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PÆg. 281681 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de diciembre de 2004 Se puede conformar lotes mixtos, es decir lotes con más de una especie, siempre que cuente con autoriza-ción del SENASA. Lugar de destino final: Esta referido al lugar geo- gráfico del país de destino considerado como punto finalde llegada del envío exportado. Tamaño de lote: El usuario será el que determina el tamaño del lote, no existe regulaciones sobre mínimos o máximos. Muestra: Aquella mercancía que únicamente tiene por finalidad demostrar sus características y que care-ce de valor comercial por sí misma. Plaga: Cualquier especie, raza o biotipo vegetal o animal, o agente patógeno dañino para las plantas oproductos vegetales. Productos vegetales: Materiales no manufactura- dos de origen vegetal (comprendidos los granos) y aque- llos productos manufacturados que por su naturaleza o por su elaboración pueden crear un riesgo de introduc-ción y diseminación de plagas. Precinto de seguridad: Objeto de plástico o metal que mantiene cerrado un medio de transporte o unida las ligaduras que contienen un encarpado, y que no pue- de abrirse sin romperlo. Punto de ingreso o desembarque: Lugar por don- de ingresa el envío en el país de destino, el cual puede ono descargarse. Reglamentación fitosanitaria: Norma oficial para prevenir la introducción y/o diseminación de plagas me-diante la reglamentación de la producción, movimiento oexistencia de productos básicos u otros artículos, o laactividad normal de personas, y a través del estableci- miento de procedimientos para la certificación fitosanita- ria. Terminales de Almacenamiento Autorizados: Al- macenes destinados a depositar la carga materia deembarque o desembarque, transportada por vía aérea, marítima, terrestre, fluvial y/o lacustre. Deberán ser con- siderados para todos los efectos, como una extensiónde la zona primaria de la jurisdicción aduanera a la quepertenecen, por tanto en ella se podrán recibir y despa-char las mercancías que serán objeto de los regímenesy operaciones aduaneras que establece la Ley General de Aduanas. Tratamiento: Procedimiento fitosanitario autorizado oficialmente para matar, eliminar o esterilizar plagas. Trazabilidad: Capacidad para identificar el origen del producto, desde su producción hasta el final de la cadena de comercialización. 21932 Aprueban alquiler de maquinaria agrí- cola y adquisición de semilla de avenaforrajera en el marco del Proyecto "In-cremento productivo de los pastizalesen las zonas expuestas al fenómeno de heladas - PL-480" CONSEJO NACIONAL DE CAMÉLIDOS SUDAMERICANOS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 307-2004-AG-CONACS Lima, 26 de noviembre de 2004 VISTO: El Informe Técnico Nº 009-2004-AG/CONACS/PCD de noviembre del 2004, el Oficio Nº 535-2004-AG-CO-NACS/PCD del Jefe del Programa de Camélidos Do-mésticos del CONACS, así como el Informe Nº 86-2004- AG-CONACS/OAJ, del Director General de AsesoríaJurídica del CONACS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-92-AG, se creó el Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos- CONACS, como Organismo Público Descentralizadodependiente del Ministerio de Agricultura, con persone- ría jurídica de derecho público interno y autonomía téc- nica, administrativa, económica y financiera, constitu-yendo un Pliego Presupuestal del Sector Agricultura; Que, el Informe Técnico Nº 009-2004-AG-CONACS/ PCD de noviembre de 2004 para la contratación de losservicios de una empresa y/o institución que disponga de maquinaria agrícola y una empresa y/o institución que disponga de semilla de avena forrajera en el marcodel proyecto “Incremento productivo de los pastizalesen las zonas expuestas al fenómeno de heladas - PL -480”, elaborado por el Programa de Camélidos Domés-ticos del CONACS ha señalado que es necesario garan- tizar la inmediata disponibilidad en tractores de las Di- recciones Regionales Agrarias (DRA’s) en número ypotencia requeridas, por la urgencia de la preparacióndel terreno antes del inicio de las lluvias en las regionesde Puno, Cusco, Arequipa, Apurímac, Ayacucho, Huan-cavelica, Moquegua y Tacna, para garantizar la siembra en las 245 hectáreas en las regiones involucradas, asi- mismo es necesario adquirir en el breve plazo la semillade avena forrajera de las estaciones experimentales delInstituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria -INIEA, porque garantizan los resultados esperados, dadoque ya ha sido probado por los productores con éxito, en las regiones involucradas y por que poseen la dispo- nibilidad inmediata de manera simultanea; Que, si bien es cierto el proyecto “Incremento pro- ductivo de los pastizales en las zonas expuestas al fe-nómeno de heladas - PL - 480” es de carácter netamen-te preventivo, se requiere que se declare la exoneración de las contrataciones por ser técnicamente idónea y más viable contratar con las entidades del Estado (DRA’s,INIEA), porque ellas garantizan la calidad del producto,la inmediata disponibilidad y la entrega en el más breveplazo, en las regiones de acción del proyecto, siendo asímás viable la adquisición; Que, el artículo 19º inciso a) del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del esta-do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,establece que están exonerados de los procesos deLicitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Di-recta, las Adquisiciones y Contrataciones que se reali- cen entre Entidades del Sector Público de acuerdo a los criterios de economía que establezca el reglamento; Que, mediante inciso a) del artículo 20º de la misma norma legal, concordante con los Artículos 105º y 116ºde su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº013-2001-PCM, prescribe que las adquisiciones y con- trataciones a que se refiere el Artículo 19º de la Ley, se realizarán mediante el proceso de adjudicación de Me-nor Cuantía, siendo la exoneración aprobada por Reso-lución del Titular del Pliego; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica del CONACS mediante Informe Nº 86-2004-AG-CONACS/OAJ, opina favorablemente para la exoneración del proceso de ad- judicación directa selectiva por la vía de menor cuantía,para cada caso justificándose técnicamente que la con-tratación de servicios de alquiler de maquinaria agrícolaa una entidad del Estado (Direcciones Agrarias Regio-nales), se deberá realizar en el más breve plazo posible y por el monto de S/. 69,330.00 (Sesenta y nueve Mil trescientos treinta y 00/100 nuevos soles) así como parala adquisición de la semilla de avena forrajera (INIEA)cuyo monto asciende a S/. 111,436.88 (Ciento Once milcuatrocientos treinta y seis y 88/100 nuevos soles); Que, siendo los procesos exonerados de la Adjudi- cación Directa Selectiva, se procederá a contratarlos mediante una Adjudicación de Menor Cuantía en razón aque el valor referencial de la adquisiciones de contingen-cia se encuentra dentro del rango previsto en la Ley dePresupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2004- Ley Nº 28128, es decir es inferior a los 150,000 Nue- vos Soles; Que, en mérito a los hechos expuestos y conclusio- nes de los órganos pertinentes del CONACS, a que serefieren los Informes precedentes, se estima que la si-