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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G34/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 12 de enero de 2004al siguiente procedimiento: 1.- Cuando la impugnación recaiga sobre el Otorgamiento de la Buena Pro, la Institución correrá traslado delRecurso de Apelación dentro del plazo de Dos (2) días hábilesdesde su presentación o desde la subsanación deomisiones según corresponda. El AdministradoPostor ganador de la Buena Pro podrá absolver eltraslado dentro del plazo de Tres (3) días hábilesvencido el plazo antes indicado. Con la absolucióndel traslado o sin ella, la Institución se pronunciarásobre el recurso y notificará su resolución dentro delplazo de los Cinco (5) días hábiles siguientes. 2.- En las impugnaciones distintas al otorgamiento de la Buena Pro, la Institución deberá pronunciarse sobreel Recurso de Apelación y Notificar su resolucióndentro de los Cinco (5) días hábiles siguientes de su interposición o subsanación segúncorresponda. 3.- El administrado impugnante deberá asumir que el recurso de apelación ha sido desestimado a efectos de lainterpósición del recurso de Revisión, operando ladenegatoria ficta en los casos siguientes:a. Cuando la Institución no notifique su resolución dentro del plazo de Diez (10) días hábiles siguientes a la interposición o subsanación del recurso,si se trata de impugnaciones que recaigan sobre elotorgamiento de la Buena Pro. b. Cuando la Institución no notifique su resolución dentro del plazo de Cinco (5) días hábiles siguientes a la interposición o subsanación del recurso,si se trata de impugnaciones distintas al otorgamientode la Buena Pro. 4.- Es procedente el desistimiento del recurso de apelación mediante escrito con firma legalizada ante el Fedatariode la Institución, Notario Público, Juez de Paz según seael caso. La Institución aceptará el desistimiento salvoque sea de interés público la resolución del recurso. III.-Adjuntar recibo original del Banco de la Nación Cta. Cte. 0000-283975 del pago por derecho de la tasa parainterponer el Recurso de Apelación a los Procesos deSelección, siendo la escala la siguiente:a. Licitacione Públicas 0.50 UIT b. Concursos Públicos 0.50 UIT c. Adjudicaciones Directas Públicas 0.35 UIT d, Adjudicaciones Directas Selectivas 0.25 UIT e. Adjudicaciones de Menor Cuantía 0.10 UIT IV. Derecho del Trámite Administrativo SIN COSTO 00328Nº DENOMINACIÓN DEL REQUISITOS DERECHO DE CALIFICACIÓN Dependencia Autoridad que Autoridad que Ord. PROCEDIMIENTO PAGO APROBACIÓN EVALUACIÓN PREVIA donde se aprueba el resuelve el AUTOMÁTICA SILENCIO SILENCIO inicia el trámite trámite re curso POSITIVO NEGATIVO impugnativo