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia. Disposición que es concordante con el Art.200º inciso 4) de la Constitución Política del Estado; Que, mediante Ley Nº 27493, Ley de Saneamiento Fí- sico Legal de las Entidades del Sector público, hace exten-siva la Ley Nº 26512 a todos los organismos e institucio-nes del Sector Público;