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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2004 (07/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G31/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de enero de 2004 SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir de la fecha de la pre- sente Resolución, al doctor FERNANDO ALFONSO CAM- POS ALCÁZAR, asesor del Despacho Ministerial de Sa- lud, como Presidente ante el Comité de Administración delFondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Salud (CA-FAEMSA). Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 00110 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G65/G64/G61/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 001-2004-TR Lima, 6 de enero de 2004 CONSIDERANDO:Que, el artículo 127º de la Ley Nº 27444 - Ley del Proce- dimiento Administrativo General, regula el régimen de fe- datarios, estableciendo que cada entidad designa fedata-rios institucionales adscritos a sus unidades de recepcióndocumental, en número proporcional a sus necesidadesde atención; Que, por Resolución Suprema Nº 021-2003-TR publi- cada el día 24 de diciembre de 2003, se ha dispuesto, entre otros, que para la elección de uno de los benefi-cios regulados por el artículo 3º de la Ley Nº 27803 porparte de los ex trabajadores incluidos en la última listade ex trabajadores calificados e inscritos como cesa-dos irregularmente, la documentación exigida debe presentarse en original, en copias legalizadas notarial- mente o autenticadas por Fedatario designado por elMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo o por laDirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo,según sea el caso; Que, dado el incremento de la demanda del servicio de autenticación documentaria observada con ocasión de la vigencia de la norma señalada en el considerando que an-tecede, resulta necesario designar nuevos fedatarios insti-tucionales quienes, sin exclusión de sus labores ordina-rias, brindarán gratuitamente sus servicios a los adminis-trados objeto de esta Resolución; Con la visación del Director General de Asesoría Jurídi- ca; y, De conformidad con el artículo 127º de la Ley Nº 27444, y en uso de las facultades contenidas en el literal d) delartículo 12º del Reglamento de Organización y Funcionesdel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aproba- do por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, como fedata- rios institucionales y para los fines de autenticación de documentos a que se contrae la Resolución Suprema Nº 021-2003-TR, a los siguientes funcionarios: Lic. Luis Arana Santolalla. Doctor Juan Navarro Pando.Doctor Carlos Alberto Barraza Chávez. Doctor Jorge Cosentino Soler. Doctora Neucy Cuadros Vilca.Doctora Norma Cárdenas Farfán. Artículo 2º.- Los fedatarios designados, desempeña- rán sus funciones con arreglo a lo establecido por el artí- culo 127º de la Ley Nº 27444, autenticando y/o certificando la documentación que el público usuario presente, previocotejo entre el original que exhibe el administrado y la co-pia presentada, para su utilización en el procedimiento deacogimiento a uno de los beneficios regulados por el artí-culo 3º de la Ley Nº 27803 por parte de los ex trabajadoresque figuran en la última lista aprobada por Resolución Su- prema Nº 021-2003-TR, así como para la adecuación aque se hace referencia en el artículo 6º de esta mismaResolución Suprema. Artículo 3º.- Los fedatarios designados, llevarán un registro de los documentos y actos que realicen en el ejer-cicio de sus funciones encomendadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN DE DIOS RAMÍREZ CANCHARI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 00120 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTE SUPREMA DE JUSTICIA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G64/G65/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6F/G64/G65/G72/G20/G4A/G75/G64/G69/G2D/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 226-2003-P-PJ Lima, 31 de diciembre de 2003 VISTOS:El Memorándum Nº 4343-2003-SL-GAF-GG/PJ, de la Subgerencia de Logística de la Gerencia de Administra- ción y Finanzas, el Informe Técnico Nº 233-2003-AS-SL- GAF-GG/PJ, del Área de Servicios de la Subgerencia deLogística y el Informe Nº 529-2003-OAL-GG/PJ, de la Je-fatura de Asesoría Legal de la Gerencia General del PoderJudicial; y, CONSIDERANDO: Que, del Informe Técnico Nº 233-2003-AS-SL-GAF-GG/ PJ, del Área de Servicios de la Subgerencia de Logística, se advierte que dentro de las necesidades del Poder Judi-cial, se encuentra, entre otras, la contratación del serviciode limpieza para las dependencias del Poder Judicial de laZona Lima; Que, para la contratación anual del servicio en referen- cia y de conformidad con la normativa vigente en contrata- ciones públicas, la Gerencia General designó al ComitéEspecial, el mismo que formuló las bases administrativasy efectuó la primera convocatoria del Concurso Público Nº003-2003-GG-PJ; Que, las bases del referido proceso de selección fue- ron observadas por los adquirentes de bases, las mismas que al no ser acogidas por el Comité Especial, se elevaronmediante Informe Nº 001-2003-CELIM-GG-PJ, de fecha 18de agosto del año 2003, al Consejo Superior de Contrata-ciones y Adquisiciones – CONSUCODE -, a fin que emitaPronunciamiento al respecto; Que, a través del Oficio Nº 445-003(PRE), el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoremitió el Pronunciamiento Nº 132-2003(GTN), acogiendola observación referida al incremento del 1% del IGV quela Entidad tenía que asumir como consumidora del servi-cio; asimismo, el citado ente rector observó diversos as- pectos de las bases, entre ellos el valor referencial, el mis- mo que no había sido obtenido conforme al artículo 27º delReglamento de la ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado; Que, en ese contexto, mediante la Resolución Admi- nistrativa de la Gerencia General Nº 938-2003-GG-PJ, de fecha 18 de noviembre del año 2003, se declaró de oficio la nulidad del Concurso Público Nº 003-2003-GG-PJ, al haberse incurrido en las causales de nulidad con-tenidas en el artículo 57º del Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,retrotrayéndolo a la etapa de convocatoria, previa re- formulación de bases; Que, conforme al artículo 12º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el