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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G39/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 20 de agosto de 2004 Estando a lo expuesto y, a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y en uso de las atribuciones conferi-das en el Artículo 11º de la Ley Orgánica del Registro Na-cional de Identificación y Estado Civil Ley Nº 26497 y en elArtículo 11º inciso h) del Reglamento de Organización yFunciones de la Institución aprobado mediante ResoluciónJefatural Nº 530-2003-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear dentro de la estructura orgáni- ca del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, laSubgerencia de Administración Documentaria y Archivo,como órgano dependiente de la Secretaría General, cuyafunción principal será la de dirigir, orientar y controlar lasactividades archivísticas; de organización y custodia delpatrimonio documental del RENIEC, en coordinación conel Archivo General de la Nación. Artículo Segundo.- Crear dentro de la estructura orgáni- ca del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, laSubgerencia de Estadística, como órgano dependiente de laGerencia de Informática y Estadística, cuya función principalserá la de formular, consolidar, supervisar y evaluar el proce-so estadístico institucional, así como recolectar, procesar ymantener actualizadas las estadísticas correspondientes, encoordinación con las unidades orgánicas del RENIEC y pro-poner la publicación de documentos estadísticos en coordi-nación con las directivas emanadas por el INEI. Artículo Tercero.- Crear dentro de la estructura orgáni- ca del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, laSubgerencia de Seguridad Integral, como órgano de apo-yo dependiente de la Jefatura Nacional, cuya función prin-cipal será la de organizar y garantizar la seguridad físicade las instalaciones, equipos, patrimonio en general y,fundamentalmente de los ciudadanos que asisten a los dis-tintos locales que tiene RENIEC así como, de las perso-nas que laboran para la institución; contribuyendo a brin-dar una mejor atención y servicio a los usuarios. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Planifica- ción y Presupuesto, la modificación del Reglamento deOrganización y Funciones de la Entidad, el mismo que con-tendrá las funciones de las nuevas Subgerencias creadas. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 15157 MINISTERIO PÚBLICO RECTIFICACIÓN RESOLUCIÓN Nº 1150-2004-MP-FN En la sumilla correspondiente a la Resolución Nº 1150- 2004-MP-FN, publicada en nuestra edición del 19 de agos-to de 2004, debe rectificarse el término "Civil", por lo quedebe quedar redactada como sigue: "Designan representante alterno del Ministerio Público ante la Comisión Especial de Implementación del CódigoProcesal Penal" 15161 SBS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G73/G65/G67/G75/G72/G6F/G20/G43/G6F/G6D/G70/G61/GF1/GED/G61/G20/G64/G65 /G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G64/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G2D /G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E /G42/G6F/G72/G6A/G61/G20/G79/G20/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1365-2004 Lima, 11 de agosto de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por INTERSEGURO COMPA- ÑÍA DE SEGUROS DE VIDA S.A., para que se le autoricela apertura de dos Oficinas Especiales ubicadas en el inte- rior de Boticas Arcángel y cuyas direcciones exactas son: Av. San Luis Nº 1993, San Borja; Av. José Larco Nº 467, Miraflores; CONSIDERANDO: Que, en aplicación del numeral 3.1.1 de la Circular Nº S-0609-2004 la empresa solicitante ha cumplido con co-municar previamente a esta Superintendencia la aperturade sus Oficinas Especiales; Estando a lo informado por el Departamento de Análi- sis y Supervisión del Sistema de Seguros "B", medianteInforme Nº 091-2004-ISB; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros y sus modificatorias, la Circular Nº S-0609-2004; y, en virtud de la facultad delegada por Resolu-ción SBS Nº 003-98 de fecha 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a INTERSEGURO COMPA- ÑÍA DE SEGUROS DE VIDA S.A., la apertura de dos Ofi-cinas Especiales ubicadas dentro de Boticas Arcángel en: Av. San Luis Nº 1993, San Borja; Av. José Larco Nº 467, Miraflores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 15136 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G66/G6F/G6E/G2D /G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G64/G6F/G20/G43/G72/G65/G64/G69/G66/G6F/G6E/G64/G6F/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G6D/G6F/G62/G69/G6C/G69/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN CONASEV Nº 081-2004-EF/94.10 Lima, 13 de agosto de 2004 VISTOS: El Expediente Nº 2004006213 y el Informe Nº 268-2004- EF/94.55 de fecha 5 de agosto de 2004, presentado por laGerencia de Intermediarios y Fondos, con la opinión favo-rable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º inciso a) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica deCONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, corres-ponde a esta Institución estudiar, promover y reglamentar elmercado de valores, así como controlar a las personas na-turales y jurídicas que intervienen en dicho mercado; Que, mediante Resolución CONASEV Nº 621-97-EF/ 94.10 de fecha 15 de octubre de 1997, se autorizó el funcio-namiento de Credifondo S.A. Sociedad Administradora deFondos para administrar fondos de inversión y se dispuso lainscripción del fondo de inversión denominado Credifondo -GME Fondo de Inversión Inmobiliario, hoy Credifondo Fon-do de Inversión Inmobiliario, en la sección correspondientedel Registro Público del Mercado de Valores; Que, el artículo 70º del Reglamento de Fondos de In- versión y sus Sociedades Administradoras, aprobado porResolución CONASEV Nº 042-2003-EF/94.10, estableceque la reducción de capital de los fondos de inversión, debeser inscrita en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, con fechas 27 de febrero y 26 de julio de 2004, Credifondo S.A. Sociedad Administradora de Fondos soli-