Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2004 (02/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de diciembre de 2004

Que, la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante resolucion de veintiuno de junio de dos mil cuatro, declaro fundada la accion de MORDAZA, seguida por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el Consejo Nacional de la Magistratura, recaida en el Expediente numero 1055-2004; y en consecuencia, inaplicable al demandante la Resolucion Administrativa numero 037-2003-PCNM, de veintidos de MORDAZA de dos mil tres; procediendose a su reincorporacion en el cargo de Vocal Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, de conformidad con el articulo 2º de la Ley numero 27433, habiendo recobrado plena vigencia el titulo original que le fuera otorgado mediante Resolucion Suprema numero 168-83-JUS, de diez de MORDAZA de mil novecientos ochenta y tres; Que, el Juez del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, a traves de la Resolucion numero veinte, de diecisiete de setiembre de dos mil cuatro, requiere al Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cumplir con declarar que el titulo de magistrado otorgado a favor del accionante ha recobrado vigencia y proceda a la reincorporacion del demandante, en el cargo de Vocal Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, de conformidad con el articulo 2º de la Ley numero 27433; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura, mediante Resolucion numero 255-2004-CNM, de veintiseis de agosto del ano en curso, declara que el titulo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha recobrado vigencia;

Que, MORDAZA a la Resolucion Administrativa numero 320-2004-P-CSJL/PJ, de siete de setiembre de dos mil cuatro, expedida por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se dispone, entre otros, la reincorporacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima; por lo que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesion de dieciocho de noviembre de dos mil cuatro, acordo por unanimidad, tener por reincorporado al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima; de modo que, en cumplimiento a dicho acuerdo y de conformidad con las facultades conferidas por el articulo 37º incisos b) y e) de la Ley numero 26397 -Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Tener por reincorporado al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima. Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 21761

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

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