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PÆg. 281502 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante resolución de veintiuno dejunio de dos mil cuatro, declaró fundada la acción deamparo, seguida por el doctor Pedro Horacio Ortiz Por- tilla, contra el Consejo Nacional de la Magistratura, re- caída en el Expediente número 1055-2004; y en conse-cuencia, inaplicable al demandante la Resolución Admi-nistrativa número 037-2003-PCNM, de veintidós de mayode dos mil tres; procediéndose a su reincorporación enel cargo de Vocal Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, de conformidad con el artículo 2º de la Ley número 27433, habiendo recobrado plena vigenciael título original que le fuera otorgado mediante Resolu-ción Suprema número 168-83-JUS, de diez de mayo demil novecientos ochenta y tres; Que, el Juez del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, a través de la Resolución número veinte, de diecisiete de setiembre de dos mil cuatro, requiere alConsejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cum-plir con declarar que el título de magistrado otorgado afavor del accionante ha recobrado vigencia y proceda ala reincorporación del demandante, en el cargo de Vocal Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, de conformidad con el artículo 2º de la Ley número 27433; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura, me- diante Resolución número 255-2004-CNM, de veintiséisde agosto del año en curso, declara que el título de VocalTitular de la Corte Superior de Justicia de Lima, otorgado a favor del doctor Pedro Horacio Ortiz Portilla, ha reco- brado vigencia;Que, merced a la Resolución Administrativa nú- mero 320-2004-P-CSJL/PJ, de siete de setiembre dedos mil cuatro, expedida por el Presidente de la Cor-te Superior de Justicia de Lima, se dispone, entreotros, la reincorporación del doctor Pedro HoracioOrtiz Portilla, como Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima; por lo que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesión de dieciochode noviembre de dos mil cuatro, acordó por unanimi-dad, tener por reincorporado al doctor Pedro HoracioOrtiz Portilla, como Vocal Titular de la Corte Superiorde Justicia de Lima; de modo que, en cumplimiento a dicho acuerdo y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 37º incisos b) y e) de la Leynúmero 26397 -Ley Orgánica del Consejo Nacionalde la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Tener por reincorporado al doctor PEDRO HORACIO ORTIZ PORTILLA, como Vocal Titular de laCorte Superior de Justicia de Lima. Segundo.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL CABALLERO CISNEROS Presidente 21761 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU