Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2004 (02/12/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 2 de diciembre de 2004
POSTOR NORTH ORIENTAL SA
ITEM CANTIDAD P.U. Ofertado MONTO TOTAL CORRECTO MONTO TOTAL OFERTADO Y ADJUDICADO

NORMAS LEGALES
VALOR REFERENCIAL MINIMO SEGUN BASES 70% 71.47 71.61

Pag. 281481

29 ** 36 *

10 10

7.15 7.16

71.50 71.60

71.47 71.61

POSTOR GUTTEMS S.A.C
ITEM CANTIDAD P.U. Ofertado MONTO TOTAL CORRECTO MONTO TOTAL OFERTADO Y ADJUDICADO VALOR REFERENCIAL MINIMO SEGUN BASES 70% 140.49 266.84 154.06

08 ** 65* 76 **

5 10 6

28.10 26.68 25.68

140.50 266.80 154.08

140.49 266.84 154.06

a).- Los postores han ofertado montos totales que no corresponden al calculo correcto entre la cantidad y precios unitarios que ofertan. Los montos totales correctos se encuentran por debajo del valor referencial minimo establecido en las Bases, por lo que de haberse efectuado una adecuada evaluacion hubieran sido descalificados. (*). b).- Los postores han ofertado montos totales que no corresponden al calculo correcto entre la cantidad y precios unitarios que ofertan. Los montos totales correctos se encuentran por encima del valor referencial minimo establecido en las Bases, por lo que de haberse efectuado una adecuada evaluacion bien pudieron tener una puntuacion diferente a otros postores o de ser similares con la oferta de otras empresas debieron estar sujetos a un MORDAZA de desempate previsto en el articulo 73º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.(**); Que, el literal d) del articulo 59º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que en la evaluacion de las propuestas economicas debe aplicarse el procedimiento establecido para las propuestas tecnicas, salvo en lo referente a las omisiones o errores en los que no cabe subsanacion alguna. Sin perjuicio de ello, en el caso de procesos de seleccion bajo el sistema de precios unitarios el Comite Especial debera verificar la sumatoria de la propuesta de mayor puntaje y de existir alguna incorreccion aritmetica debera corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que corresponda; Que, conforme a la expuesto, no se ha efectuado una adecuada evaluacion de las propuestas economicas de los postores e items senalados anteriormente, inobservandose la MORDAZA senalada en el numeral precedente; Que, el Articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM senala que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el Articulo 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos; Que, el acotado Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala como causales de nulidad del MORDAZA cuando hayan sido dictados por organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible juridico, o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la Resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Que, por otro lado, el articulo 47º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que los funcionarios, servidores y miembros del comite especial que participan en los procesos de adquisicion o contratacion de bienes, servicios y obras son responsables del cumplimiento de las normas de la presente Ley y su Reglamento; Que, teniendo en cuenta que de los fundamentos expuestos se desprenderia inobservancia de la normatividad aplicable es pertinente se dispongan las medidas correctivas disciplinarias a que hubiere lugar; evaluando adecuadamente las actuaciones de los funcionarios y servidores, las circunstancias en que ocurrieron los hechos y la complejidad del proceso; Estando a lo senalado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; Con las visaciones de la Oficina de Administracion, Oficina de Asesoria Juridica y de la Unidad de Logistica y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial Nº 044-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la Nulidad de oficio del acto de otorgamiento de la buena pro correspondiente a

POSTOR INDEL REPRESENTACIONES SRL
ITEM CANTIDAD P.U. Ofertado MONTO TOTAL CORRECTO MONTO TOTAL OFERTADO Y ADJUDICADO VALOR REFERENCIAL MINIMO SEGUN BASES 70% 608.13 3,410.40 820.68 98.00

60 ** 61 ** 82 ** 121 **

25 150 (75) 40 1000

24.33 22.74 20.52 0.10

608.25 3,411.00 820.80 100.00

608.13 3,410.40 (1,705.50) 820.68 98.00

Debe precisarse que el item 61 ingreso a un MORDAZA de desempate; habiendose optado por la modalidad de prorrata, de tal manera que a INDEL REPRESENTACIONES SRL se le adjudico la mitad de lo ofertado. El otro Postor que se le adjudico la otra mitad fue GUTTEMS SAC.
POSTOR MULTISERVIS M&G SRL
ITEM CANTIDAD P.U. Ofertado MONTO TOTAL CORRECTO MONTO TOTAL OFERTADO Y ADJUDICADO VALOR REFERENCIAL MINIMO SEGUN BASES 70% 262.36 160.11 113.68 642.72 231.09 336.42 250.81 216.93 124.88 155.82 74.13 179.03 95.20

46* 62* 63* 73* 74* 89 ** 94* 95* 96* 97* 105* 106* 115*

20 6 5 23 9 108 10 10 10 10 10 15 100

13.11 26.68 22.73 27.94 25.67
31.11/3.11

262.20 160.08 113.65 642.62 231.03
3359.88/335.88

262.36 160.10 113.68 642.71 231.08 336.42 250.81 216.93 124.88 155.82 74.13 179.03 95.20

25.08 21.69 12.48 15.58 7.41 11.93 0.95

250.80 216.90 124.80 155.80 74.10 178.95 95.00

Debe precisarse que segun se desprenderia del item 89, existio un error en la oferta del precio unitario que debio ser S/3.11 y no S/31.11; en todo caso de haber sido asi el monto total correcto resultaria inferior al valor referencial minimo establecido en las bases.
CELEKSA SRL
ITEM CANTIDAD P.U. Ofertado MONTO TOTAL CORRECTO MONTO TOTAL OFERTADO Y ADJUDICADO VALOR REFERENCIAL MINIMO SEGUN BASES 70% 172.88

88 *

72

2.4

172.80

172.87

Que, de los MORDAZA precedentes se presentan las siguientes observaciones:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.