Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2004 (22/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 22 de enero de 2004

NACIONAL DE SAN MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA, PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2004, cuyo contenido comprende el MORDAZA de MORDAZA de Seleccion, Objeto, Denominacion, Fecha de Convocatoria, Valor Referencial y Fuente de Financiamiento y que como anexo constituye parte de la presente Resolucion. Segundo.- DISPONER que el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Area de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, proceda con la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion, en cumplimiento al numeral 2 del Art. 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Art. 4º de la Directiva Nº 022-2001/CONSUCODE/PRE y en merito a los fundamentos de la presente Resolucion. Tercero.- DISPONER que el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Area de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la Institucion, remita al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) el Plan Anual en su integridad, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion, de conformidad con lo establecido en el Art. 5º de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE. Cuarto.- DISPONER que el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Area de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la Institucion, remita a la Comision de Promocion de la Pequena Microempresa (PROMPYME) el Plan Anual, dentro de los diez (10) dias habiles contados desde su aprobacion, de conformidad con lo establecido en el Art. 5º de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE. Quinto.- DISPONER que el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Area de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la Institucion, proceda con la publicacion de la presente Resolucion en la Pagina WEB de la UNSAAC, conforme dispone el Art. 5º de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE. Sexto.- DEJAR ESTABLECIDO que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la UNSAAC para el Ano 2004, aprobado en el Numeral Primero de la presente Resolucion, podra ser revisado y/o adquirido en las Oficinas del Area de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, ubicado en el Primer Piso del Pabellon "A" de la MORDAZA Universitaria de Perayoq, avenida de la Cultura Nº 733. El pago para su adquisicion sera en el importe de S/. 10.00 en MORDAZA de la Unidad de Tesoreria de la Institucion. El Vicerrectorado Administrativo, la Direccion General de Administracion y el Area de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, quedan encargadas de la difusion y acciones complementarias para el cumplimiento de la presente Resolucion y su anexo. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 01200

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESSALUD
Declaran nulidad de adjudicacion de menor cuantia convocada a fin de contratar consultorios PAAD para el Hospital MORDAZA
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 050-PE-ESSALUD-2004 MORDAZA, 16 de enero del 2004 VISTOS: El expediente de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0309M15281 "Contratacion de Consultorios PAAD para el Hospital MORDAZA del 27de noviembre del 2003 al 26 de diciembre del 2003"; y, la Carta Nº 5546-OCAJ-ESSALUD2003, de la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el 25 de noviembre del 2003, la Gerencia Departamental MORDAZA convoco a la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº

0309M15281, con el objeto de contratar los Servicios de Consultorios Medicos para el Programa de Atencion Ambulatoria Descentralizada que requiere el Hospital MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Medicina General, del 27 de noviembre del 2003 al 26 de diciembre del 2003, por un valor referencial de S/. 10,800.00 (Diez Mil Ochocientos con 00/100 Nuevos Soles); Que, se presentaron como postores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sandoval; Que, con fecha 26 de noviembre del 2003, se otorgo la Buena Pro de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0309M15281 a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Salazar. La propuesta de MORDAZA MORDAZA MORDAZA quedo en MORDAZA lugar; Que, el 2 de diciembre del 2003, MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de apelacion contra la evaluacion de su Propuesta Tecnica para la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0309M15281, el cual fue declarado inadmisible mediante Resolucion de Gerencia General Nº 666-GG-ESSALUD2003 de fecha 12 de diciembre del 2003; Que, el articulo 66º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala que las Bases estableceran ademas de los requerimientos minimos a cumplir para que la propuesta sea admitida, los factores necesarios para la evaluacion, los puntajes maximos que se le asignan y los respectivos criterios de evaluacion y calificacion. En tal sentido, en la evaluacion tecnica deberan distinguirse dos momentos: uno en el cual se verifica que las propuestas cumplan con los requerimientos minimos a efectos que MORDAZA admitidas, y otro posterior en el cual se las califica, asignandoles puntajes en funcion de los factores de evaluacion preestablecidos en las Bases, los mismos que pueden incluir las mejoras que se hayan ofertado sobre los requerimientos minimos con la finalidad de seleccionar la propuesta de la mejor calidad; Que, en el mismo sentido se ha pronunciado el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCODE a traves de su Pronunciamiento Nº 072-2002 (GTN); Que, en el presente caso, el Anexo 8 de las Bases de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0309M15821 "Factores de Evaluacion de Propuestas", indica que la evaluacion de propuestas se efectuara en dos (2) etapas: Evaluacion Tecnica y Evaluacion Economica; Que, en el numeral 2.1 Especificaciones Tecnicas del rubro Calificacion, se senala que "A las propuestas que cumplan con las especificaciones tecnicas requeridas (Anexo 3) y entreguen los documentos solicitados, se les otorgara 25 puntos". Asimismo, en el numeral 2.2 Formacion Profesional se indica que se calificara con 19 puntos, al Profesional con Titulo, sin embargo, en el numeral 1) de Documentos Adjuntos que se solicitan en el Anexo 3 "Especificaciones Tecnicas", se senala: "Titulo de Medico Cirujano y Titulo Universitario de la Especialidad". Ademas, en el numeral 2.3 Experiencia Laboral se indica que se calificara con 19 puntos si el postor acredita hasta 2 anos de experiencia de Practica Medica; sin embargo en el numeral 5) de Documentos Adjuntos del Anexo 3 "Especificaciones Tecnicas", se senala que es necesario "Acreditar experiencia minima de un ano en el ejercicio de la profesion para el PAAD general y 2 anos en el PAAD especializado"; Que, en tal sentido, en las Bases de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0309M15281 se otorga puntaje al cumplimiento de las especificaciones tecnicas minimas establecidas en el Anexo 3, contraviniendo de esta manera lo dispuesto en el articulo 66º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el articulo 93º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que, la Convocatoria se realiza mediante invitacion que puede ser a uno o mas proveedores, segun corresponda en atencion a la oportunidad, al monto, y a la complejidad, envergadura o sofisticacion de la adquisicion o contratacion. Se cursa por cualquier medio de comunicacion escrito, incluyendo el facsimil o el correo electronico; Que, de los antecedentes administrativos remitidos se desprende que no se curso ninguna invitacion a los postores para que participen en el MORDAZA de seleccion; contraviniendo con ello lo dispuesto en el articulo 93º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM; Que, el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corres-

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