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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (02/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 29

PÆg. 281483 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de diciembre de 2004 Declaran inadmisible recurso de apela- ción interpuesto contra la R.D. N” 240-2004-PRODUCE/DNEPP RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 031-2004-PRODUCE/DVM-PE Lima, 19 de noviembre del 2004 Visto el escrito con registro Nº 00384002, a través del cual los señores CESAR JOSE MIGUEL INURRITE- GUI EGUREN y ESTHER INES BERNAL BERNAL,interponen recurso de apelación contra la ResoluciónDirectoral Nº 240-2004-PRODUCE/DNEPP de fecha 24de agosto de 2004. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 240-2004- PRODUCE/DNEPP de fecha 24 de agosto de 2004, sedeclaró improcedente la solicitud de corrección de ca-pacidad de bodega de la embarcación pesquera "DONROLO I" con matrícula Nº PL-19884-CM solicitada porlos señores CESAR JOSÉ MIGUEL INURRITEGUI EGUREN y ESTHER INÉS BERNAL BERNAL; Que a través de la Notificación Nº 007-2004-PRODU- CE/DNEPP, se notificó el 1 de setiembre de 2004, laResolución Directoral Nº 240-2004-PRODUCE/DNEPP,dándose el plazo de quince (15) días hábiles para quelos recurrentes presenten su recurso impugnativo de acuerdo a lo establecido en el artículo 207º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que mediante escrito del visto, los señores CESAR JOSE MIGUEL INURRITEGUI EGUREN y ESTHERINÉS BERNAL BERNAL, interponen recurso de apela-ción contra la Resolución Directoral Nº 240-2004-PRO- DUCE/DNEPP, donde alegan que su solicitud no ha implicado un incremento de flota de la embarcación pes-quera "DON ROLO I" en ningún momento, sino, única-mente ha habido una determinación inicial basada enuna información distinta a la oficial, como sería: i) Ladeclaración jurada presentada por el señor JULIO AN- TONIO RUBIO URBINA, armador originario de la em- barcación pesquera "DON ROLO I"; situación diferenteal requerimiento que se plantea con la solicitud de losrecurrentes al amparo de: i) Certificado Nacional de Ar-queo emitido por la Dirección General de Capitanías yGuardacostas de fecha 21 de noviembre de 1997; y ii) Contrato de Compraventa suscrito con fecha 20 de mayo de 2000, fecha anterior al permiso de pesca otorgado alseñor JULIO ANTONIO RUBIO URBINA; Que la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Adminis- trativo General, en su artículo 207º numeral 207.2 seña-la que: "El término para la interposición de los recursos es de quince (15) días perentorios, y deberán resol- verse en el plazo de treinta (30) días"; Que mediante escrito del visto, los señores CESAR JOSE MIGUEL INURRITEGUI EGUREN y ESTHERINÉS BERNAL BERNAL, interponen recurso de apela-ción con fecha 27 de setiembre de 2004, por lo tanto, dicho recurso se considera presentado fuera del plazo señalado en el artículo 207º numeral 207.2 de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,puesto que el plazo venció el 22 de setiembre de 2004; Que en este sentido, el recurso de apelación inter- puesto por los señores CESAR JOSE MIGUEL INURRITEGUI EGUREN y ESTHER INÉS BERNAL BERNAL con fecha 27 de setiembre de 2004, devieneen inadmisible por extemporáneo; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo Gene- ral, y con la opinión favorable de la Oficina General deAsesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas a través del artí- culo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal m) del artículo 12º del Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Ministerio de la Producción, aproba-do por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y sumodificatoria;SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar INADMISIBLE por extem- poráneo, el recurso de apelación interpuesto por losseñores CESAR JOSE MIGUEL INURRITEGUI EGU-REN y ESTHER INÉS BERNAL BERNAL, contra la Re- solución Directoral Nº 240-2004-PRODUCE/DNEPP de fecha 24 de agosto de 2004, respecto a la embarcaciónpesquera "DON ROLO I", por las razones expuestas enla parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO JIMÉNEZ MORALES Viceministro de Pesquería 21740 Modifican la R.M. N” 503-97-PE en el extremo referido al nombre de embarca- ción pesquera RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 295-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 26 de octubre de 2004 Visto el expediente con escrito Nº CE-06745003 de fecha 27 de agosto del 2004, presentado por TECNOLÓ-GICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde. La transferencia de lapropiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras debandera nacional durante la vigencia del permiso de pescaconlleva la transferencia de dicho permiso en los mismostérminos y condiciones en que se otorgaron; Que por Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, se estableció que los recursos sardina, jurel y caballaserán destinados al consumo humano directo; Que mediante Resolución Ministerial Nº 503-97-PE del 3 de octubre de 1997, se otorgó permiso de pesca alos señores TEOFILO BLAS CHANGANA BAZALAR y ELIZABETH CAVERO RAMOS para operar la embarca- ción pesquera SHEYLA con matrícula Nº HO-12147-PMcon 316.69 m 3 de capacidad de bodega, para la extrac- ción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardi-na con destino al consumo humano indirecto, en el ám-bito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que por Resolución Directoral Nº 045-98-PE/DNE del 26 de febrero de 1998, se autorizó a la empresaLEON DEL MAR S.A el cambio del titular del permiso depesca otorgado por la Resolución Ministerial citada en el considerando anterior para operar la embarcación pes- quera SHEYLA, en los mismos términos y condicionesen que fue otorgado; Que por medio de la Resolución Directoral Nº 431- 2003-PRODUCE/DNEPP del 27 de noviembre de 2003se aprobó a favor de la empresa ORGULLO DEL MAR S.A.C., el cambio del titular del permiso de pesca otorga- do y modificado por las Resoluciones citadas en losconsiderandos precedentes; Que mediante el escrito del visto la empresa TECNO- LOGICA DE ALIMENTOS S.A., solicita el cambio deltitular del permiso de pesca otorgado por Resolución Nº 045-98-PE/DNE, a su favor, en su condición de posee- dora de la embarcación pesquera SHEYLA, asimismo lamodificación de la mencionada Resolución por cambiode nombre de la embarcación pesquera por el de TASA33 y se consigne a su empresa como titular del permisode pesca en las Resoluciones Ministeriales Nºs. 229- 2002-PRODUCE y 284-2003-PRODUCE; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que larecurrente ha cumplido con presentar los requisitos exi-