Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (02/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 30

PÆg. 281484 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de diciembre de 2004 gidos en los Procedimientos Nº 19 y Nº 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por De-creto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE por lo que re-sulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extrac- ción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 338-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi, y con la opinión fa-vorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el artículo 34º de suReglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y la Resolu-ción Ministerial Nº 505-98-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Ministerial Nº 503-97-PE en el extremo referido al nombre de laembarcación pesquera, por cambio de nombre de SHEY-LA a TASA 33. Artículo 2º.- Aprobar el cambio del titular de permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 503- 97-PE, modificado por las Resoluciones Directorales Nºs. 045-98-PE/DNE y 431-2003-PRODUCE/DNEPP, a fa-vor de TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A., en losmismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 3º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolución será ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serándestinados al consumo humano directo, o las normas quelo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas porsu incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº003-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementa- do y operativo el medio o el sistema de preservación abordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permi- so de pesca otorgado a ORGULLO DEL MAR S.A.C.por Resolución Directoral Nº 431-2003-PRODUCE/DNE- PP, para operar la embarcación pesquera denominada SHEYLA con matrícula Nº HO-12147-PM. Artículo 5º.- Excluir a la empresa LEON DEL MAR S.A. y la Resolución Directoral Nº 045-98-PE/DNE delAnexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRO-DUCE y del Anexo I, literal A) de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Artículo 6º.- Incorporar a la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., como titular del permiso de pescaotorgado para operar la embarcación pesquera denomi-nada TASA 33, con matrícula Nº HO-12147-PM, así comola presente Resolución al Anexo III de la Resolución Minis- terial Nº 229-2002-PRODUCE y al Anexo I, literal A) de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia delMinisterio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sec-toriales de la Producción del litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de laProducción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA DONGO ARÉVALO Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 21741 Otorgan permiso de pesca a favor de Tecnológica de Alimentos S.A. para operar embarcación pesquera de bande- ra nacional RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 296-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 26 de octubre de 2004Visto el escrito con registro Nº CE-07800003 de fe- cha 1 de octubre de 2004, presentado por la empresaTECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 112-2003-PRO- DUCE/DNEPP de fecha 29 de abril de 2003, se otorgó afavor de la empresa TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A.autorización de incremento de flota vía sustitución de igualcapacidad de bodega de la embarcación pesquera sinies- trada denominada "MARIA HILDA" con matrícula Nº PS- 0609-PM, de 372.00 m3 de capacidad de bodega, para laadquisición de una nueva embarcación pesquera de igualcapacidad de bodega para la extracción de los recursoshidrobiológicos anchoveta y sardina con destino al consu-mo humano indirecto, utilizando para ello redes de cerco con tamaño mínimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.); Que mediante Resolución Directoral Nº 246-2004- PRODUCE/DNEPP de fecha 13 de setiembre del 2004,se modificó la Resolución Directoral Nº 112-2003-PRO-DUCE/DNEPP, por la que se otorgó a TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A. autorización de incremento de flo- ta vía sustitución de los derechos y capacidad de bode-ga de la embarcación pesquera siniestrada "MARIA HIL-DA", para la adquisición de una nueva embarcación pes-quera de 372.00 m3, entendiéndose que su capacidadde bodega ha sido ampliada a 399.31 m3, vía aplicación del saldo de 27.31 m3 de volumen de bodega, reserva- dos por la administración a través de la ResoluciónDirectoral Nº 044-2004-PRODUCE/DNEPP a favor deEMPRESA PESQUERA SAN FERMIN S.A., mantenién-dose los demás términos y condiciones de la autoriza-ción de incremento de flota inicialmente otorgada; Que asimismo, el artículo 2º de la Resolución Directo- ral Nº 246-2004-PRODUCE/DNEPP modifica el artículo1º de la Resolución Directoral Nº 112-2003-PRODUCE/DNEPP, entendiéndose la construcción en lugar de laadquisición como la modalidad de ejecución de la autori-zación de incremento de flota otorgado; Que mediante el escrito del visto, la empresa TEC- NOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A. solicita permiso depesca para operar la embarcación pesquera denomina-da "TASA 43" con matrícula Nº CO-21913-PM, de 399.31m3 de capacidad de bodega, para la extracción de losrecursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, empleando redes de cerco de ½ (13 mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.); Que de acuerdo a lo establecido por los artículos 43º, 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley Generalde Pesca, los permisos de pesca son derechos especí-ficos otorgados por el Ministerio de la Producción, a pla- zo determinado y a nivel nacional, a las personas natu- rales y jurídicas, para el desarrollo de la actividad pes-quera; Que el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 001-2002- PRODUCE del 5 de setiembre del 2002, establece que losrecursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peru- anus) serán destinados al consumo humano directo; Que de la revisión y evaluación a los documentos presentados, se ha verificado que la recurrente ha cum-plido con acreditar los requisitos establecidos por el pro-cedimiento Nº 1 del Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por loque procede otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extrac-ción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 352-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinión fa- vorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y elProcedimiento Nº 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aproba- do por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE;