Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2004 (02/12/2004)


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VISTOS:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de diciembre de 2004

CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion Permanentes: a) Petroleo y derivados. Combustibles liquidos, b) Cementos, Cales y Yesos, c) Tubos, Valvulas y Accesorios de Material Plastico para el Transporte de Fluidos, d) Seguridad contra Incendios, e) Evaluacion de la conformidad, f) Cuero, Calzado y derivados, g) Bebidas Alcoholicas, h) Ingenieria de Software y Sistemas de Informacion, i) Unidades de Albanileria y j) Conductores electricos; de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion citados, presentaron Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Petroleo y derivados. Combustibles liquidos, 2 PNTP, el 21 de MORDAZA del 2004. b) Cementos, Cales y Yesos, 1 PNTP, el 25 de junio del 2004. c) Tubos, Valvulas y Accesorios de Material Plastico para el Transporte de Fluidos, 2 PNTP, el 30 de junio del 2004. d) Seguridad contra Incendios, 1 PNTP, el 30 de junio del 2004. e) Evaluacion de la Conformidad, 2 PNTP, el 30 de junio y el 23 de agosto del 2004. f) Cuero, Calzado y derivados, 5 PNTP, el 30 de junio del 2004. g) Bebidas Alcoholicas, 4 PNTP, el 15 de MORDAZA del 2004. h) Ingenieria de Software y Sistemas de Informacion, 1 PNTP, el 27 de MORDAZA del 2004. i) Unidades de Albanileria, 2 PNTP, el 2 de agosto del 2004. j) Conductores electricos, 1 PNTP, el 3 de setiembre del 2004. Los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas. Los indicados en los acapites e), h) y j) fueron elaborados mediante el Sistema de Adopcion y sometidos a Discusion Publica por un periodo de treinta dias calendario, los mencionados en el acapite e) y j) a partir del 1 de octubre del 2004 y el restante a partir del 7 de octubre del 2004. Por su parte, los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas indicados en los acapites a), b), c), d), f), g) y i), fueron elaborados mediante el Sistema Ordinario y sometidos a Discusion Publica por un periodo de sesenta dias calendario, a partir del 13 de setiembre del 2004; Que, no habiendose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo su aprobacion como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el

La Ley Nº 28399, Ley que modifica los articulos 2º y 3º de la Ley Nº 28150 - Ley que crea la Comision Revisora de la Legislacion sobre Comunidades Campesinas y Comunidades Nativas, y el Oficio Nº 112-2004/PAV-CERLCCN de fecha 29 de noviembre de 2004 remitido por la Congresista MORDAZA Arpasi MORDAZA solicitando la designacion de los representantes, Titular y Alterno, del Consejo Nacional de Descentralizacion en la citada Comision; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28150, Ley que crea la Comision Revisora de la Legislacion sobre Comunidades Campesinas y Comunidades Nativas, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de enero de 2004, se constituyo una Comision Especial encargada de revisar la legislacion sobre Comunidades Campesinas y Comunidades Nativas, a fin de elaborar un "Anteproyecto de Ley de Comunidades Campesinas y Nativas"; Que, el articulo 3º de la acotada Ley Nº 28150 establecio la conformacion de la Comision Especial a que se refiere el considerando anterior, la misma que ha quedado modificada por el articulo 2º de la Ley Nº 28399 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de noviembre de 2004, en el extremo de incorporar, entre otros, a un representante del Consejo Nacional de Descentralizacion; Que, mediante Oficio Nº 112-2004/PAV-CERLCCN de fecha 29 de noviembre de 2004, la Congresista MORDAZA Arpasi MORDAZA, Presidenta de la Comision Especial, solicita que el Consejo Nacional de Descentralizacion designe a su representante Titular, y a un Alterno, ante la MORDAZA citada Comision; Que, en tal sentido, resulta necesario proceder a la designacion de las personas que representaran al Consejo Nacional de Descentralizacion ante la Comision Especial encargada de revisar la legislacion sobre Comunidades Campesinas y Comunidades Nativas, a fin de que elabore un "Anteproyecto de Ley de Comunidades Campesinas y Nativas"; y, De conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 28150 modificada por la Ley Nº 28399 y en uso de las facultades conferidas por el articulo 16º de la Resolucion Presidencial Nº 042-CND-P-2003, Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional de Descentralizacion; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA, como representante Titular, y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante Alterno, del Consejo Nacional de Descentralizacion ante la Comision Especial constituida por el articulo 3º de la Ley Nº 28150, Ley que crea la Comision Revisora de la Legislacion sobre Comunidades Campesinas y Comunidades Nativas, modificado por el articulo 2º de la Ley Nº 28399. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente 21820

INDECOPI
Aprueban 21 Normas Tecnicas Peruanas referentes a petroleo, cales, calzado, cuero, bebida alcoholicas y otros
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0123-2004/CRT-INDECOPI MORDAZA, 18 de noviembre de 2004

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