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PÆg. 281485 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de diciembre de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a plazo deter- minado, a favor de TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A.,para operar la embarcación pesquera de bandera nacionaldenominada "TASA 43", con matrícula Nº CO-21913-PM, de 399.31m3 de capacidad de bodega, equipada con red de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.),para la extracción del recurso anchoveta con destino alconsumo humano indirecto y sardina con destino al consu-mo humano directo, en el ámbito del litoral peruano y fuerade las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa. Artículo 2º.- La vigencia del permiso de pesca otorga- do por la presente resolución está supeditada a laoperatividad de la embarcación pesquera, a la realiza-ción de actividad extractiva en el ejercicio previo y alpago por concepto de derechos de pesca conforme a lodispuesto en el artículo 33º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. El incumplimiento del pago parcial o totalde los derechos de pesca en el plazo y condicionesestablecidas determinará la suspensión o caducidad delpermiso de pesca según corresponda, de acuerdo alartículo 43º de la norma antes mencionada. Asimismo, constituye causal de caducidad incrementar la capaci- dad de bodega de la embarcación sin la autorizacióncorrespondiente. Artículo 3º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolución será ejercido conforme a lo dispues-to por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normasque lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previs-tas por su incumplimiento establecidas en el DecretoSupremo Nº 003-2004-PRODUCE. En este supuesto latotalidad de bodegas de la embarcación deben mante- ner implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamien-to es obligatorio. Asimismo debe darse cumplimiento a lapresentación del Certificado de Adecuación de las Di-mensiones de la Red de Cerco Sardinera a que se refie-re la Resolución Ministerial Nº 225-2001-PE. Artículo 4º.- Incluir a la embarcación pesquera "TASA 43" con matrícula Nº CO-21913-PM, así como la pre-sente resolución, en el literal A) del Anexo I de la Reso-lución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y Anexo III dela Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE. Artículo 5º.- Dejar sin efecto la autorización de incre- mento de flota otorgada por la Resolución Directoral Nº 112-2003-PRODUCE/DNEPP, modificada por ResoluciónDirectoral Nº 246-2004-PRODUCE/DNEPP y en conse-cuencia excluirla del Anexo III de la Resolución Ministe-rial Nº 284-2003-PRODUCE. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Directo- ral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilan- cia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regio-nales Sectoriales de la Producción del litoral y a la DirecciónGeneral de Capitanías y Guardacostas del Ministerio deDefensa, y consignarse en el Portal de la Página Web delMinisterio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA DONGO AREVALO Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 21742 Modifican la R.M. N” 524-97-PE y la R.D. N” 140-2003-PRODUCE/DNEPP RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 297-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 27 de octubre de 2004 Visto los escritos de registro Nº CE-01804003 de fechas 7 y 20 de abril, 18 de mayo, 7, 11 y 24 de junio, 22de julio, y 9 de setiembre del 2004, presentados porCONSORCIO MALLA S.A.CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 524-97-PE de fecha 7 de octubre de 1997, se otorgó a CORPORA-CIÓN DEL MAR S.A. permiso de pesca a plazo determi-nado para operar, entre otras, las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominadas GOLON- DRINA de matrícula CO-15310-PM con 305.00 m3 decapacidad de bodega y ROBALO de matrícula CO-14443-PM con 309.46 m3 de capacidad de bodega,ambas con RSW como sistema de preservación a bordoy equipadas con red de cerco de 1½ pulgadas (38 mm.) de longitud mínima de abertura de malla, para la extrac- ción de los recursos hidrobiológicos jurel y caballa condestino al consumo humano directo e indirecto en elámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millasde la costa; Que por Resolución Directoral Nº 223-99-PE/DNE, de fecha 24 de septiembre de 1999, se aprobó a favor de CONSORCIO MALLA S.A. el cambio de titular delpermiso de pesca otorgado por Resolución MinisterialNº 023-95-PE, de fecha 24 de mayo de 1995, modificadoen su titularidad por Resolución Ministerial Nº 152-98-PE, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada POLAR I con matrícula CO-5301- PM, de 403.36 m3 de volumen de bodega, con el empleode redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) de longitudmínima de abertura mínima de malla para la extracciónde recursos hidrobiológicos con destino al consumohumano indirecto en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante Resolución Directoral Nº 140-2003- PRODUCE/DNEPP de fecha 28 de mayo del 2003, sereconoce a favor de CORPORACIÓN DEL MAR S.A.los derechos pesqueros no explícitos contenidos en laResolución Ministerial Nº 524-97-PE, además de los expresamente reconocidos para los recursos jurel y caballa con anterioridad por dicha resolución, autorizan-do el incremento de flota y el consiguiente permiso depesca para operar la embarcación GOLONDRINA conmatrícula Nº CO-15310-PM, de 305 m3 de volumen debodega, en la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indi- recto, con RSW como sistema de preservación a bordo,con el empleo de redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.)y de 1½ pulgadas (38 mm.) de longitud mínima de aber-tura de malla en el ámbito del litoral peruano y fuera delas cinco (5) millas de la costa; Que por Resolución Directoral Nº 439-2003-PRO- DUCE/DNEPP, de fecha 3 de diciembre del 2003, seaprobó a favor de CONSORCIO MALLA S.A. el cambiode titular de la embarcación pesquera ROBALO conmatrícula CO-14443-PM, modificado en el nombre por elde POLAR I mediante Resolución Directoral Nº 210-2000- PE/DNE, dejando sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a CORPORACION DEL MAR S.A., através de la Resolución Ministerial Nº 524-97-PE, paraoperar la citada embarcación ahora denominada PO-LAR I (ex ROBALO); asimismo autorizó el incrementode flota vía sustitución parcial de la capacidad de bode- ga de la embarcación pesquera siniestrada POLAR I con matrícula CO-5301-PM de 403.36 m3, para ser sus-tituidos 375.84 m3 de su capacidad de bodega en laembarcación POLAR I (ex ROBALO) de matrícula CO-14443-PM que actualmente presenta una capacidad debodega de 375.84 m3, con sistema de preservación a bordo RSW; Que por Resolución Directoral Nº 507-2003-PRO- DUCE/DNEPP, de fecha 19 de diciembre del 2003, seaprobó a favor de CONSORCIO MALLA S.A., el cambiode titular del permiso de pesca otorgado a CORPORA-CIÓN DEL MAR S.A. por Resolución Ministerial Nº 524- 97-PE y Resolución Directoral Nº 140-2003-PRODUCE/ DNEPP, para operar la embarcación pesquera GOLON-DRINA, con matrícula CO-15310-PM, de 305 m3 de ca-pacidad de bodega, con sistema de preservación RSW,en los mismos términos y condiciones en que fuera otor-gado; asimismo se otorgó a favor del mismo recurrente la autorización de incremento de flota vía sustitución parcial, para sustituir 63 m3 con acceso a la extracciónde los recursos anchoveta y sardina con destino al con-sumo humano directo e indirecto proveniente de los