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PÆg. 281468 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo informado en el documento del visto, se ha determinado que es conveniente autorizar elviaje al exterior en Comisión del Servicio del Capitán deFragata Luis Jesús ALBA Landaveri y Teniente Primero Edgardo Martín RAMÍREZ Carbajal, a fin que participen como Inspectores Técnicos en las pruebas de recep-ción de baterías para submarinos, a realizarse en laciudad de Atenas - GRECIA, del 6 al 18 de diciembre del2004; Que, la Empresa Contratista GERMANOS S.A. de Grecia, sufragará los costos de pasajes, alojamiento y alimentación del referido Personal Superior, no irrogandogasto al Tesoro Público; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 dejunio del 2002, los viajes al extranjero que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados me- diante Resolución del Titular del Sector correspondiente;y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior deservidores y funcionarios públicos, su Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modificado con De-creto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de juniodel 2004 y Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sec-tor Público para el Año Fiscal 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comi- sión del Servicio del Capitán de Fragata Luis Jesús ALBALandaveri, CIP. 04826243 y Teniente Primero Edgardo Martín RAMÍREZ Carbajal, CIP. 00948093, a fin que par- ticipen como Inspectores Técnicos en las pruebas derecepción de baterías para submarinos, a realizarse enla ciudad de Atenas - GRECIA, del 4 al 18 de diciembredel 2004. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, dará cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 deenero del 2004. Artículo 3º.- La presente Comisión del Servicio no irrogará gasto alguno al Tesoro Público. Artículo 4º.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización, sin exceder el total de días autoriza-dos. Artículo 5º.- Los citados Oficiales deberán cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del De-creto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de ene- ro del 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 21731 Exoneran a la Marina de Guerra de pro- ceso de selección para la adquisición de un girocompÆs para Unidades Navales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1230-2004-DE/MGP Lima, 26 de noviembre de 2004 El Oficio G.100-0714 del Comandante General de la Marina de fecha 8 de noviembre del 2004, mediante elcual solicita la exoneración del proceso de selección deLicitación Pública Internacional para la adquisición de UN (1) Girocompás SPERRY MK-39, por la causal “Bie- nes que no admiten Sustitutos”.CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú dentro del proce- so de Planeamiento Estratégico para el adecuadofuncionamiento operativo de las Unidades Navales, haestablecido la magnitud y características técnico-opera- cionales específicas que deben cumplir las referidas Unidades Navales que conforman la Escuadra de laMarina de Guerra del Perú, determinándose en virtud deello el requerimiento de UN (01) Girocompás SPERRYMK-39; Que, mediante el Informe Técnico - DIALI-CT-043-04 de fecha 28 de octubre del 2004 se justifica técnicamen- te la necesidad de la adquisición de UN (01) Girocom-pás SPERRY MK-39, como bien que no admite sustituto,por tratarse de un equipo que cumple con los criteriostécnicos fundamentales de intercambiabilidad, compati-bilidad y adaptabilidad al medio naval, además de ofre- cer excelentes características táctico-técnicas de exac- titud y tiempo de puesta en servicio; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1141-2004 DE/MGP de fecha 27 de octubre del 2004 se autorizó elproceso de estandarización para la adquisición de Giro-compases SPERRY, repuestos y derivados, cuyo criterio al ser concurrente con las características de origen de las Unidades Navales tipo Fragatas Misileras de la Mari-na de Guerra del Perú, permitirá su adecuada operativi-dad y consecuente eficiencia; asimismo, se dispuso queel Comandante General de la Marina adopte las accionesorientadas a llevar a cabo el proceso de selección co- rrespondiente, a fin de efectuar las adquisiciones y con- trataciones que se requieran para mantener con equiposestandarizados el uso de los Girocompases SPERRY ins-talados a bordo de las referidas Unidades Navales; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que para atender un requerimiento es factible formular la descripción de los bienes a adquirir precisando unamarca o tipo de producto, siempre que ello responda aun proceso de estandarización, como el formalmenteadoptado por la Marina de Guerra del Perú; Que, mediante Carta de fecha 15 de octubre del 2004, la empresa NORTHROP GRUMMAN SYSTEMS COR- PORATION de los Estados Unidos de América, expresa-mente certifica, que es la única fabricante del Sistema deGiro Inercial SPERRY Marine, modelo MK 39 y modeloMK 29, giróscopos, bienes complementarios y servi-cios, encargándose a exclusividad de la suscripción de los contratos que pudiera suscribir con la MARINA DE GUERRA DEL PERU; Que, el requerimiento de UN (01) Girocompás para Unidades Navales se encuentra considerado en el item05-07-03 del Plan Anual de Contrataciones y Adquisicio-nes de carácter Público de la Marina de Guerra del Perú, correspondiente al Año Fiscal 2004, asignándole un va- lor referencial de UN MILLON CIENTO CINCUENTA MILY 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1’150,000.00), con car-go a la fuente de financiamiento Recursos DirectamenteRecaudados Año Fiscal 2004 de la Marina de Guerra delPerú, cadena del gasto 67.11.51.21.; Que, el inciso (f) del artículo 19º del Texto Único Or- denado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PCM de fecha 12 de febrero del 2001,dispone que están exoneradas de los procesos de Licita-ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, las adquisiciones que se realicen por la causal de “Bie- nes que no admiten sustitutos”; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la citada Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, establece que las adquisiciones o contrataciones aque se refiere la norma del considerando precedente se realizarán mediante el proceso de Adjudicación de Me- nor Cuantía, requiriendo obligatoriamente de un informetécnico-legal previo; asimismo, su inciso (a) dispone quelas exoneraciones se aprobarán mediante Resolucióndel Titular del Pliego de la Entidad; Que, del Informe Legal Nº 003-2004 de fecha 28 de octubre del 2004, formulado de acuerdo a lo establecido por el artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado por el Jefe de laOficina de Asesoría Legal de la Dirección General del