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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2004 (19/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 260066 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, lunes 19 de enero de 2004 de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LEÓN RIVERA Ministro de Agricultura 01011 Designan Gerente Departamental La Libertad del PRONAMACHCS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 048-2004-AG Lima, 15 de enero de 2004 VISTO: El Oficio Nº 01-2004-AG-PRONAMACHCS-GG del Gerente General del Programa Nacional de Manejo deCuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos - PRO-NAMACHCS del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 585-2003-AG, de fecha 27 de junio de 2003, se designaron entre otros funciona-rios al Ing. Luis Fernández De Paredes Arévalo en la Plaza deGerente Departamental La Libertad, del Programa Nacionalde Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Sue-los - PRONAMACHCS del Ministerio de Agricultura; Que, por necesidad del servicio es conveniente dar por concluida la designación del citado funcionario y designara su reemplazante; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, la Ley Nº 27594, y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la de- signación del Ing. Luis Fernández De Paredes Arévalo comoGerente Departamental La Libertad del Programa Nacionalde Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Sue-los - PRONAMACHCS del Ministerio de Agricultura. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. José Alejandro Sal y Rosas Sánchez como Gerente Departa-mental La Libertad del Programa Nacional de Manejo deCuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos - PRO-NAMACHCS del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LEÓN RIVERA Ministro de Agricultura 01014 Autorizan a recinto ubicado en Arica, Chile, como Zona de Transferencia defruta fresca con destino al Perú SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 009-2004-AG-SENASA-DGSV Lima, 12 de enero del 2004 VISTO: El Informe Técnico Nº 02-2004-AG-SENASA-DGSV-DDF/ DPJ, en el que se recomienda, en concordancia con la Direc-ción del SENASA Tacna, la aprobación de la Zona de Transfe-rencia de fruta fresca de la Empresa Agrícola del Norte S.A.; CONSIDERANDO: Que, el artículo 17º del Decreto Supremo Nº 24-95-AG “Reglamento de Organización y Funciones del ServicioNacional de Sanidad Agraria - SENASA” dispone que, laDirección General de Sanidad Vegetal es la encargada deestablecer, conducir y coordinar un sistema de control ysupervisión fitosanitaria al comercio internacional de pro-ductos o subproductos agrícolas; Que, la Disposición Complementaria Única del Decreto Su- premo Nº 032-2003-AG “Reglamento de Cuarentena Vegetal”establece que las omisiones en los procedimientos derivadosdel mismo, vinculados al comercio internacional y tránsito de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados,a solicitud del interesado y en casos debidamente sustenta-dos, serán evaluadas por el Órgano de Línea competente; Que, como resultado de las negociaciones bilaterales en- tre el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA delPerú y el Servicio Agrícola y Ganadero - SAG de Chile, sefirmó un Addendum al Plan de Trabajo para la importación defruta fresca de carozos procedente de Chile, con el fin de apro-bar zonas de transferencia de cargamentos de fruta frescavenidos desde origen en contenedores refrigerados o camio-nes planos cubiertos con malla térmica con destino al Perú; Que, la Dirección de SENASA Tacna por disposición de la Dirección General de Sanidad Vegetal, realizó la ins-pección del recinto destinado a Zona de Transferencia defruta fresca con destino al Perú de la Empresa Agrícola delNorte S.A., recomendando su aprobación, decisión apoya-da por la Dirección de Defensa Fitosanitaria; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, la Ley Nº 27322, el Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el DecretoSupremo Nº 024-95-AG; y con la visación del Director Ge-neral de Asesoría Jurídica; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el recinto ubicado en la avenida Alcalde Manuel Castillo Nº 3432 - Arica - Chile, de propie-dad de la empresa Agrícola del Norte S.A.,como Zona deTransferencia de fruta fresca con destino al Perú. Artículo 2º.- Los procedimientos a ser llevados a cabo en la transferencia de los embarques de fruta fresca, serealizarán de conformidad con el Addendum al Plan de Tra-bajo para la importación de fruta fresca de carozo, firmadopor el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA delPerú y el Servicio Agrícola y Ganadero - SAG de Chile. Artículo 3º.- Cualquier cambio o variación de las con- diciones del recinto bajo las cuales fue aprobado como Zonade Transferencia de fruta fresca con destino al Perú, debe-rá ser comunicado al SENASA para su reevaluación; casocontrario, se procederá a la cancelación de la autorizaciónde funcionamiento para tal fin. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALICIA DE LA ROSA BRACHOWICZ Directora General de Sanidad Vegetal 00889 ECONOMÍA Y FINANZAS Modifican la Directiva Nº 004-2003-EF/ 68.01, Directiva del Sistema Nacional de Inversión Pública para Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 001-2004-EF/68.01 Lima, 12 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, dispone que el Ministerio deEconomía y Finanzas a través de la Oficina de Inversiones esla más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacionalde Inversión Pública. Dicta las normas técnicas, métodos yprocedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública; Que, el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 158-2001- EF-15, establece que la Dirección General de ProgramaciónMultianual del Sector Público desarrollará las funciones de laOficina de Inversiones asignadas en el marco de la Ley Nº 27293,Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, la Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783, dispone que el Sistema Nacional de InversiónPública se desarrollará y descentralizará progresivamenteen el ámbito regional y local; Que, con fecha 14 de setiembre de 2003, se emitió la Directiva Nº 004-2003-EF/68.01, Directiva del SistemaNacional de Inversión Pública para Gobiernos Regionalesy Gobiernos Locales, aprobada por Resolución DirectoralNº 007-2003-EF/68.01; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, Ley Nº 28128, modifica tácitamente laDirectiva señalada en el párrafo anterior, por lo que resultanecesario su modificación expresa;