Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2004 (12/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

Nº Ord. APROBACION AUTOMATICA

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO

CALIFICACION EVALUACION PREVIA SILENCIO SILENCIO POSITIVO NEGATIVO

Dependencia donde se inicia el tramite

Autoridad que aprueba el tramite

Autoridad que resuelve el recurso impugnativo

al siguiente procedimiento:

Pag. 259498

Dos (2) dias habiles

Tres (3) dias habiles

Cinco (5) dias habiles

Cinco (5) dias habiles

Diez (10) dias habiles

NORMAS LEGALES

1.- Cuando la impugnacion recaiga sobre el Otorgamiento de la Buena Pro, la Institucion correra traslado del Recurso de Apelacion dentro del plazo de desde su MORDAZA o desde la subsanacion de omisiones segun corresponda. El Administrado Postor ganador de la Buena Pro podra absolver el traslado dentro del plazo de vencido el plazo MORDAZA indicado. Con la absolucion del traslado o sin MORDAZA, la Institucion se pronunciara sobre el recurso y notificara su resolucion dentro del plazo de los siguientes. 2.- En las impugnaciones distintas al otorgamiento de la Buena Pro, la Institucion debera pronunciarse sobre el Recurso de Apelacion y Notificar su resolucion dentro de los siguientes de su interposicion o subsanacion segun corresponda. 3.- El administrado impugnante debera asumir que el recurso de apelacion ha sido desestimado a efectos de la interposicion del recurso de Revision, operando la denegatoria ficta en los casos siguientes: a. Cuando la Institucion no notifique su resolucion dentro del plazo de siguientes a la interposicion o subsanacion del recurso, si se trata de impugnaciones que recaigan sobre el otorgamiento de la Buena Pro. b. Cuando la Institucion no notifique su resolucion dentro del plazo de siguientes a la interposicion o subsanacion del recurso, si se trata de impugnaciones distintas al otorgamiento de la Buena Pro. 4.- Es procedente el desistimiento del recurso de apelacion mediante escrito con firma legalizada ante el Fedatario de la Institucion, Notario Publico, Juez de Paz segun sea el caso. La Institucion aceptara el desistimiento salvo que sea de interes publico la resolucion del recurso. Cinco (5) dias habiles

III.-Adjuntar recibo original del Banco de la Nacion Cta. Cte. 0000-283975 del pago por derecho de la tasa para interponer el Recurso de Apelacion a los Procesos de Seleccion, siendo la escala la siguiente: a. Licitacione Publicas b. Concursos Publicos c. Adjudicaciones Directas Publicas d, Adjudicaciones Directas Selectivas e. Adjudicaciones de Menor Cuantia 0.50 UIT 0.50 UIT 0.35 UIT 0.25 UIT 0.10 UIT SIN COSTO

IV. Derecho del Tramite Administrativo

MORDAZA, lunes 12 de enero de 2004

00328

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