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PÆg. 282108 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de diciembre de 2004 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Establecen disposiciones para la ins- talación de elementos de seguridad yvigilancia particular en el distrito ORDENANZA Nº 209-MSS Santiago de Surco, 3 de diciembre de 2004 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, a raíz de la publicación de la Ordenanza Nº 690 emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima de fe-cha 16SET 2004, en el Diario Oficial El Peruano, sobre usode elementos de seguridad resguardando el derecho a la vida, integridad física, libre tránsito y propiedad privada, los miembros la Comisión de Seguridad Ciudadana, Defen-sa Civil y Transporte, consideraron pertinente evaluar eltema, a fin de adecuar las disposiciones complementariaspara la instalación de elementos de seguridad en el distritode Santiago de Surco, en virtud a lo dispuesto en la prime- ra disposición transitoria y final de la Ordenanza, en la cual se delega a las Municipalidades Distritales la facultad deotorgar autorizaciones a las agrupaciones vecinales quesoliciten el uso de elementos de seguridad; Que, de conformidad con la Sétima Disposición Tran- sitoria y Final de la referida norma metropolitana, las municipalidades distritales que hayan dictado alguna nor- mativa sobre la materia deben de adecuarla a la Orde-nanza mencionada en el término de noventa (90) díasútiles, lapso dentro del cual, igualmente, estableceránlas tasas definitivas de sanción de acuerdo al tipo deinfracción que se cometa a fin de establecer la multa correspondiente, observando obligatoriamente las pau- tas y los límites mínimos y máximos de los rangos espe-cificados en la Tabla de Equivalencias que dicha Orde-nanza establece; Que, asimismo, con fecha 18OCT2004 se publicó el Reglamento de Especificaciones Técnicas para los ele- mentos de Seguridad, aprobado mediante Decreto de Al- caldía Nº 066, en el cual se establece como objetivo de talnorma uniformar los criterios técnicos para la construcciónde los elementos de seguridad y la señalización comple-mentaria a instalarse en las vías locales de Lima Metropo-litana; Que, la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobó oportunamente la Ordenanza Nº 004-CDSS-89 de fecha28NOV89, por la cual se reguló y reglamentó el enrejadode calles para el control vehicular y la seguridad ciudada-na, norma que se ha encontrado vigente por años; debien-do actualizarse y adecuarse a la normatividad provincial antes indicada. En ese sentido, la Comisión ha coordinado con las diferentes áreas técnicas de la corporación paratrabajar conjuntamente la norma pertinente, a fin de cum-plir con uno de los objetivos principales en materia de Se-guridad Ciudadana, como es el permanente control y su-pervisión que la Municipalidad de Santiago de Surco debe ejercer en su jurisdicción, adecuándose dicha norma a la estrategia que se está desarrollando, denominada “PlanCuadrante Surco”, donde interactúan las autoridades loca-les, la Policía Nacional y las juntas o comités representati-vos del vecindario, con el propósito que dicha adecuacióny actualización resulte una herramienta útil cuya finalidad sea alcanzar niveles adecuados de seguridad para los vecinos; Estando al Informe Conjunto Nº 01-2004-MSS emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, Gerencia de Seguri-dad Ciudadana, Gerencia de Desarrollo Urbano, Geren-cia de Estudios y Obras Públicas, Gerencia de Desarrollo Económico y Subgerencia de Defensa Civil; contando con opinión favorable según Dictamen Nº 001-2004-CSCDCYT-MSS de la Comisión de Seguridad Ciudadana, Tránsito yTransporte Urbano y Defensa Civil y; Dictamen Conjunto Nº 013-2004-CDL-CAJ-MSS de las Comisiones de Desa-rrollo Local y de Asuntos Jurídicos, con dispensa de lalectura y aprobación del Acta, por Unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto.- La presente Ordenanza tiene por objeto normar la instalación de elementos de seguridad yvigilancia particular dentro de la jurisdicción del distrito deSantiago de Surco, garantizando el derecho irrestricto de libre acceso y tránsito por la vía pública, contemplado en nuestra Constitución Política. Artículo 2º.- Ámbito de aplicación y vigencia.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del01ENE2005 y su aplicación comprende las vías de usopúblico ubicadas dentro de la circunscripción del distrito de Santiago de Surco, conforme lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Descripción.- El Sistema de Seguridad y Vigilancia Particular está constituido por los “elementos deseguridad” y el personal de vigilantes particulares debida-mente entrenado con su equipamiento respectivo, que garantice la seguridad en un ámbito determinado que para efectos de la presente Ordenanza se denominará “Área deProtección”, la que deberá estar concordada con la estra-tegia en seguridad ciudadana denominada “Plan CuadranteSurco”. Este sistema es necesariamente de carácter ex-cepcional, temporal y se implementará exclusivamente como medida de protección de la población ante la existencia de riesgo fehaciente que pone en peligro la seguridad de laspersonas o sus propiedades. Artículo 4º.- Definición.- Se entiende por: 4.1. Elemento de Seguridad: Dispositivo que restringe o interfiere el tránsito vehicular y peatonal en un ámbito determinado o área de protección, con el fin de proteger ala ciudadanía contra posibles agresiones a las personas y/o sus propiedades. 4.1.1. Rejas: Estructuras metálicas compuestas por dos puertas vehiculares las mismas que son sostenidas por postes metálicos anclados entre la vereda y la calzada de las vías locales y dos puertas peatonales, igualmente sos-tenidas en postes metálicos anclados entre el límite depropiedad y la vereda. 4.1.2.Plumas Levadizas: Estructuras metálicas com- puestas por elementos longitudinales (tubos) y un contra- peso de manera que permita el izamiento y/o apertura y cierre manual de dichos elementos, apoyados en dos so-portes anclados entre la vereda y la calzada de las vías. 4.1.3.Caseta de Vigilancia de Reja o de Pluma: Cons- trucción liviana, desmontable, sin ningún tipo de anclaje;de madera, fibra de vidrio u otros, color verde Disney con techo a dos aguas pintado color uva, con ventanas en su contorno y vidrios transparentes; Deberá ser ejecutadasegún modelo aprobado con la Ordenanza Nº 91-MSS, deldistrito de Santiago de Surco; se emplea exclusivamentepara la protección de los vigilantes particulares y no puedeser habitada. 4.2. Vigilante Particular: Persona uniformada encar- gada del manejo y control de los elementos de seguridad. 4.3. Área de protección: Sector de la ciudad, en el ámbito del distrito de Santiago de Surco, cuya extensiónes concordante con el “Plan Cuadrante Surco” y queda alinterior de los elementos de seguridad que se aprueben al amparo de la presente Ordenanza. 4.4. Plan Cuadrante Surco: Estrategia operacional de servicio de seguridad ciudadana para optimizar los opera-tivos de prevención y control de faltas y delitos, así como,para conocer y dar respuesta a otros requerimientos deorden municipal, con la participación activa de los vecinos. Para tales efectos, se considera cuadrante a la unidad territorial de gestión de seguridad ciudadana en el distrito,compuesto aproximadamente de 20 manzanas, definidaspor ser más o menos homogéneas, por su estructura urba-na, sus avenidas principales, su densidad poblacional, losíndices delictivos entre otros. 4.5. Señalización vertical: avisos que se colocan ver- ticalmente sobre los postes de señalización en la bermalateral de la vía, con el fin de orientar a los vecinos ypúblico en general acerca de la ruta para encontrar las