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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (24/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 82

PÆg. 283164 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de diciembre de 2004 No se permitirá usar mecheros a petróleo o kerose- ne, sino lámparas o similares de luz intermitente. CAPÍTULO IV OBLIGACIONES Y SANCIONES Artículo 7º.- Para poder otorgarse la Finalización de Obra correspondiente, de acuerdo a lo establecido en elReglamento Nacional de Construcciones, al término dela obra de edificación, la vía pública deberá quedar limpiade todo material excedente, así como reparadas las ve-redas y cualquier otro deterioro que se hubiere produci- do como consecuencia de la construcción. Artículo 8º.- El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en los artículos de la presenteOrdenanza, será motivo de paralización de la obra yaplicación de la multa correspondiente de acuerdo alReglamento de Aplicación y Sanciones Administrativas y Cuadro de Infracciones correspondiente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Gerencia de Desarrollo Urbano queda- rá encargada de la adecuada difusión de la presenteOrdenanza para su cumplimiento y control. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 23245 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Prorrogan plazo de vigencia de Amnis- tía para la Regularización de Licencia de Obra, establecida mediante Orde-nanza N” 015-2004-MDSL DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2004-MDSL San Luis, 30 de noviembre de 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS VISTA: La Ordenanza Nº 015-2004-MDSL de fecha 30 de setiembre del 2004, mediante el cual el Concejo Munici-pal en pleno acuerda conceder una Amnistía para Regu-larización de Licencia de Obra en la Jurisdicción del distrito de San Luis; y, CONSIDERANDO: Que, siendo política de la presente gestión dar opor- tunidad a la mayor cantidad de vecinos que desean re-gularizar aquellas construcciones efectuadas en suspredios sin la respectiva licencia, pero cumpliendo conla normatividad vigente (parámetros urbanísticos y edi- ficatorios); se ha previsto la conveniencia de ampliar el plazo establecido en la Ordenanza señalada en el Visto; Que, asimismo, el artículo sexto de la aludida Orde- nanza faculta al señor Alcalde a ampliar el plazo de vi-gencia de la Ordenanza Nº 015-2004; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dis- puesto en el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigen- cia de la Amnistía para Regularización de Licencia deObra en la Jurisdicción del distrito de San Luis estableci- dos por la Ordenanza Nº 015-2004-MDSL, hasta el 30de enero del 2005. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Mu- nicipal, Gerencia de Rentas e Imagen Institucional, elcumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 23438 Prorrogan vigencia de beneficios tributarios y no tributarios estableci-dos mediante Ordenanza N” 017-2004-MDSL DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2004-MDSL San Luis, 16 de diciembre de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS VISTA: La Ordenanza Nº 017-2004-MDSL de fecha 19 de noviembre del 2004, mediante el cual el Concejo Munici-pal en pleno acuerda conceder un Beneficio Tributario yNo Tributario en la jurisdicción del distrito de San Luis porel período comprendido del 22 de noviembre al 22 dediciembre del año en curso; CONSIDERANDO: Que, siendo política de la presente gestión dar oportu- nidad a la mayor cantidad de vecinos que desean pagarcumplidamente sus obligaciones; se ha previsto la con-veniencia de ampliar el plazo establecido en la Orde-nanza señalada en el Visto; Que, asimismo la Segunda Disposición Complemen- taria y Final de la aludida Ordenanza faculta al señor Alcalde a aprobar las acciones ampliatorias y comple-mentarias; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dis- puesto en el Artículo 20º, inciso 6) de la Ley Nº 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vi- gencia de los Beneficios Tributario y No Tributarios esta-blecidos por la Ordenanza Nº 017-2004-MDSL, hasta el 30 de diciembre del 2004. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Mu- nicipal, Gerencia de Rentas e Imagen Institucional, elcumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 23412 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Prorrogan Beneficio de Regularización Tributaria y Administrativa estableci-do mediante Ordenanza N” 060-MDSM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 24-2004-MDSM San Miguel, 22 de diciembre de 2004 EL ALCALDE DE SAN MIGUEL