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PÆg. 281648 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de diciembre de 2004 señores congresistas y del Servicio Parlamentario, de manera general y automática, en el período de Suspen-sión Obligatoria de Actividades. 2.2. Para la programación automática se tomará, en primer lugar, los días pendientes de goce vacacional y luego, los días de vacaciones correspondientes al año 2005. 2.3. La Dirección de Recursos Humanos publicará un reporte general de vacaciones para efectos de laProgramación Obligatoria de los Saldos Pendientes en-tre el 4 de enero y el 28 de febrero de 2005. Todos los jefes deberán presentar dicha programación antes del 11 de diciembre de 2004, bajo responsabilidad. 2.4. Para la Programación Obligatoria de Saldos Va- cacionales podrá adelantarse el total de las vacacionespor generarse hasta el 31 de marzo de 2005 y hasta unmáximo de 15 días correspondientes al descanso vaca- cional por generarse después del 1 de abril de 2005. 2.5. Dentro del período de Suspensión Obligatoria de Actividades se declaran inhábiles los días comprendidosentre el 20 de diciembre de 2004 y el 3 de enero de 2005;por consiguiente, no se realizarán actos parlamentariosni administrativos. La Oficialía Mayor y la Dirección Ge- neral de Administración se avocarán a ejecutar un pro- grama general de mantenimiento y refacción de todos loslocales del Congreso de la República. Se exceptúa de lo señalado en el párrafo anterior, los procesos que se generen por la presentación, durante esteintervalo, de solicitudes de levantamiento de arresto e inmu- nidad que formule la Corte Suprema de Justicia y la convoca- toria, por el Presidente de la República, a sesiones extraordi-narias del Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el inciso6) del Artículo 118º de la Constitución Política. También estáncomprendidos en esta excepción los procesos de adquisi-ciones y contrataciones de bienes, servicios y obras que se realizarán al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo N° 012-2001-PCM y su Reglamento. 2.6. Antes del 6 de diciembre de 2004, la Oficialía Mayor, en coordinación con la Dirección General deAdministración, presentará a la Mesa Directiva el pro- grama de mantenimiento y refacción de locales del Con- greso, así como el personal necesario para atender losservicios mínimos indispensables. 2.7. Se considerarán como únicas excepciones a la programación, durante el período de suspensión obliga-toria de actividades, al personal de seguridad y limpieza, que deberán establecer turnos rotativos para cumplir sus obligaciones y agotar igualmente, sus saldos de descansovacacional generados en el período de programación obliga-toria; así como el personal administrativo designado paracumplir con obligaciones del Congreso sujetas a términolegal u otros casos excepcionales, debidamente autoriza- dos por la Dirección General de Administración. 2.8. El congresista que requiera la suspensión excep- cional del descanso del personal de confianza a su cargo,durante el período de Suspensión Obligatoria de Activi-dades, por labores programadas fuera del recinto parlamen-tario, deberá solicitarlo anticipadamente, indicando en el mismo documento las fechas sustitutorias en que dicho personal hará uso del descanso obligatorio de 15 días,entre el 4 de enero y el 28 de febrero de 2005. No seadmitirán suspensiones que no cumplan esta condición, niregularizaciones posteriores al 28 de febrero de 2005. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República 22035 PODER EJECUTIVO P C M Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales a presuntos responsablesde delito contra la función jurisdiccio-nal en agravio del CONSUCODE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 374-2004-PCM Lima, 29 de noviembre de 2004Visto, el Oficio Nº 904-2004(PRE) del Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado - CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Resolución Nº 193-2004- CONSUCODE/PRE del Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSU- CODE, se pronuncia por el inicio de las acciones penalescorrespondientes contra el señor Alfonso SeverianoQuispe Salazar, representante legal de la empresa CO-NASSA S.R.L., por la presunta comisión del delito contrala función jurisdiccional (falsa declaración en procedi- miento administrativo), en agravio del CONSUCODE, resultando pertinente autorizar al Procurador Público acargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Con-sejo de Ministros para que interponga las acciones judi-ciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Es- tado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el DecretoLegislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por laLey Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Admi-nistrativo General, el Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo deMinistros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Mi-nistros para que, en representación y defensa de los intere-ses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales co- rrespondientes contra el señor Alfonso Severiano Quispe Salazar, representante legal de la empresa CONASSAS.R.L., por los hechos señalados en la Resolución Nº 193-2004-CONSUCODE/PRE, de conformidad con lo dispues-to en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presiden- cia del Consejo de Ministros, para los fines a que secontrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 21794 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 376-2004-PCM Lima, 29 de noviembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 904-2004(PRE) del Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado - CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Resolución Nº 175-2004- CONSUCODE/PRE del Presidente del Consejo Supe- rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, se pronuncia por el inicio de las accio-nes penales correspondientes contra el señor GustavoAlberto Mora Palacios, representante legal de la empre-sa Kallari Contratistas S.A.C. y todos los que resultenresponsables, por la presunta comisión del delito contra la función jurisdiccional (falsa declaración en procedimien- to administrativo), en agravio del CONSUCODE, por loque resulta necesario autorizar al Procurador Público acargo de los asuntos judiciales de la Presidencia delConsejo de Ministros para que interponga las accionesjudiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial delEstado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el DecretoLegislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado porla Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del ProcedimientoAdministrativo General, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Reglamentode Organización y Funciones de la Presidencia del Consejode Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM;