TEXTO PAGINA: 43
PÆg. 282099 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de diciembre de 2004 ria fraccionada, sin el factor de ajuste o intereses de ley acotados a los tributos, al momento de suscribir el referidoconvenio. En el caso que se opte por el pago en partes, debe- rán cancelar el saldo de la deuda fraccionada hasta la fecha de vencimiento de la presente ordenanza y suincumplimiento ocasionará la pérdida automática del be-neficio, restituyendo las cuotas restantes a su estadoanterior. 2.4 Para aquellos contribuyentes o administrados que tengan deudas, por concepto de multas administrativas, se les otorgarán los siguientes descuentos: a). El 90% de descuento en el monto de la multa admi- nistrativa impuesta hasta el año 1999. b). El 80% de descuento en el monto de la multa admi- nistrativa impuesta desde el año 2000 hasta el 30 de no- viembre del 2004. Los infractores que hayan efectuado pagos a cuenta por multas administrativas en un monto inferior al 10% ó20% de la misma, deberán abonar el saldo con el porcen- taje del 90% ó 80% de descuento respectivamente. Artículo 3º.- FRACCIONAMIENTO ESPECIAL Para esta modalidad, se acogerán los contribuyentes cuyas obligaciones se encuentren pendientes de pago al30 de noviembre del 2004, para lo cual el monto de la deuda a fraccionar estará constituida por el monto de la deuda tributaria que aparece en su estado de cuenta co-rriente a la fecha de su solicitud, aplicándoles la rebaja del50% del factor de ajuste, 100% de intereses moratorios ylas costas y gastos del procedimiento de ejecución coacti-va. 3.1 Condiciones 3.1.1 Cuota Inicial.- La cuota inicial será el 20% del monto total a que asciende la deuda tributaria al momentode suscribirse el convenio de fraccionamiento y el monto de las cuotas restantes, será el resultado de dividir el saldo entre el número de cuotas otorgadas. 3.1.2 Número de Cuotas.- El pago fraccionado de la deuda podrá realizarse hasta en un máximo de veinte (20)cuotas, deducida la cuota inicial, como se detalla en el cuadro inserto. En ningún caso, la cuota mensual de frac- cionamiento será menor a S/. 50.00. 3.1.3 Fecha de vencimiento.- El plazo para el pago de las cuotas de fraccionamiento, tendrá como fecha de venci-miento, el que aparezca en el compromiso de pago. 3.1.4 Tasa de Interés de Fraccionamiento.- La tasa de interés, aplicable a la cuota del Fraccionamiento Espe-cial será el 80% de la tasa de interés moratorio (TIM) vigen-te a la fecha de aprobación del fraccionamiento. Condiciones del Fraccionamiento Período Monto a Cuota Nº de Interés de Fraccionar Inicial Cuotas Fraccionamiento Hasta 1 UIT 20% De 2 a 12 80% de la TIM Hasta 30.11.04 Más de 1 UIT 20% De 2 a 15 80% de la TIM hasta 4 UIT Más de 4 UIT 20% De 2 a 20 80% de la TIM Excepcionalmente, la Oficina de Administración Tribu- taria en coordinación con la Unidad de Recaudación ysiempre que el caso lo amerite, autorizará la disminuciónde la cuota inicial y/o ampliación del número de cuotas. 3.2 Requisitos: 1. Firmar la Solicitud y el acuerdo de Fraccionamiento. 2. Pagar la Cuota Inicial.3. Adjuntar copia del documento de identidad del deu- dor tributario y cuando se trate de persona distinta al deu-dor, se deberá acompañar poder simple con certificación de firmas ante el fedatario de la Municipalidad y fotocopia del documento de identidad del representante. 4. Acreditar domicilio fiscal vigente con la copia del últi- mo recibo de agua, luz o teléfono. 3.3 Presentación de Garantías: De acuerdo a lo establecido en el Código Tributario vigente.3.4 Aprobación del Fraccionamiento La administración tributaria aprobará el fraccionamien- to de la deuda, una vez cumplidas las condiciones y requi- sitos establecidos en la presente Ordenanza, mediante Resolución Directoral. 3.5 Pérdida del Fraccionamiento El recurrente incurrirá en causal de pérdida del fraccio- namiento, cuando incumpla con el pago íntegro de dos (2) cuotas consecutivas. Producida la pérdida del fraccio- namiento dará lugar a que se den por vencidos todos losplazos, siendo exigibles las cuotas de fraccionamiento pen- dientes de pago e intereses moratorios correspondientes, aplicándose la tasa de interés moratorio (TIM) vigente so-bre el total de la deuda pendiente de pago. Asimismo se procederá a dar inicio al procedimiento de cobranza coac- tiva de la deuda. La pérdida del fraccionamiento se decla-rará mediante Resolución Directoral. 3.6 Excepción El fraccionamiento contemplado en la presente Ordenanza no alcanza al impuesto a los espectáculos pú- blicos no deportivos, en aplicación del artículo 36º del Có-digo Tributario y su modificatoria - Ley Nº 27393. Artículo 4º.- DESISTIMIENTO En el caso que el contribuyente tuviera en trámite, cual- quier recurso impugnativo y/o hubiere iniciado procedimien- tos contenciosos ante la Municipalidad u órgano corres-pondiente, respecto de la deuda tributaria materia de aco- gimiento, deberá presentar el correspondiente desistimien- to, con los formatos que para tal fin proporcione gratuita-mente la Oficina de Administración Tributaria, con firma autenticada por el fedatario. Artículo 5º.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza, no serán materia de devolución nicompensación. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Los multas administrativas impuestas por construir sin la respectiva licencia de obra, establecida enla Ley Nº 27157, no se encuentran comprendidas en el presente beneficio, las mismas se regirán por lo dispuesto en la Ordenanza Nº 140-MPL y su ampliatoria. Segunda.- Para aquellos contribuyentes que hasta la vigencia del presente beneficio hayan efectuado pa- gos a cuenta por el 10% ó 20% del total de la multaadministrativa, a que se refiere el artículo 2º, numeral 2.4) de la presente ordenanza, se considera cancelada automáticamente; sin que esto genere devoluciones alos que hayan efectuado pagos que superen el porcen- taje indicado. Tercera.- El ámbito de la publicación de la presente ordenanza, comprende también a los contribuyentes fiscali- zados, de conformidad con el artículo 62º del Código Tribu- tario. Cuarta.- Para aquellos contribuyentes que hayan cumplido con cancelar o fraccionar la deuda en cobran- za coactiva en su totalidad, con anterioridad a la fechade vigencia de la presente ordenanza, se les condonará las costas y gastos administrativos del procedimiento de ejecución coactiva. Asimismo, se condonará las costas ygastos pendientes para aquellos vecinos que hasta la fecha de vigencia de la presente ordenanza, hayan sido objeto de algún procedimiento coactivo sobre obligaciónde hacer. Quinta.- Encargar a la Oficina de Administración Tribu- taria, Oficina de Informática y Oficina de Ejecución Coacti-va, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Oficina de Comunicación Social su difusión y a la Oficina de Admi- nistración, su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 22287