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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2004 (12/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 50

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G35/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 12 de enero de 2004 Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa, segúncorresponda, dentro de los treinta (30) días naturales siguie-ntes de aprobado el presupuesto institucional, en concordanciacon el monto asignado conforme a las leyes presupuestales dela República para el ejercicio anual a ejecutarse; Que, en este sentido, resulta necesario aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio dela Producción correspondiente al Año Fiscal 2004; Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM, y el literal i) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministeriode la Producción, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de la Producción para el AñoFiscal 2004, el mismo que forma parte de la presente Re-solución. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina General de Adminis- tración, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su expedición, remita un ejemplar del Plan Anual de Adquisicio-nes y Contrataciones del Ministerio de la Producción aproba-do por el artículo precedente, al Consejo Superior de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a laComisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME, sin perjuicio de ser puesto a disposición de los interesados en la página web y en el local de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 00381 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65 /G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G69/G72/G72/G65/G67/G75/G2D /G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G66/G6C/G75/G76/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65 /G63/G61/G72/G67/G61/G20/G79/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G72/GED/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G68/G6F/G79/G61/G61/G6D/G61/G7A/GF3/G6E/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 377-2003-MTC/13 Lima, 29 de diciembre de 2003 Vista la solicitud (Expediente Nº 2003-024241) presen- tada por don ALFREDO ROCHA VÁSQUEZ, solicitando Per-miso de Operación para prestar servicio irregular de trans-porte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en los ríos de la hoya amazónica, en tráfico nacional o cabotaje; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas técnicas y legales a las cuales deberán sujetarse las personas naturales y jurídi-cas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordena-miento empresarial, administrativo, operativo y de seguri-dad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, corresponde a la Dirección General de Transporte Acuático expedir los Permisos de Operación a las personas naturales o jurídi-cas, que así lo soliciten; Que, don ALFREDO ROCHA VÁSQUEZ ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en el Regla-mento de Transporte Fluvial Comercial vigente, para pres- tar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto(carga y pasajeros) en los ríos de la hoya amazónica, en tráfico nacional o cabotaje; Que, la Persona Natural de don ALFREDO ROCHA VÁSQUEZ se encuentra debidamente inscrita en el Regis- tro Único de Contribuyentes (RUC) con el Nº 10000779895; Que, mediante Informe Nº 309-2003-MTC/13.02 de la Dirección de Marina Mercante y Transporte Multimodal, asícomo del Informe Nº 394-2003-MTC/13.al del Asesor Le-gal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permisode operación presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, con el Decreto Legislativo Nº 560 y con los Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº 041-2003-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a fa- vor de don ALFREDO ROCHA VÁSQUEZ para prestar ser-vicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (cargay pasajeros) en los ríos de la hoya amazónica, en tráfico nacional o cabotaje, en la forma siguiente: TRÁFICO : Nacional o cabotaje. SERVICIO : Irregular; en los ríos de la hoya amazónica. TRANSPORTE : Mixto (carga y pasajeros). Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el artículo precedente será atendido con la embarcación de su propiedad denominada M/F Anthony José con matrí-cula IQ-8909-EF; Artículo 3º.- El permiso de operación que se otorga por el artículo 1º, tendrá una vigencia de cinco (5) años, compu-tados a partir de la fecha de la publicación en el Diario Oficial El Peruano. La renovación deberá ser solicitada por el recu- rrente a la Dirección General de Transporte Acuático del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones con anticipaciónde sesenta (60) días calendario antes de su vencimiento. Artículo 4º.- El permiso de operación otorgado, impli- ca la obligación por parte de su titular, de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demás disposicio- nes legales y reglamentarias que regulan el transporte flu-vial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias ycomplementarias que se expida sobre la materia, así comoa las disposiciones y directivas que dicte la Dirección Ge-neral de Transporte Acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Jurídicas que pres-tan servicio de transporte fluvial, en la forma establecidaen el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, lo dis-puesto por la presente Resolución Directoral. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas, a las Capitanías de Puerto de Iquitos y Pucallpa ya las Direcciones Regionales de Transportes y Comunica-ciones de los Gobiernos Regionales de Loreto y Ucayali,para su conocimiento y fines. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral entra- rá en vigencia al día siguiente de su publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO ARAMBURÚ GARDENER Director General Dirección General de Transporte Acuático 00495 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G4D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C /G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G2D /G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 020-2004-P-CSJLI/PJ Lima, 8 de enero del 2004