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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (04/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 281656 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de diciembre de 2004 de producción que cumplan con niveles aceptables de MTD establecidos por el PNMF; así como con la norma-tividad sobre la materia. c) Evaluación de las áreas potenciales y estima- ción de los volúmenes de exportación. El PNMF mantendrá actualizada la información sobre los índices poblacionales de moscas de la fruta (MTD) de laszonas productoras de mango autorizadas para exportar yde preferencia en el mes de agosto de cada año, recomen- dará a la Dirección General de Sanidad Vegetal (DGSV), la continuidad, retiro o incorporación de la campaña de exporta-ción de las zonas de producción, sectores y subsectoresincluso lugares de producción de cada Dirección Descon-centrada del SENASA que participarán en la campaña deexportación de mangos y será quien apoye con la estimación de volúmenes a cosechar de los lugares de producción. d) Autorización de incorporación de nuevas zo- nas de producción, sectores y subsectores de lasDirecciones Desconcentradas del SENASA a la cam-paña de exportación de mango con tratamiento hi- drotérmico. Las Direcciones Desconcentradas del SENASA que cuenten con áreas de cultivos de mango y quieran in-corporarlas a la campaña de exportación de mango, in-formarán al PNMF y a la DGSV de preferencia en el mesde agosto de cada año, el estado fitosanitario de éstos, la superficie cultivada y el volumen estimado de produc- ción por variedad, con el propósito de ser evaluados porel PNMF. En casos excepcionales este procedimientopodrá realizarse en cualquier época del año. La DGSV será la encargada de autorizar la incorpora- ción de una nueva zona de producción, sector, subsector o lugar de producción a la campaña de exportación de mango fresco, en base a la opinión técnica del PNMF. Estainformación deberá contener como mínimo la informaciónsobre los índices poblacionales de moscas de la fruta,registrados por zona de producción, sector o subsector,lugar de producción (de por lo menos un año de registro), según corresponda, en un plazo no mayor a 30 días calen- dario de recibida la información del PNMF. e) Convocatoria a las empresas exportadoras (plantas de tratamiento hidrotérmico) para su parti-cipación en la campaña de exportación de mango. La DGSV entre los meses de septiembre y octubre de cada año, convocará a las empresas exportadorasde mango a través de medios de difusión o directamentea la Asociación de Peruana de Exportadores de Mango -APEM, para participar en la campaña de exportación,debiendo éstas informar sobre las fechas de inicio y fin de las actividades de exportación, precisando asimismo el o los países de destino de sus exportaciones. f) Convocatoria a reunión previa al inicio de la campaña de exportación entre el SENASA, los ex-portadores de mango y representantes del APHIS. La DGSV dentro de la segunda quincena del mes de octubre de cada año, de considerarlo conveniente, con-vocará a reunión a los Directores de las DireccionesDesconcentradas del SENASA que participarán en lacampaña de exportación y a los exportadores de mangoa través de la APEM y/o representantes del APHIS, para coordinar acciones a desarrollar en la nueva campaña de exportación. g) Requerimientos presupuestales para la ejecu- ción de la campaña de exportación. Las Direcciones Desconcentradas del SENASA auto- rizadas por la DGSV a participar en la campaña de expor- tación de mango, presentarán a la Dirección de DefensaFitosanitaria, sus presupuestos para operar durante lacampaña de exportación a mas tardar durante la segun-da quincena del mes de junio de cada año; el cual debeincluir recursos humanos y logísticos con las especifica- ciones y justificaciones técnicas necesarias. Este reque- rimiento se efectuará sobre la base de necesidades y laexperiencia de las campañas anteriores; así como debe-rá contener información sobre el stock o saldos de lacampaña. El formato para este requerimiento será pro-porcionado por la Dirección de Defensa Fitosanitaria. Esta información, una vez revisada y consolidada por la DDF, será elevada por la DGSV a la Oficina Gene-ral de Planificación para su análisis, aprobación, progra-mación y atención oportuna.h) Padrón de productores de la campaña de ex- portación de mango. Las Direcciones Desconcentradas del SENASA con- sideradas en el ámbito de aplicación de la campaña de exportación de mango, al inicio de cada campaña conta- rán con un padrón general de productores actualizado yelaborado bajo el diseño del PNMF, el cual podrá serbasado en el Registro de Productores y Predios de Es-pecies Hospedantes de Moscas de la Fruta que condu-ce a nivel nacional el citado Programa. 3. DURANTE LA CAMPAÑA DE EXPORTACIÓN a) Procedencia de los frutos de mango destina- dos a la campaña de exportación. Las frutas que se destinen a la exportación y requie- ran cumplir con requisitos fitosanitarios de la ONPF del país importador, deberán proceder necesariamente delos lugares de producción certificados por el SENASA. b) Mantenimiento de las condiciones del lugar de producción certificado. Los lugares de producción certificados por el SENA- SA deberán mantener su condición fitosanitaria durantetoda la campaña de producción para exportación. El in-cumplimiento de estas condiciones conllevará la cance-lación de su certificación, por ende la inhabilitación auto-mática para la exportación de frutos frescos de mango hasta que la condición del lugar de producción certifica- do sea recuperado. c) Cancelación del registro del lugar de produc- ción. Los lugares de producción certificados perderán su condición, si no se mantienen las características con las cuales fueron aprobados, detallados en el punto 1.2,numeral 1, letra a) del Capítulo VI. Para volver a certifi-car tendrá que seguir los procedimientos como que si setratara de un nuevo lugar de producción. d) Mantenimiento de las condiciones de las plan- tas de tratamiento y/o empaque y centros de acopiocertificados. Estas instalaciones deberán mantener sus condicio- nes con las cuales fueron aprobadas durante toda lacampaña de exportación. Las fallas o incumplimientos a dichas condiciones, conllevarán a la cancelación de la certificación para su operatividad hasta que una nuevainspección con calificación de aprobado pueda recupe-rar su condición. 4. DESPUÉS DE LA CAMPAÑA DE EXPORTACIÓN a) Informe final de la campaña. Las Direcciones Desconcentradas que han partici- pado en el programa de exportación de mango, deberánpresentar un Informe Final de sus actividades a la con-clusión de la campaña de exportación, fijándose como último plazo de entrega la segunda semana del mes de abril de cada año, para lo cual seguirán la estructura deInforme elaborada por la DDF. b) Reunión de cierre de campaña de exportación. La reunión de cierre de campaña de exportación de mango, se llevará a cabo el mes de mayo de todos los años. En principio, la reunión será de carácter internocon la participación de los Inspectores de la campaña, elCoordinador y los Directores, así como con la Direcciónde Defensa Fitosanitaria. Finalmente la DGSV convoca-rá a reunión a los exportadores para tratar asuntos rela- cionados al tema y de considerarlo conveniente podrá pedir la participación de las Direcciones Desconcentra-das del SENASA. VI. MECÁNICA OPERATIVA a) ACCIONES AL INICIO DE LA CAMPAÑA DE EXPORTACIÓN 1. CERTIFICACIÓN DE APTITUD DE LUGARES DE PRODUCCIÓN PARA EXPORTACIÓN 1.1 Procedimiento para iniciar el proceso de cer- tificación El usuario al inicio de la campaña de exportación, y en horarios de atención de oficina, presentará con 24