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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (10/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 41

PÆg. 282097 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de diciembre de 2004 - En caso que algún acreedor o trabajador edil al que la Municipalidad le tuviera cuentas pendientes por pagar, de-berá requerir a la Unidad de Personal y/o Contabilidad,según corresponda, acredite la existencia fehaciente de dicha acreencia o deuda, para lo cual tendrá un plazo de quince (15) días. Hechos estos informes, se remitirán al Director de Ase- soría Jurídica, en su condición de Secretario de la Comi-sión Técnica de Funcionarios. 4. Con los Informes de las Direcciones de Rentas y Administración, la Comisión Técnica de Funcionarios sereunirá a efectos de evaluar si procede o no la solicitud.Cualquiera sea el resultado de la misma, la Oficina deAsesoría Jurídica, elaborará, visará y remitirá el Proyectode Resolución de Alcaldía a la Dirección de Rentas, para su conformidad y elaboración del Informe correspondiente; debiendo el Director de Rentas elevar los actuados a laSecretaría General en un plazo no mayor de cinco (5) días. 5. La Secretaría General recibirá el Proyecto de Reso- lución de Alcaldía para la firma del Alcalde. Una vez firma-da dicha Resolución, se distribuirá de la siguiente manera: - Contribuyente Solicitante - Dirección de Rentas.- Dirección de Administración, quien la hará de conoci- miento de las Unidades de Logística, Personal, y/o Conta-bilidad, según corresponda - Dirección de Planificación, Presupuesto y Estadística. - Archivo de la Secretaría General. 6. La Dirección de Rentas procederá a efectuar la extin- ción de la deuda materia de canje, previa verificación docu-mentaria de: - La formalización de la transferencia del bien por parte de la Unidad de Logística, debidamente visado por el Di-rector de Administración. - La conformidad del servicio prestado por parte del área usuaria, firmada por el Director responsable. - La comunicación de parte del Director de Administra- ción, de la firma del Convenio Extrajudicial con el Trabaja-dor solicitante. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante De- creto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias que estime pertinentes para la correcta aplicación del presenteReglamento. Segunda .- En lo no dispuesto en el presente Regla- mento, se aplicará supletoriamente, las disposiciones delCódigo Tributario, el Código Civil o la Ley del Procedimien- to Administrativo General – Ley N° 27444. 22347 Amplian vigencia de Beneficio Especial Tributario otorgado mediante Ordenan-za N” 037-04/MDLV DECRETO DE ALCALDÍA N° 034-04-MDLV La Victoria, 7 de diciembre de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 037-04/MDLV de fecha 13 de noviembre del 2004, publicada en el Diario Oficial El Perua-no con fecha 16 de noviembre del 2004, se establece elBeneficio Especial Tributario en el distrito de La Victoria,aplicable a los contribuyentes que tengan deudas por con- cepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales corres- pondiente a Limpieza Pública, Parque y Jardines y Sere-nazgo de los años 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003; Que, por Informe Nº 200-2004-DR/MDLV de fecha 06 de Diciembre del 2004, la Dirección de Rentas da cuentaque debido a la acogida que han venido demostrando los vecinos victorianos en el cumplimiento del pago de sus obligaciones tributarias para con la Municipalidad en baseal Beneficio Especial Tributario otorgado y teniendo encuenta que un gran número de contribuyentes, que por diversas razones, no han podido acogerse a dicho Benefi-cio solicitando se les conceda una nueva oportunidad, laDirección de Rentas recomienda Ampliar la vigencia del Beneficio Especial Tributaria dispuesto mediante Ordenan- za Municipal Nº 037-04/MDLV de fecha 13 de noviembredel 2004, otorgándose las facilidades que el caso amerita; Que, en la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 037-04/MDLV de fecha 13 de noviembre del 2004, sefaculta al señor Alcalde para que por intermedio de Decre- to de Alcaldía se amplíe el plazo del Beneficio Especial Tributario, si la situación así lo amerita; Que, la Dirección de Asesoría Jurídica mediante Oficio Nº 838-04-DAJ/MDLV de fecha 07 de Diciembre del 2004,en mérito a las razones expuestas y antecedentes señala-dos, se ha pronunciado por la procedencia del requeri- miento formulado por la Dirección de Rentas; Estando a las consideraciones expuestas, a las facul- tades conferidas en el Artículo 20º numeral 6) de la LeyOrgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero .- Ampliar la vigencia del Beneficio Es- pecial Tributario en el Distrito de La Victoria, otorgado me-diante Ordenanza Nº 037-04/MDLV de fecha 13 de no-viembre del 2004, hasta el 22 de diciembre del 2004, apli-cable a los contribuyentes que tengan deudas por concep- to del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de los años 1999, 2000,2001, 2002 y 2003, inclusive. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde 22349 MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban uso de retiro municipal por campaæa navideæa DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2004-MDL Lince, 6 de diciembre del 2004 VISTO: El Informe Nº 195-2004-MDL/GDU, de la Ge- rencia de Desarrollo Urbano, respecto a la expedición de un Decreto de Alcaldía que apruebe y regule el uso delretiro municipal para el desarrollo de actividades por cam-paña navideña en el distrito de Lince; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional -Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provin-ciales y Distritales son los órganos de gobierno local, tie-nen autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el artículo VI de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernoslocales promueven el desarrollo económico local, con inci-dencia en la micro y pequeña empresa a través de planesde desarrollo económico local aprobados en armonía con la política y planes nacionales y regionales de desarrollo; así como el desarrollo social, el desarrollo de capacidadesy la equidad en sus respectivas circunscripciones; Que, mediante Ordenanza Nº 095 de fecha 24 de no- viembre de 2003 se aprobó y reguló el uso del retiro muni-cipal para fines comerciales en el distrito de Lince; Que, el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 095, establece que el otorgamiento de la autorización para el caso de Usode Retiro Municipal con fines comerciales, tendrá carácterde provisional y temporal, debiendo ser desmontado alcese de la actividad comercial y/o cuando la Municipalidadde Lince, lo considere conveniente en los casos de ensanchamiento de vías o quejas de vecinos. Sólo se autorizará a los establecimientos que cuentan con Autori-zación Municipal de Funcionamiento y Licencia de Cons-trucción;