Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2004 (20/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, viernes 20 de agosto de 2004
EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS

NORMAS LEGALES

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VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 5 de agosto del 2004, el Informe Nº 027-2004-OF-CAVG-SGDCGM/MC, relacionado con la Inspeccion Tecnica de Defensa Civil, en la Margen Izquierda del Rio Chillon, correspondiente al distrito de Comas, comprendido entre los puntos de los limites de los distritos de Carabayllo (Chancadora), hasta el limite con el distrito de Los MORDAZA y MORDAZA MORDAZA (Puente Vehicular de la Av. Panamericana Norte); y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible, armonico y saludable de su circunscripcion; Que, de conformidad con el Articulo 80º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales, en coordinacion con los organismos regionales y nacionales pertinentes, tienen funciones especificas, exclusivas y compartidas en materia de saneamiento, salubridad y salud; Que, en tal virtud la Municipalidad de Comas a traves de la Subgerencia de Defensa Civil ha realizado la Inspeccion Tecnica Basica de Oficio de Seguridad en Defensa Civil a lo largo de la margen izquierda del rio Chillon jurisdiccion de Comas, plasmado en el Informe del Visto, a fin de determinar el riesgo por las deficiencias en los trabajos de prevencion como los terraplenes existentes o falta de los mismos en algunos tramos, asi como determinar el grado de exposicion al peligro de los asentamientos humanos y areas agricolas en caso de crecida del rio Chillon con posibilidades de desborde o por la colmatacion del lecho del rio, producto del arrojo de desmonte y residuos solidos, de plomo y no biodegradables; llegando a la conclusion ante la presencia de estos peligros que en ningun tramo, se encuentran organizados, ni cuentan con obras de Ingenieria Civil de Defensa Riberena siendo totalmente vulnerables y, desde el punto de Defensa Civil el nivel del riesgo calificado es alto con la probabilidad de ocurrencia de alguna emergencia es inminente; Que, en consideracion de lo MORDAZA vertido se tiene que el problema es integral y como tal es indispensable contar con el apoyo decidido de las Instituciones que integran el Centro de Operaciones de Emergencia Distrital constituido el ano 2002, como SEDAPAL, EDELNOR, Telefonica del Peru S.A.A, INDECI, Ministerios de Salud y Agricultura, Municipalidad de MORDAZA Metropolitana; convocando ademas al Gobierno Regional y Gobiernos Locales que por su jurisdiccion recorra el Rio Chillon; asimismo solicitar al Gobierno Central destine un presupuesto para la ejecucion de las alternativas de solucion integral y definitiva; en salvaguarda de la integridad fisica, MORDAZA y salud de las poblaciones aledanas al Rio Chillon; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobo por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN EMERGENCIA, la margen izquierda del Rio Chillon, jurisdiccion del distrito de Comas, provincia y departamento de MORDAZA, comprendido entre los limites con el distrito de Carabayllo (Chancadora) hasta el limite con el distrito de Los MORDAZA y MORDAZA MORDAZA (puente vehicular de la Av. Panamericana Norte); en base a las consideraciones expuestas en el presente Acuerdo. Articulo Segundo.- ELEVAR, el presente Acuerdo a la Presidencia del Consejo de Ministros para su ratificacion y aprobacion del Estado de Emergencia del lugar senalado en el Articulo Primero. Articulo Tercero.- CONFORMAR UNA COMISION ESPECIAL, integrada por las Comisiones de Desarrollo Ambiental y Participacion Vecinal y Seguridad Ciudadana, a fin de plantear estrategias de solucion al problema actual de la margen izquierda del Rio Chillon, jurisdiccion de Comas; para lo cual convocara a la primera reunion de trabajo el Presidente de la primera Comision nombrada, donde elegiran su Presidente. Articulo Cuarto.- CONVOCAR, a las Instituciones como: SEDAPAL, EDELNOR, INDECI, Telefonica del Peru

S.A.A, Ministerios de Agricultura, Salud, Transportes y Comunicaciones, Vivienda, Construccion y Saneamiento, Gobiernos Regionales de MORDAZA y Callao, Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, asi como a todas las Municipalidades Distritales de MORDAZA por cuya jurisdiccion fluye el caudal del Rio Chillon; por estar involucrados en el tema. Articulo Quinto.- SOLICITAR, al Gobierno Central, destine el Presupuesto correspondiente para hacer frente a la situacion de emergencia con la ejecucion de obras de Ingenieria Civil de Defensa Riberena del Rio Chillon. Articulo Sexto.- COMUNICAR, a la Direccion de Salud Norte-Direccion de Epidemiologia, efectue en la MORDAZA declarada en emergencia las acciones preventivas para evitar epidemias; asimismo solicitarles realicen campanas de Salud. Articulo Septimo.- DISPENSAR, el tramite de lectura y aprobacion del Acta, para que el presente Acuerdo entre en vigencia de inmediato. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15051

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Inician procedimiento disciplinario a ex funcionarios y funcionario de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 200-2004-ALC/MSI
San MORDAZA, 17 de agosto de 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO; el Oficio Nº 004-CPAD-RA167/MSI, de fecha 12 de MORDAZA del 2004, de la Presidenta de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios designada mediante Resolucion de Alcaldia Nº 167-2004-ALC/MSI para que la Autoridad proceda conforme a la normatividad vigente; CONSIDERANDO: Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios es de la opinion de aperturar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Noblecilla MORDAZA, y funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, considerados en el Informe Especial Nº 005-2003-02-2165; Que, estando a la consideracion precedente y de acuerdo con el articulo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90PCM, Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa; y, En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Noblecilla MORDAZA, y funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las consideraciones MORDAZA aludidas. Articulo 2º.- Notifiquese a los ex funcionarios y funcionario procesados para que de acuerdo a las disposiciones legales vigentes efectuen los descargos que les corresponde. Articulo 3º.- Encargar a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios constituida mediante Resolucion de Alcaldia Nº 167-2004-ALC/MSI, ejercer las funciones de acuerdo a la normatividad vigente y luego de ser concluida su labor elevar el informe final al Titular del Pliego para las medidas pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 15155

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