Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2004 (12/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, lunes 12 de enero de 2004

Nº Ord. APROBACION AUTOMATICA

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO

CALIFICACION EVALUACION PREVIA SILENCIO SILENCIO POSITIVO NEGATIVO

Dependencia donde se inicia el tramite

Autoridad que aprueba el tramite

Autoridad que resuelve el recurso impugnativo

de Dios. e. Oficina de Registro Militar de la Cuarta MORDAZA MORDAZA para residentes en Ucayali, MORDAZA, MORDAZA, provincia de Ucayali del departamento de MORDAZA, provincia de Puerto MORDAZA del departamento del MORDAZA, provincia de Oxapampa del departamento de Pasco y provincia de Satipo del departamento de Junin. f. Oficina de Registro Militar de la Comandancia General de Operaciones de la Amazonia y MORDAZA MORDAZA MORDAZA para residentes en MORDAZA (excepto la provincia de Ucayali), San MORDAZA, distritos de Cenepa y Rio MORDAZA de la provincia de Condorcanqui del departamento de Amazonas. g. Residentes en el Extranjero, ante el Consulado Peruano del MORDAZA de residencia. b. En el extranjero Consul del Peru. X a. En el MORDAZA a. En el MORDAZA

b. En el extranjero Consul del Peru.

NORMAS LEGALES

B-16

Obtencion de Duplicado de Libreta Militar.

El Administrado presentara lo siguiente: 1.- Formulario de datos de filiacion proporcionado gratuitamente por la Oficina de Registro Militar. 2.- Boleta de Deposito Original emitida por el Banco de la Nacion Cta. Cte. Nº 0000-283878 por concepto de pago: Captacion de Imagen Codificada, Codigo de Seguridad, Captacion de Firma y Huella Digital, Codificacion de Datos y Tarjeta PVC (No aplicable a peruanos residentes en el extranjero). 0.005 UIT

Jefe de la Division de Registro Militar de los Organismos de Reservas y Movilizacion.

BASE LEGAL 1) Articulos 31º y 43º del Decreto Supremo Nº 004DE/SG de fecha 29 febrero 2000 2) Decreto Supremo Nº 004-DE/SG de fecha 29 febrero 2000 3) Articulos 37º y 38º de la Ley 27444 4) Decreto Supremo Nº 011-DE/MGP de fecha 23 octubre 2002 5) Seccion IX del Decreto Supremo Nº 045-2003RE de fecha 19 marzo 2003 0.01 UIT (Vigente a la fecha en que se efectua el pago.) Diez Dolares Americanos ($10.00)

3.- Adjuntar Boleta original de pago por Duplicado de Libreta Militar segun sea el caso: a) En el MORDAZA Deposito en el Banco de la Nacion Cta. Cte. Nº 0000-283878 al codigo 0892 MGP.

Jefe del Dpto. de Reservas Navales y Movilizacion y/o Jefe de las Oficinas de Registro Militar de las Zonas Navales segun sea el caso.

b) En el Extranjero Pago en efectivo al Consulado respectivo segun Tabla de Tarifa de Derechos Consulares

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4,- Para el caso de los peruanos residentes en el extranjero adicionalmente adjuntaran DOS (2) fotos

a. Oficina de Registro Militar sito Av. MORDAZA Grau Nº 103 Chucuito - Callao para residentes de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao. b. Oficina de Registro Militar de la Primera MORDAZA MORDAZA para residentes en Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA y Amazonas (excepto los distritos de Cenepa y Rio MORDAZA de la provincia de Condorcanqui). c. Oficina de Registro Militar de la MORDAZA MORDAZA MORDAZA para residentes en MORDAZA, MORDAZA (excepto la provincia de Puerto Inca), Ica, Pasco (excepto la provincia de Oxapampa), MORDAZA (excepto la provincia

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