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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (02/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 18

PÆg. 281472 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de diciembre de 2004 mo respectivo. La tasa de interés aplicable será la tasa anual que resulte de la tasa LIBOR a seis (6) meses,más un margen de 2,90% anual. Asimismo, se aplicaráuna comisión de compromiso del 0,75% anual sobre lossaldos no desembolsados y una comisión de financia-miento del 1,25% sobre el monto del préstamo. Artículo 2º.- Unidad Ejecutora El Unidad Ejecutora del “Programa de Fortalecimien- to de la Institucionalidad Fiscal y Mejora del Clima deNegocios” será el Ministerio de Economía y Finanzas, através de la Dirección General de Crédito Público. Artículo 3º.- Suscripción de documentos Autorízase al Ministro de Economía y Finanzas, o a quien él designe, a suscribir, en representación de laRepública del Perú, el convenio de préstamo de la ope-ración de endeudamiento externo que se aprueba en el artículo 1º de esta norma legal; así como al Director General de Crédito Público del Ministerio de Economía yFinanzas a suscribir los documentos que se requieranpara implementar la citada operación. Artículo 4º.- Servicio de la deuda El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la operación de endeuda-miento externo que se aprueba en este Decreto Supre-mo, será atendido por el Ministerio de Economía y Fi-nanzas con cargo a las previsiones presupuestales parael servicio de la Deuda Pública. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro deEconomía y Finanzas, y entrará en vigencia el día de supublicación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de diciembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 21863 EDUCACIÓN Autorizan salida temporal de pinturas en acuarela integrantes del Patrimo-nio Cultural de la Nación a Colombia,para realizar exposición denominada"Arte CorogrÆfico del Siglo XIX" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 056-2004-ED Lima, 1 de diciembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 1175-2004-INC/DN cursado por el Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Expediente Nº 71355-2004, el señor Luis Fernando Restrepo Valencia, Subgerente Adminis-trativo del Banco de la República de Colombia, solicitó au-torización para la salida temporal del país de catorce (14)pinturas hechas en técnicas de acuarela sobre papel, inte-grantes del Patrimonio Cultural de la Nación de propiedad del Banco Central de Reserva del Perú, desde el 8 de diciembre del 2004 hasta el 7 de marzo del 2005 pararealizar la exposición denominada "Arte Corográfico delSiglo XIX" que se llevará a cabo en la Biblioteca Luis Arangodel Banco de la República de Colombia;Que, a través de la Carta Nº 646 de fecha 15 de setiembre del 2004, el señor Héctor Quintero Arredondo, Embajador deColombia en el Perú, comunicó el apoyo de su representacióndiplomática para la realización de la exposición en mención; Que, los bienes cuya autorización de salida temporal se solicita están cubiertos contra todo riesgo en la modali- dad de "clavo a clavo", con una cobertura que abarca desde el 1 de noviembre de 2004 al 31 de marzo del 2005,conforme se acredita mediante la Carta de Certificación dela Póliza de Transporte de Obras de Arte Nº 20701 emitidapor la Compañía Royal & Sunalliance, teniendo como be-neficiario al Banco Central de Reserva del Perú; Que, la Subdirección de Investigación, Registro y Ca- talogación del Patrimonio Cultural Mueble Moderno y Con-temporáneo del Instituto Nacional de Cultura, a travésdel Informe Nº 245-2004-INC/SDIRCPCMMC de fecha 1de octubre del 2004, opinó favorablemente respecto dela salida temporal de las catorce (14) piezas integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, propone como comisario de la muestra a don Gerardo SabinoMoreno Arias, historiador de arte; Que, el inciso a) del artículo 34º de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación estableceque en caso excepcional se puede autorizar la salida de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación mediante Resolución Suprema por motivos de exhibicióncon fines científicos, artísticos y culturales; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura cau- telar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación, tanto enel país como en el extranjero, por lo que dicha institución recomienda autorizar la salida temporal del país de los bienes a que se refiere la presente resolución; Que, con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 1725-2004-ME/SG-OAJ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Ley Nº 25762 - Ley Orgánica del Ministe-rio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución y hasta el 10 de marzo de 2005, la salida temporal del país de catorce (14) pinturas hechas en acuarela sobre papel, integrantes del Patrimonio Cultural de laNación de propiedad del Banco Central de Reserva del Perú,para realizar la exposición denominada "Arte Corográfico delSiglo XIX" la que se llevará a cabo desde el 8 de diciembre del2004 hasta el 7 de marzo del 2005 en la Biblioteca Luis Arango del Banco de la República de Colombia. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verificar las características,estado de conservación y autenticidad de los bienes cultu-rales a que se refiere la presente resolución, durante sutraslado, permanencia fuera del país y retorno. Artículo 3º.- Designar como comisario de la exposición al Sr. Gerardo Sabino Moreno Arias, quien cumplirá la laborde verificación del estado de conservación, embalajes, tras-lados, desembalajes, montaje, exhibición, desmontaje y re-torno de las catorce (14) pinturas a las que se refiere lapresente resolución; debiendo informar sobre tales accio- nes a la Subdirección de Investigación, Registro y Cataloga- ción del Patrimonio Cultural Mueble Moderno y Contemporá-neo del Instituto Nacional de Cultura. Los gastos que ocasionen el viaje, estadía, alojamiento, viáticos, póliza de seguro de vida, impuestos de aeropuerto,movilidad local y visa de comisario designada serán íntegra- mente asumidos por la entidad organizadora de la exposi- ción. Artículo 4º.- Los gastos que se deriven del embalaje, fletes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que seorigine por la salida y retorno de los bienes culturales a quese refiere la presente resolución serán íntegramente cubier- tos por la entidad organizadora de la exposición. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación