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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2004 (19/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 260064 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, lunes 19 de enero de 2004 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA Declaran nulidad de proceso de adjudi- cación directa convocado para la con-tratación del servicio de comedor y cafe-tería para el Congreso de la República RESOLUCIÓN Nº 039-2003-2004-P/CR Lima, 16 de enero de 2004CONSIDERANDO:Que, en sesión celebrada el 12 de enero de 2004, la Mesa Directiva acordó desconocer el proceso de adjudi-cación directa selectiva de los servicios de comedor y ca-fetería, al no haber sido informada sobre su ejecución; Que, además, mediante el Informe Nº 002(01)-2003-OAJ/ GG/CR, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica señala lanecesidad de declarar la nulidad de oficio del proceso deAdjudicación Directa Selectiva Nº 040-2003-S/CR, “Contra-tación del servicio de comedor y cafetería para el Congresode la República”, por cuanto el Comité Especial Permanen-te ha incurrido en los siguientes errores de procedimiento: 1. De acuerdo con el cronograma de las Bases de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 040-2003-S/CR, la con-vocatoria de la misma se realizaría el 27 de noviembre de2003, lo que efectivamente se hizo, según consta de lasinvitaciones cursadas, entre ellas a Prompyme. Sin em-bargo, el Gerente de Logística aprobó las bases del proce-so y el cronograma del mismo el 28 de noviembre de 2003mediante el proveído Nº 13686, es decir, un día despuésde haberse convocado el proceso. 2. Uno de los adquirentes de las Bases formuló consultas a las mismas (la empresa Charlotte S.A.) dentro del plazo pre-visto, pero de las constancias de notificación de la absoluciónde consultas obrante en el expediente, se evidencia que 2 delos adquirentes de bases, fueron notificados el 10 de diciembrede 2003 con la absolución de consultas, es decir un día des-pués de haberse vencido el plazo previsto en las bases y elplazo máximo previsto en el artículo 87º del Reglamento de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 3. En la absolución de consultas, el Comité Especial Permanente al formular las respuestas a las preguntas 7ºy 12º ha establecido mayores y distintos requerimientosque los originalmente exigidos en las Bases del proceso,lo que resulta contrario a lo dispuesto en el artículo 51º delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado. Así se evidencia del Acta Nº 216-2003-ComitéEspecial Permanente/CR. Que, según el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,concordado con el artículo 26º de su Reglamento, el Titu-lar del Pliego, hasta antes de la celebración del contrato,puede declarar la nulidad de oficio del proceso de selec-ción por los actos administrativos que contravengan lasnormas legales o prescindan de las normas esenciales delprocedimiento, entre otras causales; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, en el artículo 26º de su Reglamen-to; y de conformidad con el Acuerdo de Mesa DirectivaNº 153-2003-2004/MESA-CR del 15 de enero de 2004; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la nulidad de oficio del pro- ceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 040-2003-S/CR,“Contratación del servicio de comedor y cafetería para elCongreso de la República” y retrotraer el mismo a la etapade la formulación de las Bases. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.HENRY PEASE GARCÍA PresidenteCongreso de la República 01016PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Delegan diversas facultades al Director General de la Oficina General de Admi-nistración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0030-2004-AG Lima, 12 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 4º del Re- glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Titular del Pliego Presupuestario ejerce las fun-ciones previstas en la Ley y en el citado Reglamento, parala aprobación, autorización y supervisión de los procesosde adquisiciones y suministros de bienes, arrendamientode bienes, contratación de servicios y ejecución de obras; Que, de conformidad con el último párrafo del artículo 4º citado en el considerando anterior, mediante resolución oacuerdo, el Titular del Pliego Presupuestario y la máxima au-toridad administrativa, según corresponda, pueden designara los funcionarios y dependencias de la Entidad encargadosde los diferentes aspectos de las adquisiciones y contrata-ciones del Estado, delegándoles los distintos niveles de deci-sión y autoridad, bajo responsabilidad, salvo en aquellos asun-tos que, por indicación expresa del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median-te Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sean indelegables; Que, asimismo, de conformidad con el artículo 28º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio deAgricultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, la Oficina General de Administración es la encar-gada de administrar los recursos materiales, humanos y con-ducir la ejecución presupuestaria, con el fin de apoyar opor-tuna y eficientemente al cumplimiento de los objetivos y me-tas de los sistemas que operan en la administración centraldel Ministerio de Agricultura, contribuyendo al mejoramientocontinuo de la calidad del servicio que se brinda al usuario,mediante una gestión moderna y altamente competitiva; Que, en el contexto de los considerandos precedentes, me- diante Resoluciones Ministeriales Nº 1203-2002-AG, Nº 0046-2003-AG, Nº 0372-2003-AG, de fechas 31 de diciembre de 2002,17 de enero de 2003 y 28 de abril de 2003, respectivamente, sedelegó la facultad en el Director General de la Oficina Generalde Administración del Ministerio de Agricultura, para que duran-te el Ejercicio Fiscal 2003, y respecto de la Unidad Ejecutora001: Ministerio de Agricultura - Administración Central, apruebelas Bases de los procesos de selección en lo que corresponda;autorice la suscripción de los contratos de Servicios No Perso-nales o Locación de Servicios, cuando las referidas contrata-ciones cuenten con el informe favorable de disponibilidad pre-supuestal emitido por la Oficina General de Planificación Agra-ria y de la Oficina General de Administración; y, apruebe el otor-gamiento de la Buena Pro en los procesos de selección queconvoque la Entidad, cuando las propuestas económicas delos postores superen el valor referencial hasta el límite del diezpor ciento (10%) del mismo, y se cuente con la asignación sufi-ciente de recursos; Que, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de los objetivos y metas del Ministerio de Agricultura, resultanecesario otorgar las facultades descritas en el conside-rando anterior para el Ejercicio Fiscal 2004, y con el fin delograr mayor eficacia en la realización de los procesos deselección y en la contratación derivada de los mismos, asícomo en la coordinación de temas diversos con Entidadesy/o Instituciones del Estado, se ha visto también la necesi-dad de delegar en el Director General de la Oficina Gene-ral de Administración, durante el citado Ejercicio Fiscal,facultades relacionadas a las adquisiciones y contratacio-nes que corresponden al Ministerio de Agricultura - Admi-nistración Central, así como la facultad para suscribir con-venios interinstitucionales que involucre las funciones dela Oficina General de Administración, con Entidades y/oInstituciones del Estado; De conformidad con las atribuciones conferidas por el artí- culo 7º de la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, aproba-da mediante Decreto Ley Nº 25902, y el artículo 8º del Regla-mento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultu-ra, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-AG;