Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2004 (02/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 2 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Visto; el Oficio Nº 3968-2004-IN-1501, del Director General de Gobierno Interior, solicitando se autorice al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior a iniciar las acciones judiciales correspondientes para lograr la posesion del inmueble en uso de la Subprefectura de la provincia de Oyon; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 069-95MPO, de fecha 24 de octubre de 1995, la Municipalidad de Oyon dono a la Subprefectura de la provincia de Oyon el inmueble ubicado en la esquina del Jr. MORDAZA con el Jr. MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA de Oyon de un area de 180 m², extendiendole asimismo, el Titulo de propiedad del inmueble; Que, en el terreno donde se construyo el local que actualmente ocupa la Subprefectura, no habiendose logrado su inscripcion el titulo de propiedad en los Registros Publicos y consecuentemente en el Margesi de bienes del Ministerio del Interior; Que, segun el articulo 950º del Codigo Civil, la propiedad se adquiere por prescripcion a los cinco anos mediante MORDAZA titulo y buena fe; Que, de conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el D.L. Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa Judicial del Estado, modificado por D.L. Nº 17667; y, Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica y a lo recomendado por la Oficina de Asesoria Legal de la DGGI del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior a interponer la demanda de Prescripcion adquisitiva del inmueble en uso de la Subprefectura de la provincia de Oyon. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior 21677

Que, con escrito de fecha 12JUL2004, la citada empresa interpone Recurso Impugnativo de Apelacion contra la R.D. Nº 1256-2004-IN-1704/1 del 16JUN2004, expresando que la Resolucion que impugna transgrede los principios de legalidad y del debido procedimiento, toda vez que el procedimiento es iniciado mediante oficio y no con resolucion del titular de la entidad; Que, con relacion a los argumentos que dan lugar a la impugnacion formulada por la empresa, que las expresiones que se consignan en el recurso no se ajustan a la verdad ni a ley, toda vez que el procedimiento seguido en el presente expediente se ajusta a las normas sobre el procedimiento sancionador, mas aun que la recurrente en su descargo acepta haber incurrido en las faltas senaladas en la Resolucion que impugna, como que no habia comunicado a la Delegacion DICSCAMEC - Tumbes, de la prestacion de servicios, que los vigilantes inspeccionados, no contaban con licencia para portar arma de fuego y carne de identidad expedido por la DICSCAMEC; no son razon suficiente para infringir la MORDAZA, toda vez que de acuerdo al Art. 90º inciso f) y el Art. 91º inciso j) del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, constituyen infraccion grave, en consecuencia la multa impuesta se encuentra arreglada a ley; Que, el Art. 209º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el Recurso de Apelacion se interpondra cuando la impugnacion se sustente en diferente interpretacion de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho, lo que no se da en el presente caso, toda vez que la recurrente no sustenta en diferente interpretacion de las pruebas producidas que sustente su pedido, motivo por el cual no se encuentra inmersa dentro de los alcances de precitada MORDAZA legal; y, Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; en su Informe Nº 5068-2004-IN-0203 del 2SET2004; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar DESESTIMADO el Recurso de Apelacion interpuesto por la EVP. VIGILANCIA SEGURIDAD NACIONAL S.R.L., contra la Resolucion Directoral Nº 1256-2004-IN-1704/1 del 16JUN2003, dandose por agotada la via administrativa, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior 21676

Desestiman recurso de apelacion contra la R.D. Nº 1256-2004-IN-1704/1, interpuesto por empresa de vigilancia privada
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2499-2004-IN/1701 MORDAZA, 25 de noviembre del 2004 Visto, el Recurso de Apelacion interpuesto por la EVP. VIGILANCIA SEGURIDAD NACIONAL S.R.L., presentada por su representante legal, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la R.D. Nº 1256-2004-IN-1704/1 del 16JUN2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1256-2004IN-1704/1 del 16JUN2004, se impone multa de una y media (1.5) UIT a la EVP. VIGILANCIA SEGURIDAD NACIONAL S.R.L., de conformidad al Art. 95º del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, por haber infringido el Art. 90º inciso f) y Art. 91º inciso j), al permitir que el vigilante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, preste servicio de seguridad privada en las instalaciones del GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES, ubicado en la Av. La MORDAZA Nº 200 - Tumbes, portando el revolver MORDAZA BRYCO, Cal. 380, Serie Nº 970428, sin la correspondiente licencia de posesion y uso para arma de fuego; asimismo se constato que el vigilante MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no contaba con carne de identidad expedido por la DICSCAMEC;

Exoneran de MORDAZA de seleccion correspondiente la contratacion de servicio de elaboracion y evaluacion de pruebas para seleccionar de personal para la DIGEMIN
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2514-2004-IN/0501 MORDAZA, 30 de noviembre del 2004 VISTO, el Oficio Nº 2561-2004-IN/0506, de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del Ministerio del Interior , el Informe Nº 414-2004-IN/0503, de la Oficina de Presupuesto, y el Informe Nº 769-2004-IN/0509 de la Oficina Legal de Asuntos Administrativos, de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0039-2004IN-0501 de fecha 22 de enero de 2004, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio del Interior para el AF-2004, y sus modificatorias;

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